Los trabajadores del Servicio Canario de la Salud (SCS) recibirán en marzo, por tercer año consecutivo, una paga extra por el 100% de la cuantía de incentivos del complemento de productividad variable, ligado a la consecución de objetivos de 2023.
La Consejería de Sanidad ha informado en un comunicado de que esta paga es un reconocimiento al esfuerzo continuado de los trabajadores del SCS en los últimos años, y que ha sido introducida como enmienda en el trámite parlamentario del presupuesto autonómico de 2024.
Los trabajadores del SCS perciben este incentivo en función del cumplimiento de objetivos anuales que pacta cada servicio con su gerencia correspondiente, pero este año se abonará la remuneración máxima para cada categoría profesional a los 35.000 trabajadores que componen la plantilla “debido al esfuerzo que ha supuesto la actividad asistencial tras la fase aguda de la pandemia”.
Se trata del tercer año consecutivo que se toma esta “decisión excepcional”, debido al “esfuerzo continuado de los trabajadores y trabajadoras de todas las áreas de salud en los últimos años para normalizar la actividad asistencial tras la pandemia”, ha explicado la Consejería.
Los presupuestos generales de Canarias para 2024, señala la Consejería, incluyen también la actualización de la prestación económica derivada de las situaciones de incapacidad temporal o situaciones protegidas por nacimiento y cuidado de un menor y riesgo durante el embarazo que habían sido acordadas en la mesa sectorial del mes de octubre.
Se contempla un complemento retributivo que alcance el cien por cien de las retribuciones, ordinarias fijas y periódicas, que se hubieran de percibir en el mes de inicio de la incapacidad o de situación protegida.
También se actualizará otro complemento de atención continuada en periodos de lactancia acumulada y adaptación del puesto de trabajo con motivo de embarazo.
Además, los trabajadores del SCS dispondrán de un día de libre disposición más al año, que se podrá disfrutar a partir de enero de 2024.
Con esta medida, los días denominados de libre disposición, independientemente de la categoría profesional, serán de siete al año, a los que se suman a los que cada profesional tenga derecho por los servicios previos prestados reconocidos.