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El Gobierno canario remite al Parlamento la Ley de Servicios Sociales

El presidente del Gobierno de Canarias, Fernando Clavijo (c), presidió la reunión del Consejo de Gobierno celebrada en la capital tinerfeña.

Efe

Las Palmas de Gran Canaria —

El Consejo de Gobierno de Canarias ha aprobado este lunes el proyecto de ley de servicios sociales para su remisión al Parlamento, un texto que define los servicios sociales como un derecho subjetivo y universal de los ciudadanos, si bien el detalle de las prestaciones queda pendiente de su inclusión en un catálogo específico que estará listo en el plazo de un año.

La consejera de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, Cristina Valido, explicó tras la reunión del Consejo de Gobierno que el catálogo de servicios y prestaciones, en el que ya se ha empezado a trabajar con el fin de adelantar los plazos para su aprobación, clarificará el mapa de recursos de atención social en Canarias e incluirá indicadores de evaluación de su calidad y eficiencia.

El catálogo definirá el coste de cada servicio por persona y día en el territorio, así como los costes de las infraestructuras que los acogen.

También fijará el número mínimo de los profesionales tanto en los servicios públicos como privados, por lo que definirá las plantillas necesarias en cada ayuntamiento, que son las que prestan los servicios sociales comunitarios y de cercanía, así como en los servicios que se presten en el marco tanto del tercer sector como en el de la iniciativa privada.

Eso supondrá un crecimiento de plantillas y requerirá negociar con la Federación Canaria de Municipios (Fecam) el ritmo de incorporación de los nuevos recursos humanos para su financiación.

“El catálogo es el que va a definir el coste de los servicios que queremos y ahí es donde tendremos que ver cuáles son los incrementos” presupuestarios necesarios en “un plazo de años razonable”, porque “todos sabemos que en un ejercicio eso es imposible”, dijo Valido.

Añadió que se podrá negociar que en varios años se vayan incorporando los recursos que permitan que todos los centros, municipios y cabildos “tengan los recursos humanos que necesitan”.

Ese catálogo, que se aprobará por decreto en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la ley y que se revisará cada dos años, está siendo elaborado por la Consejería en colaboración con cabildos, municipios y el tercer sector.

La nueva ley, que sustituye a la vigente desde 1987, permitirá que el tercer sector (que incluye a entidades dedicadas a la economía social y solidaria) deje de depender de las subvenciones anuales, ya que se podrán establecer convenios y conciertos sociales a más largo plazo, lo que permite mejorar la planificación y crecer en empleo estable y cualificado.

Valido destacó que las entidades dejarán de depender de las subvenciones públicas puntuales, para evitar incertidumbres financieras y garantizar los servicios y el empleo estable y de calidad.

Con la nueva ley, habrá un sistema de servicios sociales público, universal, garantista, moderno y accesible, en el que se integrarán todas las administraciones públicas canarias en una red coordinada, junto con los centros, servicios y recursos de servicios sociales y de asistencia social de titularidad pública o privada, ha explicado el Gobierno.

Otra novedad prevista en la ley es la unificación del historial social y laboral de las personas que necesiten atención social en una misma plataforma para que la actuación de los profesionales sea más efectiva.

El proyecto de ley de servicios sociales consta de 90 artículos, agrupados en un título preliminar y ocho títulos, además de once disposiciones adicionales, una transitoria, una derogatoria y cuatro finales.

El título preliminar recoge las disposiciones generales que orientan todo el texto normativo, como son el objeto y ámbito de aplicación de la ley, la definición del sistema público de servicios sociales de canarias, los objetivos de las políticas del sistema público de servicios sociales, las personas destinatarias de los servicios sociales, las entidades, centros y servicios públicos y los recursos y servicios de iniciativa social .

El título primero establece quiénes tendrán la consideración de titulares de los derechos reconocidos del sistema público de los servicios sociales.

El título segundo regula la organización del sistema público de servicios sociales a nivel de prestaciones y servicios que presta así como el catálogo de servicios y prestaciones.

El título tercero distribuye las competencias y el título cuarto se refiere a la organización funcional y sistemas de gestión y de información del sistema público de servicios sociales de Canarias.

El título quinto se dedica a la calidad del sistema público de servicios sociales y el sexto se refiere a la financiación.

En el título séptimo se regula la iniciativa social, el régimen general del tercer sector y su participación en el sistema público a través de los conciertos y en el octavo se fija el régimen sancionador.

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