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La jueza Alaya investiga la actuación de la Cámara de Cuentas en los ERE
La jueza Mercedes Alaya, que investiga el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares, ha abierto una nueva línea de investigación para “determinar la intervención que pudiera haber tenido” la Cámara de Cuentas de Andalucía “en el mantenimiento a lo largo del tiempo de los hechos objeto de las presentes actuaciones”.
En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la magistrada suspende la comparecencia prevista para el próximo martes de los peritos de la Intervención General del Estado y les ordena que amplíen la pericial ya realizada y “determinen qué pudo haber hecho la Cámara de Cuentas” a la luz de la información recibida “para poner de manifiesto las irregularidades que se estaban produciendo en la concesión de subvenciones sociolaborales al margen de la Intervención General y en definitiva para evitar la continuidad del programa 31.L a través de las transferencias de financiación a IFA/IDEA”.
Por este motivo, la instructora aplaza hasta el próximo 1 de abril --“y sucesivamente en los días que se precisen-- la comparecencia prevista inicialmente para el próximo martes de los peritos de la Intervención General del Estado que analizaron el uso ”indebido“ del ”inadecuado concepto“ de las transferencias de financiación por parte de la Junta para dar subvenciones sociolaborales y a empresas en crisis a cargo del programa 31.L y discreparon de las conclusiones elaboradas en su día al respecto por la Cámara de Cuentas de Andalucía.
Dentro de la “línea de investigación abierta” ahora, la juez requiere a la Intervención General de la Junta para que “a la mayor urgencia posible y en un plazo no superior a cinco días” aporte “la parte de la Cuenta General relativa a los años 2000-2010 de IFA/IDEA, Consejería de Empleo, y todo ello referido al programa 31.L, antes 22.E”, precisando que “sobre la parte de la Cuenta General que se solicita se deberán aportar los mismos y exactos documentos y anexos que entregaron a la Cámara de Cuentas de Andalucía”.
Asimismo, ha solicitado a la Cámara de Cuentas que, “con la misma urgencia y en igual plazo, aporte los mismos y exactos documentos y anexos que recibieron de la Intervención General de la parte de la Cuenta General relativa a los años 2000-2010 de IFA/IDEA referido al programa 31.L”.
También solicita a la Consejería de Hacienda para que, “con la misma premura”, remita “los expedientes de modificaciones presupuestarias del programa 31.L de la Consejería de Empleo que hubieren remitido a la Cámara de Cuentas en los años 2000-2010”, pidiendo asimismo a la Cámara para que entregue “los expedientes de modificaciones presupuestarias de la Consejería de Empleo y relativas al programa 31.L que hayan recibido en esos años”.
“Vista la importancia de la documentación requerida y de la línea de investigación abierta, procede ampliar la pericial a practicar por los peritos” de la Intervención del Estado a fin de que, “una vez recabada dicha documentación y examinada la misma, determinen qué pudo haber hecho la Cámara de Cuentas a la luz de dicha información para poner de manifiesto las irregularidades que se estaban produciendo en la concesión de subvenciones sociolaborales al margen de la Intervención General y en definitiva para evitar la continuidad del programa 31.L a través de las transferencias de financiación a IFA/IDEA”.
La juez dice que, “sin perjuicio de recabar la documentación tal y como antecede a fin de ser examinada, se pondrá en conocimiento de los peritos que la misma” se encuentra contenida en la página web de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.
De este modo, la juez responde al escrito presentado por el abogado Juan Carlos Alférez en nombre de un exalto cargo imputado en la causa, que solicitó dicha documentación como una “prueba más de que el programa presupuestario 31.L estaría dotado del suficiente amparo legal como para no ser reprochado durante más de una década ni por los máximos y exclusivos garantes de la legalidad presupuestaria del poder ejecutivo, ni por los máximos órganos especializados del poder legislativo, cuales son la Cámara de Cuentas y la Comisión de Economía y Hacienda del Parlamento de Andalucía”.
Este letrado defiende que su cliente “ha desarrollado sus funciones en la creencia y seguridad de que si en éste concreto programa presupuestario o en otros hubieren existido irregularidades administrativas constitutivas de delito, los distintos organismos de control tanto del poder ejecutivo como del poder legislativo lo hubieran alertado”.
ANTICORRUPCIÓN PIDE UN ESTUDIO DE TODAS LAS AYUDAS SOCIOLABORALES
“Los servidores públicos imputados, como quien patrocino, no crearon el programa, simplemente participaron en sus distintas fases en mayor o menor medida, y durante su actuación ni la Intervención General puso reparos suspensivos pudiendo hacerlo, ni la Intervención General alertó de ni una sola irregularidad en la formulación de la cuenta general, ni la Cámara de Cuentas puso reparo de clase alguno al concreto programa 31.L conociendo o pudiendo conocer sus elementos esenciales”, razona el abogado.
En su escrito, el letrado dice que todo ello “es relevante para la defensa de quien represento” y “no supone una crítica de la labor o la pretensión de extender ninguna clase de sospecha sobre los sucesivos y dignísimos integrantes de la Cámara de Cuentas”.
De otro lado, y volviendo al auto de la juez, Alaya se refiere a la petición de la Fiscalía Anticorrupción para que los peritos de la Intervención General del estado analicen la totalidad de las ayudas sociolaborales y da traslado de la solicitud a la Intervención “a fin de que se informe de las disponibilidades de dicho Cuerpo para acometer el estudio interesado de todas las ayudas sociolaborales, ya sea por los mismos peritos o por otros nombrados al efecto”.
ALAYA RECHAZA GRABAR LA COMPARECENCIA DE LOS PERITOS
Por último, la juez rechaza la petición de los abogados de los exdirectores generales de Presupuestos de la Junta Buenaventura Aguilera y Antonio Vicente Lozano y de la exsecretaria general de Empleo Lourdes Medina para que se grabe la comparecencia de los peritos de la Intervención General del Estado.
La instructora argumenta que, en este caso, “deberá estarse a lo ya acordado en cuanto a idénticas peticiones pero relacionadas con las declaraciones judiciales, razones que por analogía son de aplicación en el caso de la comparecencia para ratificación pericial”, recordando que la exigencia de grabación audiovisual “carece de cobertura legal, pues dicha grabación sólo es obligatoria en los juicios”.
A ello se suma que, en el caso de los peritos, “concurren especiales circunstancias, como es el hecho de que la ratificación por parte de los peritos de la Intervención General del Estado se presume extensa y complicada por los temas tratados”. “Sabido es que, por razones prácticas y para el estudio de la causa, al menos para esta instructora, es más operativa el acta escrita que escuchar y visionar una extensa comparecencia para examinar algún extremo importante, bien para la resolución de los recursos que pudieran interponerse, bien para acordar cualquier otra resolución que se estime procedente”.