La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado el recurso presentado por el exministro de Industria y Turismo José Manuel Soria contra la absolución en primera instancia de los periodistas Ignacio Escolar y Carlos Sosa, directores de eldiario.es y Canarias Ahora, respectivamente, por el denominado caso Punta Cana: las vacaciones que en agosto de 2015 disfrutó el exmiembro del Gobierno invitado en un hotel de un empresario canario en República Dominicana.
La Sección 20 de la Audiencia de Madrid ha confirmado la absolución de los dos periodistas, dictada en febrero de 2017 por el Juzgado de Primera Instancia 99 de esa ciudad, pero exime al exministro de pagar las costas judiciales a lo que se le condenó en la primera sentencia.
La decisión de los magistrados madrileños se fundamenta en que existen dudas ante las pruebas presentadas por José Manuel Soria sobre si pagó o no la totalidad de los días que estuvo alojado en el Breathless Punta Cana Resort & Spa, por haber presentado una factura de 318 dólares como pago de dos noches de alojamiento.
Entiende la Audiencia que con esos 14.341,80 pesos dominicanos no ha quedado acreditado “fuera de toda duda que tal importe solo incluía extras y no el precio del alojamiento”, tal y como pretendió José Manuel Soria para justificar que sí había pagado sus estancias, que en tarifa habitual por noche ascendía a 1.300 euros.
Aún así, la sentencia ratifica que “el autor de la información intentó contrastar la noticia antes de publicarla, y de ello son demostrativas las grabaciones de audio que constan en autos, y que fueron reproducidas en la continuación del juicio, y los documentos acompañados a la contestación de la demanda” (el registro de llamadas al hotel), por lo que entienden los magistrados que “no puede afirmarse la inveracidad de la afirmación de que el Sr. Soria estuvo invitado por el dueño del hotel, señor Martinón”.
Los magistrados tampoco consideran que “nos encontremos ante simples rumores carentes de fundamento o invenciones o insinuaciones maliciosas del periodista no amparados por la libertad de información”. Y aunque estiman que “la imputación efectuada al señor Soria es grave, pero teniendo en cuenta de que no existe prueba concluyente ni de la veracidad ni de la inveracidad de la información, existiendo indicios de su verosimilitud, debe prevalecer […] la libertad de información”.
Contra esta segunda sentencia absolutoria, notificada este lunes pero fechada el 2 de marzo por los magistrados Juan Vicente Gutiérrez Sánchez, María del Carmen Rodilla Rodilla y Ramón Fernando Rodríguez Jackson (éste como ponente), cabe recurso de casación y/o extraordinario por infracción procesal. El abogado de José Manuel Soria, Nicolás González-Cuéllar, ha anunciado que no recurrirá, según publica su órgano de expresión, Confilegal.
José Manuel Soria reclamaba a Ignacio Escolar, a Carlos Sosa y a la editora de eldiario.es una indemnización de 18.000 euros por una intromisión en el derecho al honor. Para interponer su demanda se limitó a presentar como única prueba un resguardo de su tarjeta en el que se apreciaba que había pagado más de 14.300 pesos dominicanos que durante el juicio se probó que correspondían al uso del spa. Fue entonces cuando el exministro de Rajoy exhibió sorpresivamente en el juicio oral una factura en la que se hablaba de dos noches de alojamiento.