El Banco de España limitará el sueldo de directivos de entidades con dinero público

MADRID, 3 (EUROPA PRESS)

El Banco de España podrá limitar las retribuciones de los directivos de entidades financieras que hayan recibido dinero público, entre las que figuran algunas cajas de ahorros, según figura en el real decreto aprobado por el Gobierno sobre la gestión de los recursos propios de las entidades, que también penaliza los depósitos de excesiva remuneración.

“En las entidades que reciban apoyo financiero público, la remuneración variable de los directivos sólo será posible si a juicio del Banco de España está adecuadamente justificada, y la remuneración total podrá estar limitada por el propio supervisor”, indicó Economía en una nota de prensa.

Esta es una de las medidas contenidas en la norma cuyo objetivo es evitar que las políticas de remuneración de los directivos de la banca socaven la liquidez de las entidades financieras y desestabilicen el sistema bancario a través de incentivos perversos a la asunción de riesgos cortoplacistas.

La norma exige también que entre el 40% y el 60% de la remuneración se difiera en tres años y que parte sustancial de la retribución variable, al menos la mitad, se pague en acciones o instrumentos similares que relacionen los pagos con los resultados a largo plazo de la entidad, sea diferido o no.

Dentro de la definición de remuneración se incluyen beneficios discrecionales de pensión, aquellos pagos efectuados con referencia a la jubilación.

El decreto establece que las entidades deben mantener políticas de remuneración y prácticas coherentes con una gestión eficaz del riesgo y que, en función de su tamaño y las características de su modelo de negocio, deberán contar con un comité de remuneraciones.

El portavoz del Gobierno y ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, indicó en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que se han introducido cambios en las remuneraciones de los directivos de la banca para desalentar comportamientos especulativos como los que provocaron la crisis internacional.

PENALIZACIÓN DE SUPERDEPÓSITOS

Por otro lado, y a través de la penalización de los depósitos de excesiva remuneración, la norma trata de poner fin a los efectos perjudiciales ocasionados por la creciente guerra de depósitos en el sistema financiero español, entre los que Rubalcaba citó el encarecimiento del crédito.

El ministro defendió la limitación de las rentabilidades que bancos y cajas de ahorros ofrecen en los depósitos porque éstos “acaban siendo créditos mas caros para todo el mundo”. Según ilustró, “el banco tiene que cobrar de alguien lo que está dando”.

Concretamente, el nuevo decreto exige contribuciones adicionales a los Fondos de Garantía de Depósitos (FGD) de las entidades financieras que remuneren excesivamente sus depósitos tanto a plazo como a la vista, por encima de determinadas referencias.

Conforme los datos más actuales del Banco de España, el límite para el depósito a plazo a tres meses o inferior es del 2,934%, mientras que para uno a plazo de más de tres meses y menos de un año el umbral es el 3,214%.

En el caso de los depósitos a plazo igual o superior a un año, el limite es 3,137%, mientras que para el depósito a la vista la remuneración máxima es del 2,223%.

Las entidades comunicarán trimestralmente el importe total de sus depósitos cuya remuneración exceda de los límites e ingresarán los importes que correspondan.

Adicionalmente, la ministra de Economía y Hacienda, teniendo en cuenta la evolución del precio del dinero y del coste medio del pasivo de las entidades, podrá modificar los límites a la remuneración y reducir o elevar la sobreponderación de las atribuciones a los FGD.

Por otro lado, la norma concreta la definición de activos que podrán ser admitidos como recursos propios y ha desarrollado un nuevo régimen de participaciones preferentes.