Un exconsejero de Chaves pide también el indulto tras la confirmación de la sentencia de los ERE

Javier Ramajo

16 de septiembre de 2022 11:49 h

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Francisco Vallejo, presidente de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA) de la Junta entre 2004 y 2009 como consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, ha solicitado la concesión del indulto parcial respecto de la pena privativa de libertad en la condena impuesta por el caso de los ERE: 7 años y un día de prisión e inhabilitación absoluta por tiempo de 18 años y un día como autor de un delito de prevaricación en concurso medial con un delito de malversación. Es el primer dirigente andaluz, tras el expresidente José Antonio Griñán, que acude a esta vía tras la sentencia del Tribunal Supremo que, en su caso, confirma la de la Audiencia de Sevilla de noviembre de 2019.

Vallejo precisamente salió de la Junta cuando Griñán alcanzó la presidencia de la Junta a finales de abril de 2009. Antes, con Manuel Chaves de presidente, fue consejero de Obras Públicas (1994-2000) y de Salud (2000-2004). Según el Supremo, Vallejo y el resto de acusados condenados por delito de malversación “conocieron las irregularidades que se estaban produciendo en la gestión de los fondos y posibilitaron por omisión que se siguiera reproduciendo el procedimiento ilícito”. En lo particular, Vallejo “sabía que el IFA/IDEA estaba actuando como mera caja pagadora de las ayudas y subvenciones concedidas” por la Consejería de Empleo. El Supremo rechazó su recurso de casación, entre otras muchas razones, porque su argumento de que ejercía funciones políticas y no le correspondía efectuar un control técnico-jurídico, actuando en la confianza de la legalidad del texto que se sometía a su aprobación, “encubre la pretensión de descargar la responsabilidad de lo ocurrido en los técnicos que intervinieron en el proceso de elaboración presupuestaria”.

Por contra, el voto particular de dos magistradas del Supremo, en el que la familia de Vallejo apoya buena parte de su escrito, ha cuestionado las condenas por malversación de Griñán, Vallejo, la exconsejera Carmen Martínez, y Miguel Ángel Serrano y Jesús María Rodríguez. La Audiencia de Sevilla, dijeron ambas, optó por atribuirles un dolo eventual para cimentar su condena por malversación sabiendo que no tenía pruebas suficientes para optar por el dolo directo. Lo hizo, reprochan, “conocedora de que carece de una prueba de cargo mínimamente consistente para atribuir a los acusados ajenos a la Consejería de Empleo un dolo directo”. Habla incluso este voto particular de una “lacónica e inmotivada fundamentación jurídica sobre la autoría” de estos acusados sobre el delito de malversación.

La petición de indulto resalta que la existencia de dos votos contrarios a la condena de Vallejo “denota que había 'dudas”'en la formación de la convicción del Tribunal como órgano colegiado que debe adoptar una decisión“. ”La contundencia de los argumentos que refleja el voto particular no puede ser desconocido a la hora de pronunciarse sobre la concesión del indulto“, destaca el escrito presentado, ”en la convicción judicial del Tribunal, en cuanto órgano colegiado, no consta la 'certeza' del delito ni la procedencia de su condena“ a tenor de ”las posiciones contradictorias y enfrentadas de sus componentes“. ”Creemos honestamente que casos como este evidencian que la regulación legal en este sentido “adolece de deficiencias y en definitiva permite situaciones a nuestro juicio injustas, como la confirmación del pronunciamiento de condena por diferencia de un único voto”.

“Desocialización” con la cárcel

“¿Puede afirmarse que no han existido dudas en el seno del Tribunal en cuanto a la culpabilidad y a la procedencia de la pena privativa de libertad impuesta a D. Francisco Vallejo respecto del delito de malversación cuando dos de los cinco magistrados intervinientes han argumentado y suscrito con sus votos particulares la inexistencia de dicha culpabilidad y la no procedencia de la condena?”, se pregunta la familia del exconsejero, que ha sido “condenado por una mayoría exigua expresiva de lo dudoso de la procedencia de una condena que debe pronunciarse más allá de toda duda razonable”.

