Las prejubilaciones que ofrece al Gobierno a los estibadores son similares al sistema investigado en el caso ERE

Aunque los aspectos laborales de la reforma de la estiba se visualizarán en otro real decreto, diferente al que el Congreso de los Diputados acaba de convalidar este jueves, las ayudas millonarias que se prevén por parte del Gobierno para la reconversión del sector incluirán partidas para sufragar la prejubilación de cerca de 1.400 estibadores. Son ayudas extraordinarias a trabajadores afectados por procesos de reestructuración de empresas. El Ejecutivo de Rajoy prevé que sean abonadas con dinero público, bajo la fórmula de concesión directa, de la misma manera que la Junta pagó los ERE cuyos supuestos gestores, impulsores o mantenedores ya están camino de juicio. Es decir, el Gobierno concederá las prejubilaciones a los estibadores con la legislación que la jueza Alaya dijo que era inaplicable.

Los estibadores, pese a la convalidación del decreto, han convocado huelgas a partir del 24 de mayo porque consideran que se trata de un “ERE encubierto”. La principal novedad respecto al que fue rechazado en marzo en el Congreso precisamente reside en que el Ministerio de Fomento se ha comprometido a aprobar otro texto complementario que recoja las garantías para el mantenimiento del empleo de los estibadores, mejoras de productividad y ayudas para las prejubilaciones, que podrían alcanzar hasta 120 millones de euros, según informó el Ministerio de Fomento.

En el marco de la negociación laboral de los últimas meses, el Gobierno sufragaría las prejubilaciones del 20% de la plantilla y las bajas voluntarias. El pago de la ayuda directa a los estibadores por parte de la administración, sin concurrencia ni publicidad, contrasta con el reproche común en la instrucción del caso ERE de la ausencia de publicidad en las ayudas de la Junta en los expedientes de regulación de empleo, base de la acusación al haber prescindido “total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido”, como se ha dicho en decenas de autos e informes.

La disposición derogatoria única del Real Decreto 3/2014 establece las normas especiales para la “concesión directa” de las subvenciones a trabajadores afectados por procesos de reestructuración de empresas. La norma, aprobada por la ministra Fátima Báñez, “es el marco” por el cual se articularán en esta ocasión las ayudas públicas a la estiba. “No hay otro que regule este tipo de situaciones”, indican a eldiario.es Andalucía fuentes del Ministerio de Empleo. Ni el juzgado, ni la Intervención General del Estado, ni las fiscalías, ni el Supremo hicieron mención a esta última normativa ministerial en sus diversos escritos, reprochando en numerosas ocasiones la ausencia de convocatoria pública para las ayudas de la Junta, tachándolas incluso de “auténticas donaciones”, aun cuando la instrucción se fue cerrando con esta normativa ya en vigor.

Los reales decretos 908/2013 y el mencionado 3/2014 adaptaron a la Ley General de Subvenciones dos órdenes ministeriales de 1994 y 1995. En la 'Memoria de Impacto Normativo' que elaboró el Ministerio para justificar la promulgación del decreto 908/2013 ya afirmaba que la Orden de 1995 “prácticamente no establece ningún requisito para la concesión de las ayudas, que quedan en un régimen de cierta discrecionalidad tanto en materia de duración como de cuantía de las mismas”. Y en la 'Memoria de Impacto Normativo' para el decreto 3/2014 se dice también que las ayudas extraordinarias a trabajadores afectados por procesos de reestructuración de empresas “no pueden ajustarse a un régimen de concurrencia competitiva”.

Esta forma de actuación ante trabajadores afectados por procesos de reestructuración o empresas en crisis es la utilizada por la Junta de Andalucía y el Estado desde 1995 a la hora de conceder una ayuda sociolaboral. De hecho, informes internos del Gobierno central validaron antes de aprobar el nuevo marco legal la “concesión directa” de ayudas púbicas y argumentaron que el Estado es el único que puede legislar sobre este tipo de ayudas en todo el territorio nacional mientras que las comunidades autónomas son las competentes para su ejecución.

La jueza Alaya, por contra, denunció en el arranque de la instrucción que Andalucía “desarrolló un sistema propio de concesión de subvenciones de ámbito laboral”. Así lo hicieron constar los peritos de la Intervención General del Estado, que recientemente se han negado a hacer un informe a otro juzgado sobre este tipo de decretos por “desbordarse” sus competencias. En una de sus comparecencias judiciales, el exdirector de Trabajo Javier Guerrero también dijo que actuó “igual que el Estado”.

