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Alaya rechaza el incidente de nulidad planteado por cuatro exaltos cargos imputados en los ERE

EUROPA PRESS

SEVILLA —

La juez que investiga el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares ha decidido no admitir a trámite el incidente de nulidad planteado por cuatro exaltos cargos imputados en la causa, como son los exdirectores generales de Presupuestos de la Junta de Andalucía Buenaventura Aguilera y Antonio Vicente Lozano, éste último también exviceconsejero de Presidencia, y los exdirectores generales de Finanzas del IFA Pablo Millán y Juan Vela.

En un auto dictado este miércoles 27 de noviembre, al que ha tenido acceso Europa Press, la magistrada Mercedes Alaya corrige la providencia que dictó el 25 de noviembre en la que admitía a trámite y daba traslado a las partes de los escritos pidiendo la nulidad y decide, por el contrario, inadmitirlos.

Hay que recordar que los exdirectores generales de Presupuestos habían solicitado la nulidad tanto de las declaraciones prestadas por ambos en sede judicial como de las fianzas de responsabilidad civil, de uno y 46,6 millones de euros, respectivamente, que les impuso la juez, todo ello debido a que considera que la magistrada “sustrajo” a su conocimiento la declaración ante la Guardia Civil del exinterventor delegado en Empleo Juan Luque, quien aportó documentación sobre el sistema de las transferencias de financiación que beneficiaba a sus clientes.

A su juicio, ello constituye “una grave vulneración del derecho a la defensa y a un proceso con todas las garantías”.

De su lado, los exdirectores generales de Finanzas del IFA Pablo Millán y Juan Vela solicitaron a la juez que anulara el auto del pasado 28 de junio en el que les imputó junto a otros 18 cargos o exaltos cargos, entre ellos la exconsejera de Economía y Hacienda Magdalena Álvarez, ya que entienden que tanto la Guardia Civil como la propia instructora les habrían “ocultado” pruebas “relevantes”.

“En el presente procedimiento, la Guardia Civil ha realizado múltiples diligencias, que en algunos casos ha retenido durante más de un año, en otros casos aún retiene en su poder, y en otros ha entregado a la juez sin que las partes hayan podido acceder a las mismas al mismo tiempo que ésta”, dice el letrado, que considera que, al dictar el auto, la juez “disponía al menos” de la declaración de Juan Luque y documentación anexa a la misma, “que ni había sido incorporada oficialmente al procedimiento ni estaba a disposición de las partes”.

En su opinión, el informe que aportó Juan Luque en su declaración “es fundamental para poner de manifiesto la inconsistencia de cualquier acusación penal en base al supuesto uso indebido del mecanismo presupuestario de las transferencias de financiación”. “Es una documentación que socava de forma fundamental la base sobre la que pretende construirse dicha tesis, que no es otra que la existencia de un uso inadecuado del mecanismo” de estas transferencias.

La juez argumenta que, en el caso de Pablo Millán y Juan Vela, su defensa recurrió un auto dictado el 15 de octubre “por el mismo motivo que hoy solicita la nulidad de actuaciones”, por lo que inadmite el incidente de nulidad solicitado, mientras que los otros dos imputados no recurrieron dicho auto “pudiendo haberlo hecho”, por lo que “lo procedente es inadmitir igualmente el incidente de nulidad planteado”.

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