El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia Nacional que anuló el anteproyecto y la declaración de impacto ambiental por una infracción a la Directiva Europea del Agua. Los opositores a este proyecto llevan más de 30 años luchando porque no se lleve a cabo, debido al gran impacto económico que tienen las empresas de turismo de aventura en la zona.
La resolución analiza si el interés general de este proyecto se puede equiparar al “interés público superior” que exige la Directiva Europea del Agua para alterar el estado de las aguas superficiales de forma justificada.
La sentencia confirma el fallo de la Audiencia Nacional de hace tres años y la evaluación de impacto ambiental. Establece que hubo una vulneración de la Directiva Europea de Aguas, ya que el proyecto debería haber aparecido antes en el Plan Hidrológico de Cuenca, y no se justificaba el interés general.
El Supremo se ha pronunciado sobre dos recursos, con el mismo resultado. Uno presentado por los ayuntamientos de Biscarrués, Murillo de Gállego y Santa Eulalia, y otro presentado por las organizaciones ecologistas CODA, Greenpeace España, Asociación para la Defensa de la Naturaleza Adena y la Asociación de Amigos de la Tierra España.