El Supremo ratifica la condena a ABC por usar la foto de un imam y tres musulmanes en una noticia de terrorismo
La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha ratificado las sentencias de la Audiencia de Sevilla y del Juzgado de Primera Instancia número 24 que condenaban al DIARIO ABC S.L. por “intromisión ilegítima en el honor e imagen” de un imam y otros tres musulmanes cuando ABC usó la fotografía de un encuentro de comunidades islámicas (en la que aparecían los cuatro afectados) para ilustrar la detención de un presunto terrorista y escribió, como pie de foto, el antetítulo “TERRORISMO YIHADISTA”.
“Tal y como concluyeron las sentencias de ambas instancias, y entiende el Ministerio Fiscal, ha de prevalecer, en el juicio de ponderación judicial de los derechos fundamentales en conflicto, el derecho a la propia imagen de los actores con respecto a la libertad de información de la demandada”, dice el Supremo en una sentencia a la que ha tenido acceso elDiario.es Andalucía y en la que se confirma que hubo vulneración de un derecho fundamental a Youssef Zian, Mohammad Alhamed, Ndemba Mbaye Samb y Mohammad Idrissi Alcaraz, imam de la mezquita sevillana Al-Hidaya.
“La publicación de la imagen de los actores no era necesaria para ilustrar la información sino gratuita, desproporcionada y manifiestamente perjudicial para los intereses de aquellos, máxime cuando, al pie de foto, figura la frase 'TERRORISMO YIHADISTA', que operaba como una suerte de conexión de la imagen con el delito”, añade la sentencia.
La sentencia sí estima un motivo de casación por parte de ABC en el sentido de que el Supremo considera “desproporcionada” la publicación íntegra de la sentencia “dada su considerable extensión”, siendo “suficiente con que se le dé publicidad a su encabezamiento y fallo”. El diario demandado tiene 20 días hábiles para aplicar lo que dice la sentencia o recurrir ante el Tribunal Constitucional, lo cual podría no afectar a lo que determinado ahora por el Tribunal Supremo, según entienden fuentes de la acusación particular de este caso.
Así las cosas, la sentencia de primera instancia queda revocada “únicamente” con respecto a la citada publicación de la sentencia, “con mantenimiento del resto de pronunciamientos, incluidos los de las costas procesales”. Al haber estimado finalmente parte del recurso, el Supremo no impone las costas de los recursos de casación y apelación, según detalla, acordando la devolución de los depósitos constituidos para su interposición.
El sufrimiento de los afectados quedó recogido en la sentencia de primera instancia con declaraciones de Aida Mbaye Gil, hija de Ndemba Mbaye diciendo que “a su hermano pequeño le apartaron un poco en el colegio” y ella estuvo “un mes recibiendo mensajes ofensivos”, de Marian Balaki-Tahiri, mujer del imam Idrissi y madre de su niña, quien declaró que “recibió mensajes preguntando si su marido era terrorista”, Rachid Zian El Hamoudi, hermano de Youssef Zian, que atestiguó que este “casi no podía salir de casa” y Arwa Taher, esposa de Mohamad Alhamed, “siria y refugiada política” que reveló que amigos dejaron de frecuentarles y una le transmitió que no volvería por su tienda “por miedo a su marido terrorista”.
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