El Tribunal Supremo acepta intervenir en el recurso de la empresa que iba a construir un puerto deportivo en el barrio tinerfeño de San Andrés

El Tribunal Supremo ha emitido una diligencia en la que acepta pronunciarse sobre parte de un recurso de la empresa Bricansa, concesionaria del puerto de San Andrés, en Santa Cruz de Tenerife, donde se refleja que es imposible desarrollar el previsto uso deportivo o cualquier otro público en este frente marítimo de la capital tinerfeña.
El motivo son las circunstancias que se han producido en este ámbito desde hace varias décadas y que el Supremo acepta ahora revisar por una posible “maquinación fraudulenta” de la Administración, tal y como se refleja en el recurso.
El proceso judicial concluyó con la pérdida de la concesión y de una indemnización, tal y como dictaminó el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) en 2023.
Una vez emitido por el TS este recurso de revisión que es “extremadamente excepcional y extraordinario”, el Tribunal canario deberá enviar al Supremo todo el sumario y alegaciones para que dictamine si el fallo ha sido el adecuado.
Todo ello supone que desde el TS se acepta proceder a analizar una sentencia firme al no descartar que se haya producido un error de calado que puede implicar un cambio en el fallo final emitido.
Ante el TS se planteó que en la actualidad no sólo se está frente a la imposibilidad de desarrollar el proyecto de puerto deportivo aprobado en 2002 que “cumplía con todos los condicionantes”, sino también su modificación o cualquier otra iniciativa.
La consecuencia es que la utilización del espacio portuario como bien de dominio público ha desaparecido por la anulación de la orden ministerial que así lo contemplaba y la construcción de un dique, según se recoge en el recurso aceptado por el TS.
En la actualidad el Plan General revisado y luego anulado “únicamente recoge la pequeña superficie de la escollera adosada al Área Funcional de la Dársena Norte”.
El TS estudiará el argumento del concesionario de que resulta de “imposible comprensión” que Puertos otorgue una concesión y poco después ejecute una serie de actos contrarios a su desarrollo que intentaron ser justificados “mediante diversas cortinas de humo que falsearon” la concesión.
Recientemente, la Autoridad Portuaria comunicó a Bricansa una actualización del valor de los terrenos y de la lámina de agua en este ámbito en la que desaparece el tramo frente al pueblo de San Andrés, de manera que ahora pasa de ser dominio público a patrimonial, según Bricansa.
Para los concesionarios la anulación “de hecho” del proyecto de puerto deportivo en San Andrés y construcción de un dique de contención no ha sido analizada de forma conveniente por el TSJC, al igual que tampoco la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) que luego fue utilizada para la construcción de la Dársena Pesquera.
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