“Activa Industria 4.0”, “Crecimiento” y “Ciberseguridad”, nuevas ayudas para sufragar servicios de asesoramiento especializado

Enrique Fárez

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El Boletín Oficial del Estado de 25 de agosto de 2022 publica la Orden ICT/819/2022, de 12 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas a impulsar el crecimiento de las pymes a través de los programas «Activa Industria 4.0», «Activa Crecimiento» y «Activa Ciberseguridad», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Las ayudas van desde 2.140 hasta 7.400 euros, que consistirán en un servicio de asesoramiento especializado.

Las características de los tres programas de ayudas que se convocarán son las siguientes:

a) «Activa Industria 4.0»: ofrece un diagnóstico exhaustivo de la situación digital de partida de la empresa y la elaboración de un Plan de Transformación. Programa orientado a ayudar a 3.300 pymes de la industria manufacturera en su transición a Industria 4.0.

b) «Activa Crecimiento»: ofrece un análisis de la empresa con objeto de detectar sus áreas potenciales de crecimiento y la elaboración de un Plan de Crecimiento con acciones de mejora concretas en innovación, recursos humanos, operaciones, digitalización, marketing y comercialización y finanzas, entre otras. Programa orientado a beneficiar a 2.600 pymes de todos los sectores, en especial a pequeñas empresas con capacidad de crecimiento empresarial.

c) «Activa Ciberseguridad»: realiza una auditoría de la empresa en materia de Ciberseguridad para conocer su nivel de seguridad y la elaboración de un Plan de Ciberseguridad. Programa orientado a todo tipo de pymes, con el objetivo de ayudar a 4.500 empresas que deseen mejorar o potenciar sus procesos de ciberseguridad.

En todos los programas, el asesoramiento se complementa con la realización de talleres temáticos y demostrativos. La duración de los programas será de cuatro meses para cada empresa beneficiaria, con 50 horas de asesoramiento en los programas «Activa Industria 4.0» y «Activa Crecimiento» y 20 horas de asesoramiento en el programa «Activa Ciberseguridad».

Vectores de crecimiento: sostenibilidad y digitalización

En el preámbulo de la orden se contextualiza que la pandemia de la COVID-19 ha obligado a los Estados miembros de la Unión Europea a adoptar con rapidez medidas coordinadas para proteger, en primer lugar, la salud de la ciudadanía y evitar el colapso de la economía al tiempo que se potencia la recuperación teniendo como vectores de crecimiento la doble transición: sostenibilidad y digitalización.

El Consejo Europeo acordó el 21 de julio de 2020 un paquete de medidas de gran alcance, las cuales aúnan el marco financiero plurianual (MFP) para 2021-2027 e incorporan un instrumento europeo para la recuperación (Next Generation EU), cuyo elemento central es el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Para acceder a los recursos financieros de este mecanismo, los Estados miembros debían elaborar un plan orientado a la recuperación. España presentó a la Comisión Europea su Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante, «Plan de Recuperación»), que fue aprobado por Decisión de Ejecución del Consejo el pasado 13 de julio de 2021 (CID por sus siglas en inglés).

Los proyectos que constituyen dicho Plan de Recuperación, alineados con los objetivos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, la transición verde y digital, permitirán la realización de reformas estructurales en los próximos años, mediante cambios normativos e inversiones que permitan, por un lado, un cambio del modelo productivo para la recuperación de la economía tras la pandemia causada por la COVID-19 y, por otro, una transformación hacia una estructura más resiliente que permita que nuestro modelo sepa enfrentar con éxito otras posibles crisis o desafíos en el futuro.

El Plan de Recuperación contempla diez políticas palanca y 30 componentes, recogiendo un conjunto coherente de inversiones y reformas orientadas a la recuperación y a impulsar un cambio de modelo económico, productivo y social para abordar de forma equilibrada los retos futuros: hacia una España más sostenible, digitalizada, en igualdad y con mayor cohesión social.

