La Fiscalía Anticorrupción y la Junta de Andalucía, dos de las tres acusaciones presentes en el juicio por el 'caso Malaya', ya han cumplido con el trámite correspondiente de presentar el anuncio de recurso de casación frente a la sentencia, conocida el pasado 4 de octubre. Se trata del paso previo a formalizar el escrito en sí ante el Tribunal Supremo (TS).
Según han confirmado distintas fuentes jurídicas a eldiario.es/andalucia, tanto el Ejecutivo autonómico como el Ministerio Fiscal coinciden a la hora de solicitar mayores penas de prisión al apreciar delitos no probados en la sentencia, así como en oponerse al número de absoluciones decretadas, un total de 43.
En el caso de la acusación pública, los motivos que se alegan en este escueto anuncio son los de “infracción de ley” e “infracción de precepto constitucional”. No obstante, Anticorrupción reflejará en detalle cuando formalice el recurso ante el alto tribunal, su disconformidad con la atenuante por confesión que aplicó la Audiencia de Málaga sobre el principal condenado, Juan Antonio Roca.
Roca se enfrentaba a 30 años de prisión
El cerebro de la trama cambió en varias ocasiones su versión durante la instrucción y el juicio oral, por lo que el fiscal considera que no ha favorecido en modo alguno el esclarecimiento de los hechos. Roca, que se enfrentaba a 30 años de prisión y fue sentenciado a 11, quedó absuelto de ocho acusaciones de malversación, siete de fraude, cuatro de tráfico de influencias, dos de apropiación indebida y una de prevaricación.
Tampoco está de acuerdo la acusación pública con la atenuante por “detención irregular” que contempló el tribunal presidido por José Godino, para rebajar la pena a nueve de los condenados. Considera Anticorrupción que la decisión del Tribunal Constitucional (TC) al anular el arresto del empresario Tomás Olivo, finalmente absuelto, no es extrapolable al resto de acusados.
Otro de los argumentos sobre los que pivotará el recurso del fiscal del caso, Juan Carlos López Caballero, es el hecho de que sí quedó demostrado el “acto injusto” por el que los condenados por cohecho pasivo recibieron sobornos de los empresarios a su vez condenados por cohecho activo. La Sala aplicó el tipo penal más leve- con la consiguiente rebaja de penas frente a la petición de Anticorrupción- por considerar que se trataba de cohecho para acto injusto no realizado. Así pues, la mayoría de los exediles sólo fueron condenados a dos años de prisión por dicho delito.
El Ayuntamento no recurrirá
La Junta de Andalucía, coincidente con Fiscalía en numerosas tesis para recurrir ante el TS, esgrime argumentos que serían válidos para el Ayuntamiento de Marbella, en caso de que presentara recurso, algo que no ocurrirá, al conformarse con dicha sentencia.
De hecho, la administración autonómica muestra su disconformidad con el criterio del tribunal al no haber considerado malversación de caudales públicos diversas operaciones relacionadas con aprovechamientos urbanísticos municipales que fueron vendidos a empresarios.
El Consistorio marbellí que preside la alcaldesa Ángeles Muñoz, del Partido Popular, no recurrirá la sentencia a pesar de que la Sala fija una indemnización de tan sólo 1,3 millones de euros por el delito de malversación de caudales públicos, frente a los 4 que pedía el fiscal y los 14 que solicitaba el propio Ayuntamiento.
El primer teniente de alcalde marbellí, Félix Romero, ya explicó este lunes la conformidad del ente municipal con el fallo, al expresar el tribunal su deseo de que cerca de 600 millones de euros de multas destinadas a Hacienda, por el delito de blanqueo de capitales, sirvan para condonar la deuda que Marbella mantiene con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social. De momento es sólo un deseo que tendrá que ser refrendado, o no, por el Gobierno central cuando la sentencia sea firme.