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Nuevo conflicto en las ambulancias de Canarias por el salario de los trabajadores subcontratados

Una ambulancia circula en la GC-3 a la altura de Gando, en el municipio grancanario de Telde.

Iván Suárez

Las Palmas de Gran Canaria —

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A la espera de que se formalicen y entren en vigor los nuevos contratos para la prestación de los servicios públicos de ambulancias en Canarias, adjudicados en diciembre a tres empresas, un grupo de trabajadores, en su mayoría técnicos en emergencias sanitarias, han abierto un frente judicial para, de manera individual, reclamar cantidades que oscilan entre los 8.000 y los 12.000 euros. Estas cifras corresponden a la diferencia entre las retribuciones que percibieron en el transcurso de un año según el III Convenio Colectivo del sector aplicado por la subcontrata a la que se había externalizado el servicio y las que hubieran cobrado de haberse tomado como referencia el convenio de la empresa pública que tiene encomendada esa función, Gestión para la Salud y la Seguridad de Canarias (GSC), que se rige por unas condiciones laborales más beneficiosas para los profesionales del sector.

Las demandas de las que este periódico tiene constancia superan ya la decena. Este grupo de trabajadores, encabezados por el responsable de transporte sanitario de UGT en las Islas, Iván Amador, ha presentado esta batería de acciones a través del despacho DDA abogados, con el letrado Tinguaro González como representante. En ellas figuran como responsables civiles, de forma solidaria (tendrían que compartir el coste de una eventual condena), el Servicio Canario de Salud (SCS), que es el organismo que tiene transferidas las competencias en la materia; la sociedad mercantil GSC, a la que el Gobierno regional encargó en 1997 la gestión del transporte sanitario en las Islas, y la subcontrata de esta empresa pública, Aeromédica Canarias en este caso.

Los trabajadores sostienen que las funciones que desempeñan en las ambulancias son propias de GSC y que, por más que esta sociedad haya decidido externalizar la prestación a un tercero, las condiciones laborales (salario base, complementos, jornadas…) deben ser las mismas que las del personal contratado por la mercantil pública para evitar incurrir en una discriminación. Los demandantes entienden además que se ha podido producir una cesión ilegal de trabajadores.

Para sostener su tesis de que el convenio de aplicación es el de la empresa pública, los trabajadores se amparan en una serie de resoluciones judiciales, algunas de ellas del Tribunal Supremo. Los escritos de demanda aluden a una reciente sentencia del Juzgado de lo Social 7 de Las Palmas de Gran Canaria que dictaminó, en un caso de despido improcedente de una enfermera de ambulancia sanitarizada, que la indemnización debía calcularse en función del salario establecido en el convenio colectivo de la empresa que había cedido el servicio a un tercero, esto es, de la propia GSC, y no del que había aplicado la subcontrata, de inferior cuantía. Para Iván Amador, estas demandas abren una vía colectiva que trasciende del ámbito autonómico y que permitirá a los trabajadores que presten servicios públicos externalizados reclamar sus derechos de equiparación para acabar con las disparidades laborales.

Los demandantes recuerdan que el Tribunal Supremo ya se pronunció sobre un supuesto similar en Santa Cruz de Tenerife en el año 2012. En aquella ocasión, la Sala de lo Social reconoció la responsabilidad solidaria tanto del Servicio Canario de Salud como de Gestión para la Salud y Seguridad en Canarias en una condena por una deuda laboral de la empresa a la que se le había adjudicado el servicio en el sur de la isla picuda. La demandante era una trabajadora con categoría de auxiliar administrativa. En su argumentación, el alto tribunal español concluyó que el transporte sanitario, incluido en la cartera de servicios comunes del sistema nacional de salud, está considerado como una “actividad propia” del SCS, “indispensable” para prestar una atención adecuada a los pacientes. Y que esa “actividad propia”, y por tanto la responsabilidad, se trasladó a su vez a la empresa pública GSC desde el preciso momento en que se firmó el convenio por el que se le encomendó la gestión del servicio en el año 1997 y por el que se le otorgó la facultad de realizarlo por sí misma o de transferirlo a un tercero a través de una subcontrata, como finalmente hizo.

