La Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía, constituida en 1990, es una asociación de carácter privado, sin ánimo de lucro, cuyo fundamento lo constituye la Declaración Universal de los Derechos Humanos, proclamada por la ONU en 1948. Aunque el ámbito de afiliación de la APDHA y su área directa de actuación sea el territorio andaluz, su actividad puede alcanzar ámbito universal porque los Derechos Humanos son patrimonio de toda la Humanidad.
Sin embargo, casi nunca ocurre nada. Muchas veces, demasiadas, ni nos enteramos. ¿Por qué? Para empezar, por la continua negación desde los responsables políticos y las administraciones públicas, cuando no de su justificación
Salvador Cutiño, área de cárceles de APDHA
14 de septiembre de 202122:03 h
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En las últimas semanas han tenido gran repercusión mediática las agresiones y amenazas a la subdirectora de la prisión de Villena. Comportamientos tan extremos no habían trascendido a la opinión pública hasta ahora y pensamos y esperamos que sean muy excepcionales. Sin embargo, el asunto del que trae causa no es, por desgracia, tan excepcional o extraordinario: los malos tratos y abusos en prisión y, lo que es más preocupante si cabe, los obstáculos y dificultades para conocerlos y denunciarlos. Y es que esta subdirectora custodiaba las imágenes de una supuesta paliza a un interno con problemas mentales por parte de varios funcionarios de su centro y tenía que declarar en el juicio por estos hechos.
“Se ve a los que da la luz, Pero a los otros, ni caso”.
(Beltort Brecht, La ópera de cuatro cuartos, 1929)
Resulta imposible saber la dimensión exacta del problema. No contamos con datos oficiales fiables, los hechos suceden en un espacio aislado del exterior, oscuro y las consecuencias de la denuncia pueden ser terribles para la víctima. Posiblemente estemos ante uno de los delitos con mayor cifra negra [1]. El último informe de la Coordinadora para la Prevención y la Denuncia de la Tortura, que agrupa a unas 40 entidades de todo el Estado, recopiló 58 denuncias referidas a personas presas para el año 2017, habiendo oscilado esta cifra en los últimos años entre los 127 del 2004 y los 37 del 2015. Se trata en cualquier caso únicamente de los hechos que son conocidos por las organizaciones participantes en esta Coordinadora y que han podido ser verificados.
Los informes del Comité de Prevención de la Tortura del Consejo de Europa (CPT), que visita periódicamente nuestros centros penitenciarios, aunque no dan una cifra total suelen relatar casos concretos de malos tratos de los centros supervisados: bofetadas, puñetazos, golpes con porras, sujeción a la cama.
También podemos tener información del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNP) dependiente del Defensor del Pueblo, que supervisa los lugares de privación de libertad, entre ellos las prisiones. En el Informe de 2020 encontramos 94 procedimientos abiertos por malas prácticas o malos tratos de trabajadores a personas presas en el ámbito de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y 64 en la Administración catalana. En el primer caso, ninguno terminó con sanción alguna y, en el segundo, se informa de una condena judicial y una sanción disciplinaria.
En las estadísticas publicadas por el Ministerio del Interior, no contamos con datos desagregados sobre los tipos delictivos que serían aplicables en estos casos, los arts. 173.1, 174, 175 y 176 del Código Penal, que se refieren a los tratos degradantes y las torturas o el 533 referido al uso de un rigor innecesario por parte de funcionarios de prisiones. En una petición realizada al portal de transparencia, se nos comunicaron más de dos mil hechos conocidos de tratos degradantes en 2018 y cifras que oscilaban entre 3 y 15 casos anuales de tortura. Sin embargo, no sabemos cuántas de estas situaciones pueden referirse a personal penitenciario.
En cualquier caso, más allá de cifras concretas, hay que reconocer que el problema existe y negarlo solo puede ser fruto del desconocimiento, los prejuicios o la justificación; el “algo habrán hecho” que tanto escuchamos. Escuchemos a algunos casos [2]: “No solo entran las patadas, puñetazos, bofetadas y golpes con las porras, entra el maltrato de la humillación, de hacerlos sentir que no son persona”; ¿algo habrán hecho? “Lo han cogido entre siete funcionarios y también me le han pegado, le han dejado un lado que él no escucha”; ¿algo habrá hecho? “Una noche intenté suicidarme solo en una celda (…) Pasé toda la noche desmayado (sic) en el chabolo hasta que se pasó el recuento a las 8 de la mañana. Cuando desperté, en vez de atención médica lo que recibí fue una paliza por parte de 3 guardias, los que me increpaban primero, que les había buscado la ruina, segundo, que los cortes que yo me había hecho en el cuello a la altura de la Orta (sic) no los podían atender los casi inexistentes servicios médicos que había en la prisión y tercero, que por mi culpa habían tenido que llamar a una ambulancia”. “En mis brazos a (sic) muerto más de un amigo, hay un caso que me acordaré para toda la vida, (nombre), murió en mis brazos, como un perro tirado en el suelo pues no fueron capaces de abrir la enfermería y sin un profesional que lo atendiera, más que cuatro presos que no sabíamos lo que debíamos de hacer.”“(…) tras pedir en repetidas ocasiones, a través del interfono, que deseaba ver a un médico, el jefe de servicio del DERT [3] entró en la celda y me golpeó la frente con el walkie-talkie que llevaba”. Las personas presas o sus familiares nos cuentan decenas de historias parecidas, relatos que también podemos leer en los informes del CPT o el MNP, casos creíbles, en muchas ocasiones coherentes con las lesiones o marcas que se observan a simple vista, detalles repetidos por testigos.
