El conocido como caso Arona-2 seguirá su tramitación en el Juzgado de Instrucción número 4 del sur de Tenerife. La decisión incluye a la diputada nacional del Partido Popular (PP), Águeda Fumero Roque que en su momento exigió que en su calidad de aforada fuese enjuiciada por el Tribunal Supremo (TS). Sin embargo, el titular del Juzgado número 4 de Primera Instancia de Arona, Evaristo González ha rechazado esta petición y recuerda que el enjuiciamiento conjunto de aforados y no aforados es posible y no supone una infracción de los derechos constitucionales. En el caso del Arona-2 están imputados por supuesta prevaricación los 15 concejales que votaron a favor del Plan General de Ordenación (PGO) del municipio en pleno, entre ellos la ahora diputada nacional. El planeamiento contenía en aquel entonces modificaciones sustanciales respecto al que se envió y aprobó la Comisión del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (Cotmac), ya que incluía nuevas recalificaciones urbanas. Además, la jefa del servicio jurídico advirtió antes de la votación, sobre la ilegalidad del documento, al igual que lo planteó en aquel entonces el portavoz socialista, Francisco García Santamaría.
Una vez que comenzó la instrucción la diputada nacional dejó claro que su condición de aforada obligaba a que sólo pudiera declarar ante el Supremo. En principio el juez decidió inhibirse pero a través de un auto del pasado 19 de marzo estima ahora que “no se puede acceder a remitir únicamente al TS los hechos objeto de la denuncia en los que intervino”, Roque Fumero. Y ello es así en cuanto según el magistrado “en dicha aprobación, existe coautoría, puesto que todos los concurrentes que votaron contribuyeron de manera, similarmente eficaz a la producción del acto administrativo en cuestión”. Esta decisión da la razón a la acusación particular integrada por los abogados, Felipe Campos y Antonio Espinosa quienes, según relata el juez, en ningún momento han solicitado que por un lado se aborde la concesión de licencias sospechosas y por otro la aprobación del PGO, sino que ambas cuestiones se investiguen de forma conjunta. Por lo pronto la decisión pasa por tomar declaración a todos los imputados excepto a la diputada nacional y a partir de aquí se decidirá si la parte que le pueda corresponder del sumario se remite al Supremo.
La fiscal, María Isabel Silva Torres apoya la decisión del juez y considera que según el criterio sentado hasta ahora por la Sala de lo Penal del Supremo en casos parecidos, “la remisión” a esta instancia “resultaría prematura”. El Ministerio Público sostiene que previamente se debe llevar a cabo una comprobación e investigación de los hechos supuestamente delictivos y por ello apela a que el instructor proceda a “deslindar y depurar una posible conducta criminal y quién pudiera haberla realizado”. La fiscal estima que “sólo cuando se haya concretado la investigación, y de entenderse que existen indicios bastantes de conducta criminal por el aforado” podrá elevarse la causa a la Sala de lo Penal y desde ese momento se inicie el procedimiento estipulado que incluye la tramitación del suplicatorio al Congreso de los Diputados para poder enjuiciarla. Por ello, la Fiscalía insta a que continúe la investigación en el juzgado de Arona y cuando se existan indicios de que Fumero Roque puedo haber incurrido en el delito de prevaricación por el que se halla inicialmente imputada se dé cuenta de los hechos al Supremo. El pasado 20 de diciembre el Juzgado se había inhibido de este proceso ante la condición de aforada de la diputada nacional aunque tras los recursos presentados por la acusación particular ha reconsiderado su decisión.