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Sobre este blog

El caballo de Nietzsche es el espacio en eldiario.es para los derechos animales, permanentemente vulnerados por razón de su especie. Somos la voz de quienes no la tienen y nos comprometemos con su defensa. Porque los animales no humanos no son objetos sino individuos que sienten, como el caballo al que Nietzsche se abrazó llorando.

Editamos Ruth Toledano, Concha López y Lucía Arana (RRSS).

Los ayuntamientos todavía son el agujero negro de la protección de los animales

En 2017, El caballo de Nietzsche se hizo eco de las penosas condiciones en las que se encontraban los perros en la perrera municipal de Jaén
2 de marzo de 2021 23:02 h

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El bienestar de todos los animales debería tratarse como un asunto de Estado, pues atañe a toda la sociedad. Por tanto, la Administración y el Ordenamiento Jurídico deberían contemplarlo, regularlo y hacerlo cumplir. Sin embargo, en España su regulación sigue siendo la eterna asignatura pendiente y, a día de hoy, el Estado carece de una ley marco de protección y trato a los animales. La desidia en esta materia ha sido tal que España es el último país del Consejo de Europa que ha ratificado el 19 de julio de 2017 el Convenio Europeo para la Protección de Animales de Compañía de 1987, ¡30 años después!.

También ha habido que esperar hasta 2017 para que una proposición de ley cambiara el régimen jurídico de los animales de compañía en el Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil y dejaran de ser considerados “bienes inmuebles”, susceptibles de formar parte de herencias, embargos o tratos de divorcio, y pasaran a ser considerados “seres vivos dotados de sensibilidad”.

La falta de esta ley marco tiene como consecuencia que en España haya 17 leyes diferentes de protección animal, tantas como Comunidades Autónomas, que a falta de una regulación estatal se decidieron a legislar sobre el sector de los llamados animales de compañía, siendo pionera Cataluña con la primera regulación en 1988. La realidad es que esta regulación autonómica es tremendamente heterogénea y ni siquiera encontramos un criterio común en la categorización de los animales, por lo que en una comunidad autónoma un animal puede ser considerado como 'de compañía' y, en otra, estar excluido de toda protección, como sucede con los caballos.

De todas ellas, la Ley de Protección aprobada por la Rioja el 30 de noviembre de 2018, se podría considerar la más avanzada y homologable a los estándares europeos, a pesar de algunas carencias. El objeto de la ley riojana es fomentar el civismo y la tenencia responsable, luchando contra el abandono y el maltrato, y promoviendo la identificación, la adopción y la esterilización, reconociendo la protección de las colonias felinas según el protocolo CES: captura, esterilización y suelta. Una de las novedades más importantes de la ley, y que venía siendo una larga reivindicación, es la obligatoriedad de la esterilización, cuestión esta que fue objeto de un recurso de inconstitucionalidad promovido por el propio Gobierno riojano durante la anterior etapa de gobierno del PP y apoyado por 50 senadores de dicho partido, que afortunadamente ha sido recientemente desestimado.

Tanto la legislación estatal como la autonómica otorgan un papel protagonista a la Administración Local en lo que a la ejecución y puesta en práctica de la diferente normativa se refiere, y casi todos los municipios de nuestro país han dictado ordenanzas sobre los animales de compañía, con más pena que gloria, al menos en cuanto a la puesta en práctica se refiere.

La potestad municipal tiene una importancia primordial en cuanto a la protección de los animales, ya que las autonomías habilitan a los ayuntamientos para la gestión en la recogida de animales y su decomiso (cuestión clave para actuar en casos de malos tratos). Y, derivado de estas funciones de recogida y decomiso, está el depósito de los animales, que debería desarrollarse siempre respetando sus necesidades físicas y psicológicas, en espacios que lo permitan y respetando su derecho a la vida.

Lamentablemente, es ahí donde está el agujero negro de la protección animal, ya que son minoritarios los ayuntamientos que llevan a cabo estas funciones con unos estándares aceptables de bienestar animal. La falta de recursos, los intereses de algunos colectivos, la falta de conciencia sobre el bienestar animal y las licitaciones con criterios únicamente económicos o de amiguismo, hacen que nos encontremos continuamente con situaciones dramáticas en centros zoosanitarios de toda España. La falta de sensibilidad de muchos responsables municipales en esta materia es tal que, incluso en algunas capitales de provincia, este servicio está incluido en las licitaciones de recogida y gestión de residuos sólidos urbanos, y es prestado por empresas que nada tienen que ver y a las que nada les importa el bienestar animal.

