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Un Estatuto ultraperiférico, sin aforados y con un nuevo sistema electoral

El presidente de Canarias, Fernando Clavijo (c), acompañado por la presidenta del Parlamento, Carolina Darias, consejeros y una delegación de sindicatos y empresarios, celebra en la tribuna de invitados del Senado la aprobación de la reforma del Estatuto de Autonomía para Canarias

Efe

Santa Cruz de Tenerife —

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El nuevo Estatuto de Autonomía de Canarias, aprobado este miércoles de forma definitiva por las Cortes, presenta al Archipiélago como una comunidad ultraperiférica, sin políticos regionales aforados y con un nuevo sistema electoral cuyo reto es transformar de forma más fiel los votos en escaños.

La desvinculación de la financiación autonómica de las compensaciones previstas a las islas en su Régimen Económico y Fiscal (REF) es una de las principales novedades de la norma, por las mejoras en los fondos del Estado que pueden recibir, y de hecho los poderes públicos habrán de modular sus políticas para adaptarlas a la lejanía y la insularidad del archipiélago, una circunstancia geográfica que se resume en el concepto de ultraperificidad, ya reconocido por la Unión Europea.

La posibilidad de que el Gobierno de Canarias apruebe decretos ley, la facultad del presidente de Canarias para disolver anticipadamente el Parlamento autonómico y la obligación de que futuras reformas (no esta) sean aprobadas en referéndum también distingue a este texto de 202 artículos del aprobado en 1982 y reformado en 1996, que solo contaba con 65.

La definición de un nuevo sistema electoral, que sube el número de diputados de 60 a 70 y que rebaja las barreras de acceso al Parlamento es una de las principales novedades, sobre todo por la inclusión de una innovadora circunscripción regional que se suma a las siete insulares, con vistas a dar más proporcionalidad a una cámara en la que están sobrerrepresantadas las islas menos pobladas.

El desaforamiento de los miembros del Parlamento y del Gobierno autonómicos, que por primera vez se da en España, no aparece de forma expresa en el texto estatutario, que se limita a suprimir la restricción del Estatuto reformado cuando establecía que corresponde al Tribunal Superior de Justicia de Canarias decidir sobre su inculpación, prisión, procesamiento y juicio.

El nuevo Estatuto reconoce, como ya hiciera la Unión Europea, la condición “ultraperiférica” de Canarias, a la cual los poderes públicos deben “adaptar sus políticas y actuaciones legislativas y reglamentarias, así como sus decisiones financieras y presupuestarias”.

En razón de su condición de región ultraperiférica, la Comunidad Autónoma de Canarias participará, a través de fórmulas de cooperación y colaboración con el Estado, en materia de comercio exterior con África y países de América con vinculaciones históricas con Canarias. 

En la definición del ámbito espacial de la Comunidad Autónoma de Canarias, que incluye a las siete islas con administración propia y también a la octava isla habitada, La Graciosa, por primera vez se prevé el ejercicio de competencias autonómicas sobre las aguas incluidas en el perímetro del archipiélago, que pasan denominarse “aguas canarias”.

El nuevo Estatuto incluye una lista de derechos más amplia que el vigente, entre ellos el derecho a disponer de una renta ciudadana en caso de exclusión social o a contar con una “buena administración” pública, y reconoce que los animales son “seres que sienten” y no podrán ser utilizados “en actividades que conlleven maltrato o crueldad”.

Otra novedad de la máxima norma canaria es que “en caso de extraordinaria y urgente necesidad” el Gobierno podrá dictar normas con rango de ley, que recibirán el nombre de decretos-leyes, los cuales deberán convalidarse por el Parlamento de Canarias en el plazo de treinta días.

Con el nuevo Estatuto nace la Conferencia de Presidentes, un foro institucional de colaboración del Gobierno de Canarias y los cabildos insulares “que tiene la función de servir de encuentro y debate de los grandes asuntos de interés común”.

Canarias adquiere competencias en el establecimiento y la regulación de los planes territoriales de ordenación y uso del litoral y de las playas, así como en la gestión de los títulos de ocupación y uso del dominio público marítimo-terrestre.

Los recursos del Régimen Económico y Fiscal (REF), el cual sólo podrá ser modificado con el acuerdo del Parlamento de Canarias, son adicionales a la financiación autonómica, según deja claro el nuevo Estatuto.

Las infraestructuras y las instalaciones de telecomunicación que permitan o faciliten la integración del territorio del Archipiélago o su conexión con el territorio peninsular, así como los de infraestructuras turísticas y energéticas o de actuaciones medioambientales de carácter estratégico para Canarias, tendrán la consideración de interés general a los efectos de financiación estatal.

Se prevé también que en cada ejercicio presupuestario y dentro del principio de la solidaridad interterritorial, se ejecutará un programa de inversiones públicas distribuido entre el Estado y la Comunidad Autónoma.

Canarias tiene derecho a que se compensen por los sobrecostes derivados de su condición ultraperiférica y por el déficit en la prestación de los servicios públicos básicos que pueda producirse por el factor poblacional, por razones derivadas de las características diferenciadas de la economía canaria y por la fragmentación territorial.

El Estatuto impone a la Comunidad Autónoma velar por su propio equilibrio territorial y por la realización interna del principio de solidaridad, atendiendo a criterios como la doble insularidad, para lo cual se creará un Fondo de Solidaridad Interinsular.

Esta será la última reforma que salga adelante sin consultar a los ciudadanos, quienes tendrán que ratificar los futuros cambios en referéndum para que entren en vigor. 

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