Sin embargo, casi nunca ocurre nada. Muchas veces, demasiadas, ni nos enteramos. ¿Por qué? Para empezar, por la continua negación desde los responsables políticos y las administraciones públicas, cuando no de su justificación. Además, estamos en un lugar opaco donde prima el encubrimiento y es complicado tener pruebas o testigos de los hechos. También por el silencio, el miedo a contarlo, a denunciar y la falta de confianza en obtener justicia o reparación. Y en esto, lamentablemente, las personas presas saben lo que hacen. Pues cuando alguien se atreve a denunciar, lo habitual es que los procedimientos se inadmitan o archiven sin realizar más diligencia que preguntar al personal funcionario denunciado. Cuando el procedimiento continúa, al funcionariado le sobra presunción de veracidad, no se admiten pruebas como las grabaciones de las cámaras de videovigilancia o estas no existen, se han borrado o, curiosamente, el hecho se produce en una zona sin cámaras. Los partes de lesiones, cuando se hacen, no reúnen los datos necesarios: fotos, declaraciones de la persona interna, descripción detallada de las lesiones. Los servicios médicos no mandan directamente al juzgado de guardia estos partes, sino que son filtrados por la dirección del centro y muchas veces nunca llegan a conocimiento de los juzgados. Como dice el propio MNP: “es obligación de los responsables de los centros de privación de libertad remitir toda la información disponible cuando se tenga conocimiento de un hecho presuntamente delictivo, así como favorecer y facilitar cualquier tipo de investigación, en el orden administrativo y judicial que hubiera al respecto. En España, el problema de los malos tratos no se debe tanto a deficiencias normativas como a que se realicen las oportunas investigaciones efectivas.” (Informe MNP 2020, pág. 253). Las condenas del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) a España en este sentido son claras, así como los Informes del CPT o del SPT (Subcomité de Prevención de la Tortura de la ONU).
La respuesta de la Administración suele ser el traslado de la persona interna, endurecer sus condiciones en prisión, interponer contradenuncias por atentado, resistencia o “lesiones en las manos”, que terminan con la condena de la víctima y, a veces, un aumento de su pena, o criminalizar a los defensores de derechos humanos. Y cuando esta intenta dar instrucciones para mejorar, se encuentra con la oposición del funcionariado (o de determinados grupos como el mediático Tu Abandono Me Puede Matar) y las críticas de la prensa. Así ha ocurrido, por ejemplo, con el Protocolo de 17-03-2021 de Instituciones Penitenciarias sobre la denuncia de malos tratos que, simplemente, pedía a las direcciones de los centros penitenciarios que comunicaran a los juzgados las quejas por malos tratos, los partes de lesiones y los hechos que pudieran ser constitutivos de delito. Es decir, que cumplieran con la legalidad nacional e internacional.
¿Qué hacer? Pues no hace falta inventar mucho. En primer lugar, reconocer el problema y tener voluntad política y judicial para atajarlo. Tratar de cambiar la cultura y la formación de determinados grupos del funcionariado de prisiones y hacerles entender la necesidad de evitar estos comportamientos y no ocultar los de sus compañeros o compañeras, cumplir las recomendaciones que nos hacen los organismos internacionales o las de nuestro propio MNP y seguir las indicaciones del Protocolo de Estambul, aprobado en 2004 por el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, que nos enseña cómo debe actuarse a nivel administrativo, legal, médico y psicológico.
[1] El concepto de cifra negra o cifra oscura se usa en criminología para identificar aquellos hechos que quedan fuera del conocimiento de las agencias oficiales de control del delito.
[2] Se han mezclado casos conocidos por distintas organizaciones en distintos centros penitenciarios y distintos años y relatos de los propios Informes del CPT, para evitar la identificación de los casos por el miedo de las familias o amistades de las personas presas a las represalias al interno.
[3] Departamentos especiales de aislamiento en las prisiones catalanas.
Sobre este blog
La Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía, constituida en 1990, es una asociación de carácter privado, sin ánimo de lucro, cuyo fundamento lo constituye la Declaración Universal de los Derechos Humanos, proclamada por la ONU en 1948. Aunque el ámbito de afiliación de la APDHA y su área directa de actuación sea el territorio andaluz, su actividad puede alcanzar ámbito universal porque los Derechos Humanos son patrimonio de toda la Humanidad.
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