El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 1 de Santa Cruz de Tenerife, en una sentencia dictada el pasado 17 de junio, ha desestimado un recurso presentado por la entidad Desurcic, filial de Mapfre, para cobrar una indemnización por los supuestos daños provocados por la paralización de las obras de Las Huertas. El fallo, al que ha tenido acceso mirametv.com, supone un primer revés para la empresa que se aprovechó del pelotazo urbanístico que supuso la recalificación de los terrenos de la trasera de Las Teresitas, en una operación clave en la trama corrupta que ha llevado a la cárcel, entre otros, a Miguel Zerolo, exalcalde y exsenador de CC, y a los empresarios Antonio Plasencia e Ignacio González.
La empresa Desurcic llevó a la vía contencioso-administrativa la decisión del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife de rechazar sus pretensiones de cobrar una indemnización de 43,9 millones de euros. La filial de Mapfre solicitó en su recurso, desestimado por el juez Francisco Eugenio Úbeda, el pago por parte del Consistorio del lucro cesante provocado por la imposibilidad de acometer la urbanización del valle de Las Huertas, después de que los vecinos se movilizaran para impedir el trabajo de la maquinaria de Dragados, la constructora encargada de las obras.
Desurcic cifró en 22,6 millones el supuesto lucro cesante, pero también reclamó el pago de otros 18,5 millones por los gastos de los préstamos de financiación y los avales. El resto de la indemnización solicitada se corresponde con la cuantía que la filial de Mapfre tuvo que abonar a Dragados por los daños causados (1,6 millones), el coste de los servicios jurídicos (727.148 euros) y la mitad de la cuantía abonada por la seguridad de la obra (388.189 euros).
En contra de los argumentos esgrimidos por Desurcic en su recurso, el juez considera que no existe derecho a indemnización por lucro cesante, el valor de la pérdida sufrida y el de la ganancia dejada de obtener, al “no poder hablar de que se haya producido al tiempo de la reclamación un daño real y efectivo”.
La sentencia concluye que “la venta de viviendas que ni siquiera están construidas no resulta más que un lucro hipotético que no se basa en un hecho cierto”, y añade que “el mismo no constituye el beneficio que perdió como consecuencia del retraso imputable a la administración, sino un beneficio total”.
La recalificación del valle de Las Huertas, una suelo agrícola que el Ayuntamiento capitalino transformó en una zona urbanizable, así como el trasvase de edificabilidad desde el frente de la playa, supuso uno de los elementos claves en el pelotazo de Las Teresitas. Tras las modificaciones urbanísticas, y después de que el Consistorio adquiriera los terrenos del acantilado por tres veces su valor real, los empresarios Antonio Plasencia e Ignacio González vendieron las parcelas de la trasera, que habían sido expoliadas a sus legítimos dueños, a Mapfre Inmuebles por 92 millones de euros.
Los vecinos de Las Huertas, que han ganado en la vía judicial el reconocimiento de sus derechos por el expolio de sus terrenos, básicamente porque la junta de compensación incluyó en la operación gran parte de un suelo que no era suyo, se pusieron en diversas ocasiones delante de las palas de Dragados, lo que impidió el desarrollo de unas obras que terminaron en los tribunales. Desurcic considera que el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife fue el responsable de los perjuicios que el conflicto provocó a la compañía, pero su primer intento en el contencioso-administrativo ha pinchado en hueso, aunque contra la sentencia cabe recurso.
Otros gastos
Otros gastosAdemás de rechazar un posible lucro cesante, el juez Francisco Eugenio Úbeda también descarta la responsabilidad del Ayuntamiento por el sobrecoste producido en la ejecución de las obras. La sentencia razona que “si la obra fue voluntariamente abandonada en 2011”, después de que el proyecto de compensación fuera anulado por sentencia en 2007, “es evidente que una reclamación de responsabilidad patrimonial efectuada casi tres años más tarde es claramente extemporánea”.
El hecho de que la junta de compensación no presentara un nuevo proyecto tras la anulación del original supone que “no se contara con disponibilidad sobre los terrenos, no pudiendo achacarse tal deficiencia a la administración sino, en todo caso, a la junta de compensación de la que la propia recurrente forma parte”.
Tampoco considera viable el fallo judicial una posible indemnización por los gastos de servicios jurídicos, toda vez que “no hay ningún justificante de pago, por lo que no consta que la recurrente haya satisfecho la cantidad facturada” en relación a los honorarios profesionales. Es decir, al no quedar probado el abono de las cantidades que reclama Desurcic, no se puede argumentar “que se haya sufrido, al menos hasta ahora, una pérdida patrimonial”.
En cuanto a los gatos financieros y avales bancarios, que la filial de Mapfre cuantifica en 18,5 millones, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 1 de Santa Cruz de Tenerife concluye que fueron asumidos “voluntariamente por la empresa interesada para adquirir las parcelas y no están relacionados en modo alguno con el hecho lesivo”.
El juez insiste en que Desurcic “tiene la obligación de soportar los gastos financieros que dice sufridos, habida cuenta de que es a ella a quien compete el desarrollo de la gestión urbanística del ámbito donde se incluyen sus terrenos”. No hay que olvidar que la urbanización de Las Huertas se engloba en un sistema de ejecución privada en el que la junta de compensación ostenta “un amplio porcentaje de participación”, como asevera la sentencia.
La última cuestión que aborda el fallo es la reclamación por el sobrecoste en la vigilancia de las obras. Mientras que Desurcic solicita 388.189 euros, la Gerencia de Urbanismo, cuyo criterio se respalda en la sentencia, rebaja esa cifra a 93.434 euros, en alusión al coste proporcional que no tenía el deber de soportar ni la empresa urbanizadora ni la junta de compensación.
La cuantía reconocida en la vía administrativa ya ha sido abonada por el Ayuntamiento; un hecho al que se agarra la propia Desurcic en su reclamación. El problema para la parte privada radica en que, mientras que el criterio municipal se basa en un informe de un técnico de Urbanismo incorporado al expediente, la cuantía aportada por la filial de Mapfre no se sustenta es un dictamen contradictorio. El juez recuerda que, en su propio escrito de demanda, “la actora manifiesta espontáneamente que el 50% reclamado no obedece a una regla de cálculo objetiva”, e insiste en que “no se ha practicado prueba en los autos que permitan a este juzgador formarse la íntima convicción de que exista sobrecoste en los gastos de vigilancia de las obras por importe equivalente al 50% del costo total”.
Aunque la empresa Desurcic es una filial de la multinacional Mapfre, su representante en Tenerife durante el conflicto de Las Huertas fue Pedro González, hijo del empresario Ignacio González, en la cárcel por malversar con la operación de compraventa del frente de playa. Un dato que pone de relieve la vinculación de intereses entre la entidad encargada del desarrollo de las obras e Inversiones Las Teresitas, la sociedad que se constituyó para llevar a cabo lo que la Intervención del Ministerio de Hacienda calificó como “un pelotazo de libro”.