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Un juez avala definitivamente las obras por las que fue condenado Miguel Ángel Ramírez

Efe

Las Palmas de Gran Canaria —

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 de Las Palmas de Gran Canaria ha declarado firme la sentencia que autoriza al empresario Miguel Ángel Ramírez a realizar las obras en su finca de La Milagrosa, las mismas por las que fue condenado a 3 años de cárcel por delito urbanístico.

Ramírez realizó hace once años una serie de obras en esa finca (muros de contención, parterres, aparcamiento, un alpendre y una pajarera) que han tenido diferente recorrido en los juzgados: por un lado la justicia penal las consideró ilegales y merecedoras de una condena de prisión, pero, por otro, la contencioso administrativa las ha acabado considerado acordes a las normas de planeamiento.

El problema estribaba en el valor que un Juzgado de lo Penal, primero, y la Audiencia de Las Palmas, después, otorgaron al plan especial del paisaje de Pino Santo, que impedía a Ramírez realizar esos trabajos por tratarse de un paraje natural protegido.

Sin embargo, cuando el empresario ya había sido condenado en firme, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) determinó que la corrección o irregularidad de las obras realizadas no podía juzgarse a la luz de ese plan especial, porque legalmente no estaba en vigor.

Y entre medias, Ramírez fue indultado por el Gobierno a condición de que derribase lo que había construido (algo que ya ha hecho), en una medida de gracia que tampoco existe ya, porque el Tribunal Supremo la declaró después nula por un defecto de tramitación.

El caso lo retomó este año el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 de la capital grancanaria porque la sentencia del TSJC ordenaba retrotraer todo el procedimiento y forzaba al Cabildo de Gran Canaria a pronunciarse sobre si procedía o no autorizar los trabajos para los que Ramírez solicitó permiso en 2006. Y la conclusión de su sentencia, dictada el pasado 29 de marzo, fue que Ramírez tenía derecho al permiso que solicitaba.

Una diligencia dictada ayer, miércoles, por el mismo juzgado declara firme esa resolución, archiva el procedimiento y concede diez días de plazo “improrrogable” al Cabildo de Gran Canaria para que dé cumplimiento al contenido de su fallo.