Exvigilantes ofrecen testimonios dispares sobre las horas extra y las dietas en Seguridad Integral Canaria
La vista que juzga a Miguel Ángel Ramírez y Héctor de Armas, los últimos administradores de Seguridad Integral Canaria (SIC), por un presunto fraude fiscal de 36 millones de euros se ha reanudado este martes con la declaración de otros 13 exvigilantes de la empresa. Los interrogatorios a estos testigos, propuestos por la Tesorería General de la Seguridad Social, han vuelto a girar sobre las transferencias que percibían como dietas, un concepto extrasalarial bajo el que, según la Fiscalía y el resto de acusaciones, la empresa camuflaba las horas extra con el propósito de ahorrarse el pago de las cotizaciones sociales y de la tributación a Hacienda.
Varios testigos han reforzado esa tesis, según la cual los trabajadores acumulaban, al margen de su jornada laboral ordinaria, un elevado número de horas que se pagaban por debajo de lo estipulado en el convenio del sector y como dietas, aunque no lo fueran. Dos de ellos, contratados en Madrid, negaron haber prestado servicios en otros puntos del territorio peninsular (Guadalajara, Segovia o Cáceres), pese a que así lo había manifestado la empresa a la Inspección de Trabajo para justificar el pago de dietas.
Otros extrabajadores, en cambio, manifestaron que su horario se limitaba al cómputo establecido en el contrato, que apenas hacían horas extra y que las que hacían se compensaban con días libres o que estaban incluidas en sus nóminas. También hubo quien admitió que sí recibía cantidades por kilometraje o por manutención.
José Manuel A. contó que hacía unas 200 horas al mes, aunque llegó a contabilizar en alguna ocasión 252. Es decir, 90 más de las estipuladas en contrato como jornada ordinaria (162). Esas horas se pagaban a 5,71 euros, por debajo de lo que fijaba el convenio (9), y por ello decidió demandar en los tribunales la diferencia. Le pagaron “unos 6.000 y pico euros”. También acudió a la justicia Francisco R. “Las horas extra que hacíamos las metían como dietas”, declaró.
Sergio R. afirmó que “cobraba más en horas extra que en sueldo”. Su caso también acabó en un juzgado de lo social, aunque se resolvió con un acuerdo por el que la empresa la reconocía el derecho a percibir más de 20.000 euros brutos por las horas extra realizadas entre 2013 y 2016. Una cantidad que, según ese acuerdo, se le abonaría en quince plazos.
Tanto este martes como en las jornadas precedentes, la defensa de Ramírez, ejercida por el abogado José Antonio Choclán, ha incidido en la judicialización de los casos en el ámbito laboral, preguntando a los testigos si habían reclamado y por qué conceptos y si, en caso de haberlo hecho y haber obtenido una sentencia favorable, habían presentado una declaración complementaria ante la Agencia Tributaria. Es decir, si la situación se había regularizado ante la Hacienda Pública
Otros testigos de la sesión de este martes, como Juan Carlos S. o Rafael A., afirmaron que iban a trabajar en sus vehículos particulares y que no cobraban dietas por desplazamiento o manutención. Los vigilantes explicaron que en ocasiones empataban servicios de ocho a doce horas con otros de entre cuatro y seis, aunque sus testimonios se contradijeron con respecto a la forma de pago. Uno dijo que cobraba las horas extra en una transferencia aparte de la nómina, pero no bajo el concepto de dietas, y otro dijo que lo percibía todo junto.
Dos exempleados que fueron contratados para prestar servicios en Madrid negaron haber ejercido en otras provincias, como había declarado la empresa ante la Agencia Tributaria para justificar las dietas. “Es falso”, sentenció Juan José A., que también explicó que solo hizo horas extra al principio de su contrato con SIC. Las trabajó “hasta ver cómo se pagaban”, pero luego la mayoría decidió no hacerlas, añadió. Este trabajador también ha negado haber cobrado en dos años más de 18.000 euros en concepto de “suplido”, al margen de su nómina. Para ello, explicó, “tendría que haber hecho una ingente cantidad de horas al mes”. “Y no es el caso”, concluyó el vigilante, que cree que debe ser un error. “Recordaría haberlos cobrado”, concluyó. El otro, Marcos Antonio T., tampoco recordaba haber cobrado 3.000 euros por ese mismo concepto en 2011.
Sin horas extra y cobro de dietas
El resto de los testimonios ofrecidos este martes por los extrabajadores fueron más favorables a las defensas. Carmen A. sostuvo que no hacía horas extra, que solo trabajaba el cómputo fijado en el contrato. José Antonio M. señaló que las horas se dividían entre los seis vigilantes que conformaban su servicio y que en ocasiones se quedaban incluso por debajo del cómputo. Cuando su jornada se excedía “una o dos horas”, se quitaban al mes siguiente, aseguró. Aday A. dijo que creía haber cobrado dietas, aunque no recordaba bien.
Francisco Jesús L., que ejerció durante doce años en la empresa hasta que se declaró en concurso de acreedores, explicó que “casi siempre” trabajó “a cómputo”. Es decir, las 162 horas estipuladas. “A veces me llamaban para un servicio extra”, relató este trabajador, que también apuntó que en el “90% de las ocasiones” le hacían una sola transferencia, la de su nómina.
Por su parte, Juan Miguel G. aseguró que cobraba dietas por kilometraje y manutención. Este trabajador ejerció en dos etapas. De 2000 a 2007 y de 2010 a 2019. La mayor parte, en el transporte de fondos, aunque también cubrió algún servicio esporádico en eventos. El testigo afirmó que era una dieta “automática”, que percibía sin necesidad de presentar justificante. “Para comer me daban 9 o 16 euros. Si yo gastaba tres, cuatro o veinte, era problema mío”. También aseveró que las horas extra se compensaban con días libres. “Era el jefe de servicio quien controlaba los turnos, los horarios”, zanjó.
Cálculo de nóminas
Al inicio de la cuarta sesión testificó el representante legal de Freemática, la empresa que ofrecía a Seguridad Integral Canaria el software de gestión para el cálculo de las nóminas. Explicó que es una aplicación estándar de mercado y que la empresa se obliga a hacer copias de seguridad diarias, como la que descargó cuando fue requerida por la Agencia Tributaria.
El socio de Freemática dijo que son los usuarios designados por la empresa que contrata quienes pueden configurar los conceptos y decidir cuáles tributan y cuáles están exentos de tributación y que el programa calcula la nómina. Esos datos se pueden descargar y manipular desde fuera, pero no es posible volver a reintroducirlos al sistema.
0