Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
Sánchez rearma la mayoría de Gobierno el día que Feijóo pide una moción de censura
Miguel esprinta para reabrir su inmobiliaria en Catarroja, Nacho cierra su panadería
Opinión - Cada día un Vietnam. Por Esther Palomera
Noticia de agencia

Noticia servida automáticamente por la Agencia Europa Press

Esta información es un teletipo de la Agencia Europa Press y se publica en nuestra web de manera automática como parte del servicio que nos ofrece esta agencia de noticias. No ha sido editado ni titulado por un periodista de eldiario.es.

El Ayuntamiento de Carboneras adaptará su normativa para declarar no urbanizable los suelos de El Algarrobico

El Ayuntamiento de Carboneras adaptará su normativa para declarar no urbanizable los suelos de El Algarrobico

Europa Press

En una providencia dictada el pasado 18 de diciembre y firmada por el concejal de Urbanismo, Salvador Alarcón, el Ayuntamiento ha dispuesto que por su Secretaría se elabore el correspondiente informe sobre el procedimiento a seguir para la modificación del planeamiento y que, por los servicios técnicos municipales, se elabore a su vez el correspondiente documento técnico de modificación del PGOU de Carboneras y adaptación de los sectores mencionados a la normativa de costas y medioambiental aplicables.

Con esto, el Ayuntamiento ha reconocido los pronunciamientos judiciales seguidos durante los últimos años, especialmente por parte del Tribunal Supremo, con los que se ha venido a “zanjar la controversia derivada del grado de protección ambiental asignado a los terrenos que componen los sectores ST-1 y ST-2”, este último conocido como El Canillar y donde también se preveía un desarrollo urbanístico.

El gobierno local reconoce así la sentencia del TSJA de junio de 2012, posteriormente ratificada por el Supremo en febrero de 2016, que “vino a declara que el grado de protección que debían tener los terrenos integrados en los sectores ST-1”. En este sentido, se ha mantenido que el nivel de protección que se otorgó a ambos sectores en 1994 a través del Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) del Parque Natura de Cabo de Gata-Níjar, pese a que este fuera modificado después en 2008.

Además de la normativa ambiental, el Ayuntamiento reconoce también que el Tribunal Supremo determinó conforme a derecho el deslinde realizado por la Dirección General de Costa, que aumentó la zona de servidumbre de protección hasta los 100 metros, “afectado de lleno a varios sectores urbanizables, entre los que se encuentran el ST-1 y el ST-2”.

A tenor de la última sentencia del Supremo, dictada el pasado 20 de noviembre y en la se rechazan los recursos del Consistorio contra el Decreto de febrero de 2008 por el que se aprobaba el PORN y PRUG del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar al reincidir nuevamente en el carácter no urbano de los suelos; el Ayuntamiento ha optado por proceder a la adaptación de la normativa urbanística municipal a la normativa sectorial ambiental así como a la normativa en materia de costas.

Etiquetas
stats