Las modificaciones presupuestarias

Los jueces y la Fiscalía vienen advirtiendo de las supuestas irregularidades en el procedimiento que usaba la Junta para pagar subvenciones a empresas en crisis o para prejubilar a sus trabajadores. Anticorrupción entiende que eran ayudas dadas al margen de la Ley de Subvenciones y de la Ley General de la Hacienda Pública. De hecho, en su acusación contra los expresidentes Chaves y Griñán y resto de exaltos cargos, argumentan que “se puso en manos de la Consejería de Empleo, año a año, unos fondos públicos que gestionó a su libre arbitrio sin procedimiento alguno, vetando a la generalidad de los potenciales beneficiarios el acceso a las mismas por falta de publicidad”.

Las fuentes del Ministerio de Empleo, consultadas sobre si el Gobierno tendría que hacer algún tipo de modificación presupuestaria para hacer frente a las ayudas que se acuerden, confirman que “se tendrán que poner en marcha algunos mecanismos de ejecución” porque “eso no está presupuestado”. La cuantía se ejecutará “en el momento en que se tenga que hacer frente a la situación”, explican desde el Ministerio, “de acuerdo con lo que se pacte”. También habrá que esperar al pronuciamiento al respecto de la Unión Europea, ya que es la que ha propiciado que se dé la situación actual con la estiba, añaden.

El Ministerio de Fomento ha cifrado en 120 millones de euros el paquete de ayudas públicas que el Gobierno está dispuesto a conceder para la reconversión del sector de la estiba que promueve para que cumpla con la normativa europea y evitar una multa comunitaria.

Respecto a esto, es de recordar que a los expresidentes de la Junta se les acusa de haber participado “en los acuerdos del Consejo de Gobierno que aprobaban los proyectos de Ley de Presupuestos y modificaciones presupuestarias que contenían las transferencias de financiación, que hacían viable ante el Parlamento un uso ilícito” de las citadas transferencias.

Tras el acuerdo para la reforma de la estiba, que no tiene precedente similar en los últimos años de acuerdo con la normativa laboral vigente, apuntan las fuentes ministeriales, deberá ser Empleo el que instrumentalice las ayudas acordadas finalmente por el Ministerio de Fomento. El mediador del conflicto, en ese sentido, ya propuso “garantizar el empleo del sector con el instrumento legal que el Gobierno considere suficiente”.

Precedentes de ayudas directas

El sistema de ayuda directa fue ya usado, por ejemplo, en el caso de Sintel, en la resolución del Ministerio de Trabajo 2001, en el ERE de cinco empresas mineras de Huelva que en 2002 benefició a 1.169 personas con 180 millones (donde también participó el Ministerio) o en los ERE que sufragó la Junta en Santana Motor (68 millones), Delphi (240 millones), Boliden (60 millones) o la Naval (30 millones), como ejemplos más representativos en cuanto a número de trabajadores afectados. La Junta ha argumentado durante la instrucción que las prejubilaciones de los ERE son legales. “Los importes por ellos percibidos lo han sido por causa justa o causa legal”, dijo la administración andaluza en el marco de la instrucción del caso ERE.

Bajo el marco normativo laboral que posibilita este tipo de ayudas, entre 1995 y 2013 el Ministerio de Trabajo concedió más de 2.370 millones de euros entre ayudas a trabajadores previas a la jubilación ordinaria (acogidas a la orden de 1994) y ayudas a trabajadores afectados por procesos de reestructuración de empresas (acogidas a la orden de 1995). Fueron ayudas sociolaborales están exentas de publicación y concurrencia y se otorgan “en régimen de concesión directa”.

Mercedes Alaya mantuvo que Andalucía “desarrolló el sistema propio de ayudas sociolaborales”, “sin acogerse al procedimiento de tramitación a través de la Seguridad Social” y con “ausencia del procedimiento legal de subvenciones”. Alaya partió de la premisa que la Junta no era competente para otorgar ninguna ayuda sociolaboral y, aunque el Supremo entendió que la Junta podía dar esas ayudas a pesar de que pudiera haber errores procedimentales, toda la instrucción parte de esa presunta ilegalidad.

Huelga en los puertos

El Consejo de Ministros aprobó el viernes pasado un nuevo real decreto ley para reformar el sector de la estiba después del histórico fiasco del mes de marzo. El objetivo sigue siendo cumplir con la normativa europea, a la que actualmente contraviene, y evitar así que la justicia europea multe a España. Los estibadores, en todo caso, ya han advertido que irán a la huelga en los puertos nacionales entre el 24 de mayo y 9 de junio si el decreto-ley destruye el empleo actual.

El coordinador general de la Coordinadora Estatal de Trabajadores del Mar (CETM), Antolín Goya, anunció en rueda de prensa que han decidido mantener el preaviso de huelga al entender que el real decreto-ley aprobado el viernes pretende “liberalizar el sector y despedir a los estibadores portuarios con fondos públicos para colocar a otros”. “Queda claro su objetivo liberalizador y el despido masivo de estibadores portuarios, manteniendo la subvención pública para el coste de estos”, lamentó.