Una tercera sentencia, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya el pasado mes de diciembre, precisa que los trabajadores de una subcontrata tienen derecho a percibir los salarios de la empresa primaria o principal sobre la base de los principios constitucionales de igualdad y de no discriminación.

Con estas acciones judiciales, los demandantes buscan abrir una vía para que se les aplique el convenio de gestión sanitaria de la empresa pública, una circunstancia que no solo repercutiría en sus ingresos. Según explican, la administración autonómica tendría que asumir un coste añadido, el de regularizar las cotizaciones a la Seguridad Social. Al incrementarse las remuneraciones, aumentan también las obligaciones sociales. La normativa laboral de aplicación establece además que, a diferencia de la reclamación de cantidades, donde el plazo de prescripción es de tan solo un año, los derechos vinculados a las cotizaciones y otros conceptos de recaudación conjunto se extinguen a los cuatro años, periodo sobre el que habría que abonar las diferencias con carácter retroactivo.

Las cantidades reclamadas en las demandas son fruto de una traslación de conceptos salariales (complementos, horas extra…) entre los mencionados convenios.

Falsos autónomos

Este nuevo conflicto laboral en el transporte sanitario de las Islas se suma al de los falsos autónomos. El Tribunal Supremo fijó doctrina sobre este asunto al dictar a finales del año pasado una sentencia que reconocía que una enfermera que ejercía en las ambulancias medicalizadas (de soporte vital básico) del sur de Gran Canaria como autónoma tenía, en realidad, una relación laboral con la empresa a la que el Servicio de Urgencias Canario había externalizado la prestación. Al tumbar esta fórmula de contratación en precario, el alto tribunal español abrió el camino para otros profesionales que también demandaron a la subcontrata y que ahora podrán ver restituidos sus derechos como trabajadores por cuenta ajena (vacaciones, antigüedad, dietas, complementos, devolución de las cuotas de autónomos…)

La reivindicación de los trabajadores para que se les aplique el convenio colectivo de GSC entronca además con otra iniciativa que llegó al Parlamento de Canarias en marzo del año pasado a través de una Proposición No de Ley (PNL) promovida por UGT. El sindicato planteaba la internalización del servicio de ambulancias, devolverlo a manos públicas y subrogar a los trabajadores de la subcontrata en la empresa pública con las condiciones fijadas en su convenio. La PNL fue aprobada por unanimidad aunque con una enmienda de modificación Nueva Canarias (NC) que supeditaba esta decisión a las conclusiones de informes jurídicos y económicos.

Lo cierto es que esa PNL no frenó el concurso de transporte sanitario, que fue finalmente adjudicado en diciembre a tres empresas tras un polémico proceso. Las bases fueron recurridas tanto por UGT como Aeromédica Canarias, una de las principales empresas del sector, que acabó renunciando a licitar al considerar que el presupuesto de licitación no le permitía ni siquiera cubrir los costes para la prestación del servicio.

Para Iván Amador, responsable de transporte sanitario del sindicato, convocar licitaciones públicas sobre la base de las tablas salariales incluidas en el actual III Convenio Colectivo del sector es “seguir engañando a los trabajadores”, puesto que, a su juicio, el que debe aplicarse es el de la empresa pública GSC. El representante de UGT y el abogado Tinguaro González, que se han unido para presentar estas demandas en los juzgados de lo social de Las Palmas de Gran Canaria, estiman que el coste añadido para las arcas públicas, con una plantilla aproximada de 1.800 trabajadores, podría superar los 15 millones de euros anuales.

La empresa pública GSC, responsable del transporte sanitario en las Islas, no ha contestado aún a las preguntas formuladas por este periódico sobre las demandas presentadas.

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