El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno ha imputado a 14 entes televisivos, entre ellas Televisión Canaria, por el supuesto fraude de la rueda por el que presuntamente se obtenían ingresos millonarios por derechos de autor de contenidos musicales emitidos en programas nocturnos.
El magistrado les atribuye en un auto un delito de corrupción en los negocios cometidos por medio de organización y/o grupo criminal y les da un plazo de cinco días para personarse en la causa.
Los investigados son: Radiotelevisión española, Atresmedia, Mediaset, Canal Sur, Televisión de Extremadura, Radiotelevisión del Principado de Asturias, Televisión de Galicia, Radiotelevisión de Aragón, Televisión de las Illes Balears, EITB, Telemadrid, Televisión Pública de Canarias, Radiotelevisión de Castilla y León y Televisión de Castilla La Mancha.
Según la Audiencia Nacional, la Fiscalía de la Audiencia Nacional presentó una denuncia en 2016 a raíz de denuncias formuladas por distintas asociaciones y socios individuales de la SGAE que ponían en conocimiento la existencia de un grupo de socios de esta sociedad que desde hacía 10 años venían realizando actuaciones irregulares respecto al registro y/o modificaciones de obras musicales.
Así, el magistrado detalla en el auto notificado el funcionamiento de esta operativa conocida en el sector como “La Rueda”, que consiste en el registro fraudulento de supuestas modificaciones de obras originales como si se tratase de obras nuevas, sin variación alguna de la auténtica y original, en la mayor parte de los casos; en otros casos, se realizaban ligeras modificaciones respecto a la partitura original.
Esos registros, explica Moreno en el auto, se realizaban bien a nombre de los denunciados o personas de su entorno o a nombre de sociedades creadas a tal fin como cesionarias de los derechos de autor. Esa operativa, añade el juez, la iniciaban los investigados mediante el “contacto con jóvenes estudiantes de obras clásicas en conservatorios a quienes se les ofrecía aparecer en televisión interpretando alguna de esas obras”.
Con posterioridad, según aparece en el auto, los denunciados registraban la obra emitida en televisión como arreglo suyo “ya sea cambiando el título, ya sea realizando ligeros arreglos y cobran los derechos de autor devengados cuando en realidad la obra es la clásica original sin ningún tipo de variación”.
El magistrado cifra el fraude total en 100 millones de euros teniendo en cuenta que el periodo investigado se refiere a los años 2006-2011. Las cantidades aproximadas que estaría ingresando el grupo de investigados rondarían los 20 millones de euros anuales.
El instructor apunta también que los investigados podrían estar actuando en “connivencia” con trabajadores de productoras de televisión, de tal manera que “abonarían estas comisiones para que su repertorio se difundiera en horas nocturnas, con preferencia a otras obras”.
Del mismo modo y para evitar ser detectados y aparecer siempre los mismos beneficiados cedían sus derechos de autor a familiares, cónyuges, hijos o creando sociedades o productoras.
El juez se basa en el informe del fiscal en el que pide las imputaciones y explica que la actividad delictiva no podría desarrollarse “sin la actuación concertada con las diferentes cadenas televisivas en las que se emiten los repertorios musicales que generan los referidos beneficios económicos, que estarían así actuando en connivencia con los hasta ahora investigados, por cuanto su intervención estaría dirigida a recuperar parte del dinero que abonan anualmente a la SGAE por el uso del repertorio de los investigados”.
El origen de la actuación denominada “retorno”, continúa el magistrado en el auto, se encuentra en la creación por parte de las televisiones de editoriales musicales con las que pretendían rebajar el dinero que pagan anualmente a la SGAE.
“A final de año -continúa- si las cadenas registran canciones que ellos mismos emiten, deben cobrar una serie de derechos de autor que rebajan sustancialmente la cifra total que abonan a la sociedad de autores. Ellos suelen quedarse con el 50% de esos derechos. El otro 50% es el que da entrada a compositores, intérpretes, productores y empresas cesionarias que se reparten porcentajes de esa parte restante”.
El auto del juez considera que la responsabilidad penal que pueda imputarse a las personas encargas de las áreas de las televisiones que realizaron las negociaciones y a los investigados hasta el momento, también debe trascender “a los entes televisivos implicados en los que eran reproducidos los repertorios musicales en cuestión”.
Según justifica Moreno en el auto, esto se debe a que “no activaron ni aplicaron protocolo alguno dirigido a evitar la comisión de hechos delictivos”, por lo que se “permitieron” la emisión de repertorios musicales “no con criterios de calidad, obtención de audiencias u otros fines lícitos para tales entes televisivos, sino con un objetivo de carácter defraudador”.
La resolución señala que las diligencias practicadas hasta el momento revelan la inexistencia de mecanismos de prevención “dirigidos a instaurar una cultura de respeto a la legalidad vigente”. Asimismo, continúa, estos indicios evidencian una “transgresión radical de la legalidad y unas conductas que atacaron gravemente a la libre y recta competencia en la contratación”.
Por todo ello, Moreno concluye que existen indicios de que los entes televisivos han participado en la omisión de estos hechos, no como un mero instrumento del delito “sino auténticos sujetos de derechos y obligaciones, y por tanto deben adquirir el estatus jurídico procesal de investigado con los derechos y garantías inherentes al mismo”.