De las diez políticas palanca, la quinta, «Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora», se centra esencialmente en la competitividad industrial y de las pymes.

En dicha política se incluye el Componente 13 del Plan de Recuperación, denominado «Impulso a la Pyme», que subraya retos específicos que deben abordarse para impulsar la competitividad de la economía española y fomentar el crecimiento y el empleo, como son: el emprendimiento, el crecimiento, la digitalización, la innovación y la internacionalización de las pequeñas y medianas empresas.

En concreto, este componente 13 se estructura en dos reformas y cinco inversiones, una de las cuales, la inversión número 2, C13.I2 «Crecimiento», tiene como objetivo la promoción del crecimiento de las pymes a través de tres proyectos diferenciados: (i) el programa de Capacidades para el crecimiento de las pymes, (ii) el programa de Apoyo al emprendimiento industrial, (iii) el de Refuerzo del sistema español de garantía recíproca, para incrementar la liquidez de las pymes, facilitando su apoyo en forma de avales.

La presente línea de ayudas se integra en el marco del proyecto C13.I2.2 «Programa de Capacidades para el Crecimiento de la PYME», cuyo objetivo es proporcionar las capacidades necesarias a las empresas para que puedan crecer y ser más competitivas, evolucionando sus modelos de negocio y contribuyendo a la doble transición.

La Fundación EOI actuará como entidad ejecutora

La Fundación EOI actuará como entidad ejecutora de las siguientes actuaciones incluidas en la citada medida (C13.I2.2): C13.I2.2.1 «Activa Industria 4.0», con el objetivo de apoyar en la transformación digital de pymes industriales; C13.I2.2.2 «Activa Crecimiento», para promover el incremento del tamaño de las pymes; C13.I2.2.3 «Activa Ciberseguridad», que tiene por objeto fomentar las auditorías de ciberseguridad para pymes, y C13.I2.2.4 «Activa Startups», destinada a apoyar en innovación abierta al ecosistema pyme español a través de la conexión de pymes con startups.

Estas bases desarrollan los programas «Activa Industria 4.0», «Activa Crecimiento» y «Activa Ciberseguridad», como iniciativas de impulso a las pymes del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y la Fundación EOI.

Los tres programas forman parte de la Estrategia Nacional Industria Conectada 4.0, cuyo objetivo es incrementar el valor añadido industrial y el empleo cualificado en el sector, favorecer un modelo propio para la industria del futuro desarrollando la oferta local de soluciones digitales, y promoviendo, también, palancas competitivas diferenciales para apoyar la industria española e impulsar sus exportaciones.

Los programas referidos en esta orden están asociados, en la Decisión de Ejecución del Consejo del pasado 13 de julio de 2021, al cumplimiento del objetivo CID número 197, consistente en que, antes del 31 de diciembre de 2023, al menos 11.000 pymes deben haber completado el Programa de Capacidades para el Crecimiento de la PYME.

Además, las actuaciones previstas en este componente se alinean con el Marco Estratégico en Política de PYME 2030 (MEPP 2030), aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros, el 12 de abril de 2019, orientado a consolidar la posición de las pymes españolas en un entorno global, digitalizado, sostenible y más innovador, y en línea con la visión transformadora de España definida en la Agenda del Cambio, publicada en febrero de 2019. Asimismo, se tienen en cuenta los retos y objetivos definidos en la Estrategia España Nación Emprendedora, la Agenda España Digital 2025, la Estrategia de Internacionalización de la Economía Española 2017-2027 y la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación 2021-2027.

La Fundación EOI verificará el cumplimiento del objetivo CID con un documento resumen en el que se identifique el listado de empresarios o pymes que han completado el programa (haciendo expresa indicación a la identificación de los beneficiarios y al tamaño de las pymes), así como con una certificación oficial de finalización del programa y la acreditación documental sobre el tipo de apoyo recibido.

