No hay “fallos judiciales” en la acumulación de cadáveres en el Instituto de Medicina Legal de Tenerife
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha afirmado este jueves que no ha detectado fallos judiciales en la acumulación de cadáveres en el Instituto de Medicina Legal (IML) de Tenerife y que se ha actuado “con diligencia”.
El TSJC ha hecho esta aclaración después de que en la Comisión Mixta de Justicia del pasado 29 de noviembre de 2023, celebrada en Arrecife, el viceconsejero de Justicia del Gobierno de Canarias, Cesáreo Rodríguez, comunicase al presidente del TSJC, Lorenzo Bragado, las informaciones publicadas sobre la existencia de una acumulación de cadáveres con larga permanencia en las instalaciones del IML de Santa Cruz de Tenerife. Ocho días después, el 7 de diciembre, el viceconsejero precisó por escrito que el número de cadáveres ascendía a 40, aunque el TSJC detectó después que el número real era de 39.
La información remitida por el viceconsejero de Justicia provocó la incoación de oficio por parte de la presidencia del TSJC de un expediente informativo. En su desarrollo, el presidente del TSJC remitió oficio a cada uno de los juzgados (12 en total; cuatro en Arona, dos en Granadilla de Abona, dos en Puerto de la Cruz, dos en La Orotava y uno en La Laguna y en Santa Cruz de Tenerife) en los que se estaban tramitando los procedimientos relacionados con los fallecimientos, interesando información precisa sobre el estado de las actuaciones.
A finales de diciembre, detalla el TSJC, todos los órganos judiciales habían completado la remisión de datos a Presidencia. Actualizada nuevamente la información durante esta semana, se ha constatado que ninguno de los cadáveres que permanecen en las dependencias forenses lo es por dilación en los trámites judiciales.
Así, los informes ponen de manifiesto que de los 39 cuerpos contabilizados el 7 de diciembre, dos están pendientes de repatriación o en trámite de localizar a sus familiares; 11, pendientes de que se evacúe informe de autopsia, es decir, de trámites que incumben al Instituto de Medicina Legal; 13, a la espera de que los ayuntamientos faciliten el entierro tal como se viene realizando por aplicación del art. 9 del Decreto 2263/1974, de 20 de julio, por el que se por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria; y 13, con el expediente ya archivado y expedida licencia de enterramiento, incineración o autorización de repatriación o traslado debidamente entregadas a los familiares respectivos.
El TSJC destaca que de los 39 cadáveres, únicamente tres están vinculados a la llegada de pateras a las costas canarias, todos ellos consecuencia del mismo naufragio.
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