La Audiencia confirma el archivo de la querella del concejal tránsfuga de La Laguna contra el presidente del Parlamento canario

Canarias Ahora

14 de julio de 2022 15:24 h

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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha confirmado el archivo de la querella presentada por Alfredo Gómez, concejal tránsfuga de Ciudadanos en el Ayuntamiento de La Laguna, contra Gustavo Matos, presidente del Parlamento de Canarias, por prevaricación, cohecho, gestión interesada y malversación de caudales públicos por unas obras realizadas en la vivienda de este último.

Gómez presentó un recurso en abril contra el auto del Juzgado de Instrucción Número 3 de Santa Cruz de Tenerife, que sobreseía y archivaba provisionalmente las actuaciones por falta de pruebas. El concejal entendió que “no se habían practicado las diligencias de investigación acordadas por el Juzgado Instructor para el esclarecimiento de los hechos”.

La Audiencia Provincial, sin embargo, ratifica ahora el archivo al considerar que no está justificada la apertura de un proceso penal al no haberse aportado indicios objetivos “ni de cualquier otra índole” que “avalen razonablemente las meras sospechas”.

El querellante acusaba a Matos de realizar en enero de 2021 una obra sin autorización en un ático de este último en La Laguna, contratando para ellos a la empresa Devicserver S.L. que, aseveraba, había sido adjudicataria de los contratos de catering del Parlamento de Canarias “desde el segundo semestre de 2019 hasta la actualidad”. Sin embargo, no aportó ninguna prueba de irregularidades.

La Audiencia ha recordado ahora que esa empresa no ha recibido ningún contrato de catering en 2022 y que Devicserver S.L. no ha sido la única empresa que ha prestado ese servicio en el Parlamento. Además, señala que las cantidades recibidas por las otras siete adjudicatarias son “notoriamente superiores” a la que percibió Devicserver S.L..

Apunta, además, que en el recurso, el querellante aporta hechos no relatados en la querella inicial sobre los que no se puede entrar en el auto de apelación, que debe circunscribirse a los hechos planteados en la querella inicial.