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Fiscal pide procesar por allanamiento al jefe policial de patada en la puerta

Fiscal pide procesar por allanamiento al jefe policial de patada en la puerta
8 de octubre de 2021 14:15 h

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Madrid, 8 oct (EFE).- La Fiscalía propone procesar por allanamiento de morada al subinspector que estaba al mando del grupo de agentes que entró a la fuerza en una vivienda de la calle Lagasca de Madrid porque había una fiesta en plena pandemia, y absolver a los otros cinco imputados.

En la misma vista, la acusación ha pedido que declare como testigo el ministro del Interior, Fernando Grande Marlaska, quien defendió públicamente a los agentes que intervinieron en la operación.

El juez que investiga la entrada mediante “la patada en la puerta” en un piso de la calle Lagasca de Madrid el 21 de marzo de 2021 ha celebrado una audiencia este viernes para comunicar a los agentes que ve indicios sólidos de que cometieron un delito de allanamiento de morada, y en la que ha preguntado a las partes qué diligencias quieren que se practiquen.

Lo ha hecho tras dictar, el pasado 19 de septiembre, un auto en el que sostiene que hay indicios “sólidos” de un delito de allanamiento de morada y decreta que los hechos sean juzgados por un tribunal de jurado.

Durante esta audiencia la Fiscalía ha propuesto procesar al jefe del operativo, un subinspector, porque era el que tomó la decisión de entrar a en la vivienda usando un ariete.

Por su parte las defensas de los agentes han mantenido que cumplieron la ley y fueron las personas que estaban en la fiesta las que cometían un delito flagrante, mientras el letrado del inquilino denunciante ha sostenido que los agentes incurrieron en un delito de allanamiento de morada.

Ambas partes han solicitado diferentes diligencias: desde la acusación que ejerce el inquilino del piso se ha propuesto -entre otros puntos- que declare como testigo el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, que apoyó la actuación de los agentes, “en aras de acreditar que no autorizó de manera previa la actuación de los agentes para infringir el derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio cuando se cometan infracciones administrativas”.

También pide esta parte que testifique la mujer del subinspector imputado porque es administradora de una empresa en la que éste agente ha dado clases “conociendo fehacientemente sus nociones de derecho penal”, han precisado fuentes del despacho Ospina Abogados.

Los letrados de los agentes han pedido por su parte que declaren vecinos afectados por las fiestas que se hacían en el piso, las personas que firmaron el contrato de alquiler, que no está registrado oficialmente ni tiene firmas, y justificantes del pago de ese arrendamiento.

La Fiscalía también ha pedido detalles sobre el contrato de alquiler y que declaren los cinco jóvenes que según los agentes querían identificarse pero finalmente no lo hicieron, han detallado a Efe fuentes jurídicas.

A la puerta de los juzgados de Plaza de Castilla han acudido representantes del Sindicato Unificado de Policía (SUP) para expresar su apoyo a los agentes imputados, que han subrayado que poco antes de esa intervención hubo una orden de la Dirección Adjunta Operativa de la Policía para intervenir en las fiestas y el ministro del Interior defendió la actuación.

“El ministro entonces lo vio así, como todos los vimos: una actuación conforme a derecho”, porque “se estaba cometiendo un delito grave de resistencia y desobediencia”, ha dicho el portavoz el SUP, Carlos Morales.

Morales ha confirmado, a preguntas de los periodistas, que había una orden de la DAO “en la que se solicitaba que se aumentara la actividad policial” y “que se controlaran más los apartamentos turísticos”.

Ha relatado que vecinos del inmueble llevaban tres semanas quejándose de las fiestas que se hacían en ese piso y que los agentes estuvieron treinta minutos pidiendo a los congregados que abrieran la puerta para identificarse, lo que supone la diferencia entre una falta por resistencia o desobediencia y el delito.

“Bajo ningún concepto querían entrar en el piso salvo que se cometiera un delito grave y flagrante, como aconteció”, ha sostenido el portavoz sindical, que ha subrayado que algunos de los partícipes de la fiesta pudieron incurrir en delito de coacciones porque había cinco jóvenes que sí querían salir a identificarse, y además en un delito de lesiones porque algunos vecinos tuvieron que tomar medicación por las molestias que les causaban los ruidos.

Ha precisado igualmente que antes de usar el ariete para romper la puerta los agentes intentaron abrir mediante el método del resbalón -insertando un plástico duro- y también rompiendo el bombín.

Por su parte el letrado del inquilino querellante, Juan Gonzalo Ospina, ha puesto de releve que la Audiencia Provincial de Madrid ya determinó que los asistentes a la fiesta no cometieron delito, por lo que no había derecho a entrar, y ahora se trata de dirimir una cuestión compleja: si hubo “error de tipo o error de prohibición”, es decir, si los agentes pudieron interpretar mal las instrucciones o si desconocían que incurrían en un delito.

“No buscamos venganza, sino demostrar que en España existen derechos fundamentales”, ha aseverado.

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