El Gobierno regional no varía su intención de recurrir la norma a pesar de que el Ministerio de Justicia haya rectificado, al menos verbalmente, anunciando que devolverá incluso las tasas cobradas a los beneficiarios de justicia gratuita. La Defensora del Pueblo ha decidido no interponer recurso, no así la Junta, que sigue adelante y acude al Tribunal Constitucional.
A pesar de que el titular de Justicia ha dicho este miércoles que se reducirá en alrededor de un 80% las tasas variables de las personas físicas en primera instancia y en recursos en la jurisdicción civil, contencioso-administrativa y social, el Gobierno autonómico entiende que habrá que ver cómo se concreta dicho anuncio en un texto legal y de qué forma se explicitan dichas reducciones en el Decreto que tendría que aprobar el Ejecutivo central. Fuentes de la Junta de Andalucía confirman que, por precaución y por convicción, no se va a dejar de recurrir la ley por mucho que el ministro haya accedido a las recomendaciones de la Defensora del Pueblo, Soledad Becerril.
La Junta, pues, agota el plazo e interpone el recurso, una vez recibido el dictamen favorable del Consejo Consultivo, adelantado por eldiario.es y que “avala sobradamente el recurso, como era de esperar”, según señaló el consejero de Justicia e Interior, Emilio de Lllera. Al consejero no le extrañaría tener que “recurrir la contrarreforma”, según dijo antes de que el Ministerio publicitase la reducción de tasas durante el día de huelga de jueces y fiscales de toda España.
La Junta considera que la ‘ley de tasas de judiciales’ no comparte un concepto de justicia como servicio público que, como tal, debe garantizar la igualdad de oportunidades, denunciando que las circunstancias económicas de los ciudadanos no deben limitar el acceso al sistema.
Según el Ejecutivo andaluz, los artículos 1, 2, 3, 4 y 7 de la ley de tasas vulneran el principio de igualdad y el derecho a la tutela efectiva al ampliar y generalizar el pago por el acceso a la justicia, produciendo un “efecto disuasorio” para muchos hipotéticos usuarios del sistema judicial, con una extensión del pago de tasas a todos sus ámbitos, salvo el penal y el militar.
El hecho de inducir a una persona a desistir de una idea o propósito de hacer algo, en este caso acudir a la vía judicial, supone un “ataque directo” al derecho a la igualdad que perjudicará, principalmente, a los niveles sociales medios y bajos, según el consejero de Justicia e Interior, Emilio de Llera. Conculca, concretamente en su opinión, el artículo 24 de la Carta Magna, el que alude a que “todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión”. Las tasas conllevan indefensión, concluye la Junta.
Según las iniciales consideraciones de la Junta, el hecho de que los recursos de apelación y los de casación al Tribunal Supremo doblen su cuantía (de 300 a 800, en el primer caso, y de 600 a 1.200 en el segundo), o que reclamar a una entidad bancaria por el cobro de una factura indebida de 3.000 euros suponga al recurrente una tasa de 315 euros no causan tal prejuicio como el hecho de que en tanto en cuanto no se apruebe la futura Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, anunciada por el ministro pocos días después de la entrada en vigor de la ley de tasas, las víctimas de violencia de género no estén exentas de las mismas si quieren iniciar un proceso de divorcio o separación.
En el caso de que el Tribunal Constitucional pudiera dar la razón a Andalucía, la Junta ha destacado que el dinero pagado por los ciudadanos se podría recuperar con intereses, independientemente del tiempo transcurrido. “El problema es el ciudadano que se va a quedar sin ir al juzgado por no tener el dinero”, lamentaba el consejero de Justicia e Interior, Emilio de Llera, el pasado 22 de enero, el día en que el Consejo de Gobierno de la Junta aprobó la interposición del recurso.