Argumenta también el escrito que “se considera con carácter general que el transcurso de más de 8 años otorga un carácter extraordinario a la dilación y por ende al perjuicio que esta lleva aparejado”. La familia de Vallejo, que fue llamado al proceso en 2013, dice que “resulta innegable el larguísimo periodo de tiempo de la vida de Don Francisco Vallejo durante el que se ha dilatado la tramitación y enjuiciamiento de la causa, y ello se ha visto traducido en un intenso padecimiento para él y toda su familia, razón suficiente para considerar que el sufrimiento y la angustia padecida en todo este tiempo se erige como suficiente para cumplir con el fin retributivo de la pena”.

Según el escrito, “la ejecución de la pena privativa de libertad en el momento actual sólo serviría para apartarle de su familia, de su actividad profesional a una edad difícil a efectos de empleabilidad, trasladando así también a terceras personas las consecuencias negativas del cumplimiento de la pena y alejándose radicalmente dicho cumplimiento del fin constitucionalmente previsto. Así, en el presente caso, el cumplimiento de la pena impuesta se convertiría en una pura herramienta de desocialización, presentándose por ello el indulto como un adecuado mecanismo de corrección” ya que de su concesión “no se derivan consecuencias negativas ni perjudiciales para nadie”.

Vallejo actualmente tiene 65 años, es padre de 5 hijos (dos de ellos menores de edad), abogado y economista de profesión, y se licenció en Derecho y Administración y Dirección de Empresas en Madrid. “La ejecución de la pena privativa de libertad causaría a los menores un daño que sería irreparable”, argumenta en su escrito. “El largo proceso judicial, unido al juicio paralelo sufrido en los medios de comunicación como consecuencia de la extraordinaria mediatización de la causa, ha generado y sigue generando un innegable sufrimiento que ha conllevado un importante dolor, angustia y padecimiento tanto a nivel personal como familiar, con gravísimos efectos y consecuencias en el ámbito profesional”, expone.

“Una vida dedicada al servicio público”

El escrito insiste en que “la pena de prisión cuyo indulto se insta es innecesaria”, añadiendo que con su concesión “se evita la completa desocialización de una persona absolutamente integrada en la sociedad, que se encuentra en un momento cercano a su jubilación laboral, con la consiguiente separación de su ámbito familiar, profesional y social, con las dolorosas consecuencias y sufrimiento que de ello se derivan especialmente para sus hijos menores”.

La familia de Vallejo en el escrito que, a partir de 1985, decidió enfocar su carrera hacia el servicio público. Una “andadura, profesional y personal, que durante veintiocho años ha desarrollado de manera sólida, firme y comprometida, siempre guiada a la defensa de los intereses públicos y el bienestar social. A lo largo de su dilatada carrera al servicio de los ciudadanos, Don Francisco Vallejo Serrano fue siempre un ejemplo de honestidad, honradez y probidad. Un servidor público que antepuso a su carrera profesional los intereses generales, dedicando toda su vida, esfuerzo e inteligencia a mejorar la vida de sus conciudadanos en aquellas tareas y responsabilidades públicas que, por su mérito, capacidad y eficacia, le fueron encomendadas a lo largo del tiempo”.

“Una vida dedicada al servicio público, a la defensa del interés general, por su honestidad e integridad personal, y por lo innecesario de la ejecución de la pena de prisión impuesta en la sentencia”, resalta. El escrito destaca finalmente que “es innegable la relevancia pública y social” de l causa de los ERE y “la exposición” a que Vallejo “y los otros encausados han estado sometidos a lo largo de una década” “Pese a todo ello, han mantenido, en todo momento, una actitud de absoluto respeto con la Administración de Justicia y demás servidores públicos, colaborando activamente con los órganos juzgadores”.

El exconsejero, durante el juicio, dijo que “nadie” le advirtió de que IDEA no pudiera pagar las ayudas sociolaborales gestionadas por la Consejería de Empleo y que, en ningún caso, “nunca” dio orden alguna en relación con las ayudas. Vallejo defendió que IFA-IDEA era “un órgano de la Junta que se adscribía a una consejería pero que prestaba servicio a todos”, por lo que optó por evitar “un enfrentamiento más con ellos”, en alusión a la Consejería de Empleo. “Se decidió seguir prestando esa labor para Empleo”, ha comentado. “IFA nunca pagó por encima del dinero que tenía”, también ha dicho, explicando que hubo un momento en que Empleo no enviaba el dinero suficiente a IFA-IDEA, generando un déficit presupuestario pero “era una deuda de la Junta con la Junta” porque “IDEA no tenía ningún problema” en ese sentido.

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