TV3 mantiene los anuncios del referéndum del 1-O pese a la advertencia del Constitucional
El Tribunal Constitucional (TC) advirtió este martes a los directores de TV3 y Catalunya Ràdio, Vicent Sanchis y Saül Gordillo, que no deben publicitar el referéndum tras la suspensión de la convocatoria de la consulta y todos sus preparativos, como hemos recogido.
Pese a ello, TV3 continuó emitiendo durante toda la jornada el spot institucional que llama a los ciudadanos a participar en la consulta del 1 de octubre. La cadena se ampara, según puntualizaron en Telenotícies vespre, en que “se entiende que afecta a trámites administrativos internos”.
“Según la dirección de TV3, la notificación no describe actos concretos y convendría hacer una consulta al Tribunal Superior, pero como los trámites de respuesta son lentos, seguramente llegaría más tarde del 1 de octubre”, apuntó la cadena catalana en una pieza.
Por su parte, su director Vicent Sanchis expuso sus conclusiones sobre la notificación: “Lo que entendemos, también los servicios jurídicos de esta casa, no es que no se pueda informar sobre el referéndum, porque sería una prohibición inaudita. Lo que parece es que yo no debo informar a la gente que tengo por debajo de instrucciones que me llegan del Govern o de cualquier otra instancia y que hagan referencia directamente al referéndum”.
El Constitucional avisa a TV3 que no debe publicitar el referéndum
El aviso a los directores de los medios, han precisado a eldiario.es fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, no afecta al derecho a la información de ambas cadenas, sino que se refiere a la difusión de la campaña de publicidad de la Generalitat del 1-O, que actualmente emiten TV3 y Catalunya Ràdio en sus bloques publicitarios.
En concreto, el aviso del TC a los directores de los medios públicos catalanes es el mismo que a todos los consellers, 947 alcaldes de Catalunya y a 60 altos cargos de la Generalitat y los Mossos d'Esquadra.
Las mismas fuentes también han subrayado que la acepción de la palabra “informar” incluida en el apercibimiento del TC no se refiere al hecho de publicar una noticia –“dar noticia de algo”– sino a la acepción de la RAE referida a funcionarios y cargos públicos –“dictaminar en asunto de su respectiva competencia”–, en concreto, la emisión de la publicidad relacionada con el 1-O en TV3 y Catalunya Ràdio.