La Fundación EOI es una fundación del sector público estatal, tutelada por la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, que viene colaborando con ésta en el marco de la mencionada Estrategia, y que tiene como finalidad general potenciar la formación, la realización y la promoción de estudios e investigaciones científicas y técnicas, fundamentalmente en los ámbitos de la industria, el medio ambiente, la innovación, las nuevas tecnologías, la pequeña y mediana empresa, la propiedad industrial y la economía y la prospectiva sobre la evolución de la ciencia y la tecnología y su impacto e influencia en el sector productivo y en la sociedad.

La Fundación EOI, como se ha señalado, forma parte de las entidades ejecutoras del componente 13 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, tal y como anteriormente se ha señalado.

Las líneas de ayudas reguladas en esta orden de bases se encuentran acogidas, como se ha señalado al Componente 13, «Impulso a la PYME», en su inversión C13.I2 «Crecimiento» con el objetivo de favorecer la promoción del crecimiento de las pymes a través de diferentes líneas de actuación. El proyecto C13.I2.2, «Programa de Capacidades para el Crecimiento de la PYME», tiene una dotación global de 101 millones de euros para tres años (2021-2023). Y en concreto, la iniciativa C13.I2.2.1 «Activa Industria 4.0», la C13.I2.2.2 «Activa Crecimiento» y la C13.I2.2.3 «Activa Ciberseguridad» cuentan con una inversión prevista de 33, 16,9 y 7,1 millones de euros, respectivamente procedentes del fondo del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y un objetivo estimado de 3.300, 2.600 y 4.500 PYMES respectivamente apoyadas antes de finales del cuarto trimestre de 2023, contribuyendo al objetivo CID global número 197 de 11.000 PYMES.

Concesión de ayudas en especie a pymes, en concurrencia no competitiva, que consistirán en un servicio de asesoramiento especializado

Estas iniciativas se articulan a través de la concesión de ayudas en especie a pymes, en concurrencia no competitiva, que consistirán en un servicio de asesoramiento especializado que tendrá como resultado la elaboración de un diagnóstico y un plan de actuación para las empresas beneficiarias en materia de competitividad empresarial, transformación digital a la Industria 4.0 o ciberseguridad, según el programa del que se trate. Dicho asesoramiento se prestará por la entidad colaboradora, que será elegida por la solicitante de la ayuda en el momento de resultar beneficiaria. A estos efectos, no podrá elegirse a una entidad colaboradora con la que pueda haber conflicto de interés. Al corresponder esta ayuda en especie a un servicio específico que contrata la Fundación EOI, se garantiza el cumplimiento de los principios transversales del Plan de Recuperación de prevención de la doble financiación, así como del resto de principios relativos a la detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de interés.

Para la implementación del programa correspondiente, «Activa Industria 4.0», «Activa Crecimiento», o «Activa Ciberseguridad», la Fundación EOI contará con entidades colaboradoras que prestarán los servicios de asesoramiento a las empresas beneficiarias. Para cada programa concreto se seleccionarán distintas entidades colaboradoras a través de procedimientos de licitación.

Las convocatorias están previstas para que se financien con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. No obstante, también se prevé que puedan utilizarse estas bases reguladoras para articular convocatorias con presupuestos del Estado o de las Comunidades Autónomas.

Estas ayudas se consideran ayudas de minimis, y se otorgan de conformidad con el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis, el Reglamento (UE) n.º 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola, el Reglamento (UE) n.º 717/2014 de la Comisión, de 27 de junio de 2014, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector de la pesca y de la acuicultura, sin perjuicio, del resto de disposiciones tanto del derecho nacional como de la Unión Europea que pudieran resultar de aplicación.

El ámbito de aplicación de los programas de asesoramiento «Activa Industria 4.0», «Activa Crecimiento» y «Activa Ciberseguridad», objeto de las ayudas, es todo el territorio nacional y, con el objetivo de impulsar la ejecución en las distintas regiones, se prevé la participación de las Comunidades Autónomas que quieran adherirse a las mismas.