Afortunadamente, el aumento significativo de la sensibilización social hacia el bienestar y los derechos de los animales, la presión de asociaciones, fundaciones y sociedades protectoras, están empezando a tener reflejo en las políticas llevadas a cabo en algunos municipios y mancomunidades. Por poner un ejemplo, recientemente la Junta de Gobierno de la Mancomunitat de l’Horta Sud ha aprobado el contrato de recogida de animales teniendo en cuenta en los pliegos la legislación vigente en materia de bienestar animal, e incluso yendo más allá, especificando cuáles deben ser las condiciones de traslado y mantenimiento de los animales en las instalaciones de la empresa adjudicataria, exigiendo un transporte que garantice su bienestar y que el mantenimiento de los animales cumpla con unas buenas condiciones higiénico-sanitarias, acordes con las necesidades fisiológicas y etológicas, con espacios de recreo para los animales y con lugares independientes donde separarlos por grupos según el carácter, tamaño, edad o estado de salud. Y, lo más importante, establece claramente el 'sacrificio cero' con la prohibición de inducir la muerte a los animales por cuestiones económicas, de sobrepoblación, carencia de plazas, imposibilidad de hallar adoptante en un plazo determinado, enfermedad con posibilidad de tratamiento o animal peligroso con posibilidad de recuperación determinado por un etólogo. Como alternativa al sacrificio, los pliegos obligan a la adjudicataria a comprometerse en la puesta en marcha de colaboraciones con protectoras de animales o acciones de promoción para la adopción de los animales.

Las resistencias son muchas; de hecho, el contrato mencionado fue objeto de un recurso ante el Tribunal de Recursos Administrativos por parte de la empresa mercantil que ejercía ese servicio con anterioridad, alegando falta de motivación de la puntuación asignada por la Mesa de Contratación en las cuestiones relativas al bienestar animal y gestión de adopciones.

El monto total del gasto municipal en gestión y tenencia de animales asciende a muchos millones de euros en España y es una partida muy jugosa que los ayuntamientos han venido gestionando con manga ancha en función de intereses políticos y económicos, por lo que, si la regulación autonómica y estatal lo permiten, dependerá de su buena voluntad licitar estos servicios más allá de lo que establece la regulación (como en el caso de Horta Sud) y con un criterio que atienda al bienestar animal antes que a otros intereses. También queda, y parece que va a seguir quedando pendiente, la protección del resto de animales no considerados como de compañía, con los que compartimos espacios urbanos y cuyo tratamiento desde las administraciones va desde la ignorancia, en el mejor de los casos, a considerarlos plaga y promover su exterminio en el peor (como pretende hacer próximamente el Ayuntamiento de Madrid con las cotorras).

Para que la gestión municipal en materia de protección animal deje de depender de la buena voluntad de los gestores públicos se hace imprescindible una ley que haga de marco regulador.

El 10 de marzo 2020 se creó por primera vez una Dirección General de Derechos de los Animales, dependiente del Ministerio de Derechos Sociales, y según el Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo, en su artículo 10.b) una de sus funciones es “el impulso de todas las medidas necesarias para incluir la protección de los derechos de los animales en el ordenamiento jurídico actual”. El pasado mes de diciembre la D.G de Derechos de los Animales ha sacado a consulta pública el Anteproyecto de Ley de Bienestar Animal y esperamos que, tras las reuniones con asociaciones y diferentes colectivos que trabajan por el bienestar animal, esta Ley cubra por fin las carencias de nuestro ordenamiento y asegure que se proteja efectivamente a todos los animales.

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El caballo de Nietzsche es el espacio en eldiario.es para los derechos animales, permanentemente vulnerados por razón de su especie. Somos la voz de quienes no la tienen y nos comprometemos con su defensa. Porque los animales no humanos no son objetos sino individuos que sienten, como el caballo al que Nietzsche se abrazó llorando.

Editamos Ruth Toledano, Concha López y Lucía Arana (RRSS).

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