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El confinamiento municipal en Cantabria entra en vigor y se prolongará como mínimo hasta el 18 de noviembre

Un agente de la Guardia Civil de Tráfico comprueba la documentación de un conductor en un control policial

Rubén Alonso

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El confinamiento municipal en Cantabria ya está en vigor desde la tarde de este miércoles y se prolongará, según el decreto publicado por el Gobierno autonómico, como mínimo hasta el 18 de noviembre, fecha hasta la que también, en este mismo documento, se ha prorrogado el cierre perimetral de la comunidad aprobado la pasada semana.

No obstante, el resto de restricciones sociosanitarias para contener la pandemia anunciadas por el Ejecutivo encabezado por Miguel Ángel Revilla (PRC) se recogerán en otro decreto que verá la luz este jueves o viernes. Se trata, entre otras medidas, del cierre interior de los locales de hostelería y de la reducción de los aforos en comercios, centros deportivos y culturales.

De esta forma, el decreto vigente desde este miércoles restringe la entrada y salida de personas de los términos municipales de la comunidad en los que tengan fijada su residencia “salvo para aquellos desplazamientos adecuadamente justificados”.

Así pues, el texto recoge una serie de motivos por los que está permitida la movilidad, además de para “la realización de actividades socio-económicas y deportivas individuales o de actividad física individual al aire libre en los municipios colindantes de tránsito habitual”.

En este sentido, el decreto autoriza la asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios, así como a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil. Además, contempla el cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, instituciones o legales, y el desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.

Asimismo, permite el retorno al lugar de residencia habitual o familiar, así como la asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o especialmente vulnerables.

El documento también autoriza a realizar actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales; a renovar permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables; y a efectuar exámenes o pruebas oficiales también inaplazables.

Por último, el decreto permite la movilidad por causa de fuerza mayor o situación de necesidad, así como por cualquier otra actividad de análoga naturaleza debidamente acreditada, y no prohíbe la circulación en tránsito a través del territorio de la comunidad autónoma.

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