Las ayudas contempladas en la presente orden se incardinan en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo 2022-2024, elaborado en un contexto condicionado por la crisis sanitaria y marcado desde el punto de vista presupuestario por la aprobación de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, y por la aprobación del Reglamento (UE) n.º 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021. Dicha incardinación se efectúa a través de la primera de las cinco líneas estratégicas del Plan, que tiene como objetivo fomentar la digitalización y la innovación en los sectores productivos competencia del Departamento.

Ayudas desde 2.140 hasta 7.400 euros

Las ayudas contempladas en la presente orden se concederán en la modalidad de concurrencia no competitiva, por orden de presentación de solicitudes una vez realizadas las comprobaciones de cumplimiento de los requisitos exigidos hasta que se agote el crédito presupuestario asignado en la convocatoria, de acuerdo con lo establecido en el artículo 62 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Debido al volumen previsto de solicitudes y para simplificar y agilizar la tramitación, se ha previsto su presentación únicamente por medios telemáticos, de acuerdo a lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 3.3 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos. Por ello, no será posible utilizar cualquier otro canal que el que se establece en esta orden y en las posteriores convocatorias. La presentación de las solicitudes se llevará a cabo a través del formulario electrónico previsto a tal efecto en cada convocatoria, conforme a lo establecido en el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

El equivalente de subvención bruta estimado de las ayudas que se concedan, mediante las correspondientes resoluciones debidamente notificadas a los beneficiarios, será de 7.400 euros en el programa «Activa Industria 4.0», 6.150 euros en el programa «Activa Crecimiento» y 2.140 en el programa «Activa Ciberseguridad» (sin impuestos indirectos incluidos) por beneficiario.

Las ayudas se destinarán a la recepción de un servicio de asesoramiento que incluirá un diagnóstico y un análisis de la situación de partida de la empresa y la consiguiente elaboración de un Plan de Acción que incluirá la definición, cuantificación y priorización de actuaciones personalizadas para la empresa. El asesoramiento contemplará también la realización de talleres temáticos y demostrativos que ayuden a la empresa beneficiaria a definir el proceso de implantación de las acciones recogidas en el Plan de Acción. Todo ello adaptado a las temáticas correspondientes según se trate del programa «Activa Industria 4.0», del programa «Activa Crecimiento» o del programa «Activa Ciberseguridad. En todos los casos la duración estimada del servicio de asesoramiento será de cuatro meses para cada empresa beneficiaria y deberá permitir a la misma crecer y ser más competitiva, haciendo evolucionar su modelo de negocio.

Al finalizar el asesoramiento, la entidad colaboradora, en nombre de la empresa beneficiaria, deberá presentar la justificación de las acciones realizadas incluyendo la documentación exigida y las demás pruebas admitidas en Derecho, en su caso.

Las ayudas serán gestionadas por Fundación EOI, gestión que incluye la concesión, el seguimiento y resolución. En su caso, la declaración de procedencia de reintegro, así como la instrucción del procedimiento sancionador se realizarán por el órgano que corresponda del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, en cumplimiento de lo establecido en la disposición adicional decimosexta de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Las bases reguladoras que se establecen en la presente orden ministerial se estructuran en 2 capítulos, 30 artículos y 2 disposiciones finales. El primer capítulo recoge disposiciones de carácter general como objeto, régimen jurídico, ámbitos material y geográfico, objetivo del programa, beneficiarios, financiación de las actividades subvencionadas, requisitos y obligaciones de las empresas beneficiarias requisitos de las entidades colaboradoras, definición del servicio de asesoramiento, DNSH, criterios para la concesión de las subvenciones y compatibilidad con otras ayudas, así como las características de las ayudas.

El capítulo segundo define los órganos competentes y el procedimiento para el otorgamiento de ayudas, plazos, formalización y presentación de solicitudes, resolución del procedimiento, las actividades incluidas en el servicio de asesoramiento, recursos, justificación de la realización de la actividad subvencionada y de la aplicación de las subvenciones, incumplimientos, reintegros y sanciones y, por último, control y actuaciones de comprobación y publicidad.

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