El juez de Madrid que investiga el accidente aéreo ocurrido el pasado 20 de agosto en Barajas, Javier Pérez, ha retirado la imputación a uno de los técnicos de Spanair, al considerar que no se le puede atribuir una actuación “corresponsable” en la revisión del avión siniestrado.
A mediados del pasado octubre, el juez imputó 154 delitos de homicidio imprudente -el número de fallecidos en el siniestro- y 18 de lesiones imprudentes -los heridos- al mecánico de Spanair Felipe G.R., al jefe de mantenimiento de la compañía en Barajas, Jesús T.A., y al técnico de mantenimiento de aeronaves Julio N.B., a quien ahora retira la condición de imputado.
En el auto, fechado el 14 de noviembre, el juez asegura que de las declaraciones efectuadas por los imputados se desprende que la actuación el mismo día del accidente sobre el calefactor de la sonda de temperatura exterior del avión (RAT) fue realizada por Felipe G.R., y que Julio N.B. se limitó “al acompañamiento” de éste.
Según el auto, Julio N.B. únicamente siguió las indicaciones del imputado Felipe G.R. para colocar en el circuito breaker -interruptor- de la calefacción de la sonda del RAT la pegatina correspondiente a su desactivación, tras lo que le acompañó en una inspección externa visual del avión.
El juez Pérez argumenta que de la declaración de Julio N.B. ante la Guardia Civil podía desprenderse la asunción de alguna actuación conjunta, pero de las declaraciones de los tres imputados el pasado 12 de noviembre se deduce que tuvo una actuación meramente “auxiliar” y subordinada al mecánico de Spanair.
“No existen datos que permitan atribuirle una actuación corresponsable en la resolución de la incidencia”, asegura, tras lo que añade que la declaración ante la Guardia Civil no ratificada en presencia judicial carece de valor inculpatorio por sí sola.
El juez considera que no existen datos que permitan mantener la imputación de Julio N.B. y procede a retirarle la condición de imputado y a decretar el sobreseimiento provisional parcial de la causa respecto del mismo.