El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) ha publicado este domingo, en una edición extraordinaria, el decreto que regulará la fase 3 de la desescalada en Cantabria que se inicia este lunes, una norma en la que destaca la ampliación de aforos de diversos establecimientos y algunas instalaciones turísticas; se autoriza la apertura de guarderías y escuelas infantiles y se permite el funcionamiento de piscinas e instalaciones deportivas aunque con limitaciones.
El decreto, firmado por el presidente cántabro, Miguel Ángel Revilla, recoge las propuestas de la Comisión de Desescalada y sigue dos criterios fundamentales: garantizar la salud de la población y fomentar el restablecimiento de la actividad económica, especialmente en los municipios de menor población, donde el impacto de la pandemia ha sido menor.
Entre las medidas concretas, destaca la ampliación al 100% del aforo permitido para comercio minorista, mercadillos, bares y restaurantes, locales de ocio nocturno o zonas comunes de los hoteles en municipios menores de 5.000 habitantes, porcentaje que se reduce al 75% en aquellos cuya población oscile entre 5.000 y 10.000, y al 50% en los mayores de 10.000.
Asimismo, el Gobierno de Cantabria aumenta el aforo de un tercio fijado por el Estado para pubs, whiskerías y bares especiales, de forma que en este tipo de establecimientos se les aplicará la misma horquilla que al resto de negocios hosteleros, en función del municipio donde se ubiquen. En el caso de las discotecas, se mantiene la regulación estatal y podrán abrir con un tercio de su capacidad.
Además, establece que guarderías y escuelas infantiles podrán abrir desde este lunes, siempre que los titulares así lo decidan, con atención preferente para las familias más vulnerables.
El decreto incluye un protocolo específico de funcionamiento para estos centros con una serie de medidas de higiene, aforos o ratios de niños por educador, entre otras.
Además, se recupera la formación presencial de las entidades de formación profesional para el empleo y la actividad de autoescuelas y academias, en este caso con un 75% de aforo, si los locales reúnen las condiciones para garantizar el distanciamiento social, o un 50%, si no es posible hacerlo.
Según la norma, el aforo de las instalaciones turísticas aumenta al 75%, en el caso del teleférico de Fuente Dé, y al 50% en Cabárceno. El acceso a El Soplao, como se realiza en tren, se regula por las condiciones del transporte ferroviario, con lo cual se permite el 100% de ocupación, manteniendo siempre las normas de seguridad.
Las instalaciones deportivas y piscinas podrán funcionar siempre que no exista contacto físico y con una superficie libre por persona de 4 metros cuadrados como mínimo, sin superar el 50% del aforo máximo y con grupos menores a 30 deportistas.
En cuanto al uso de vestuarios en los centros deportivos y de ocio, el decreto de Cantabria recomienda no utilizarlos, aunque cabe la posibilidad de hacerlo de acuerdo con la regulación de Estado.
El decreto regula, finalmente, las condiciones para el ejercicio de la navegación deportiva, como es el caso de las traineras, y el funcionamiento de las atracciones de feria, cuyo aforo está limitado al 50% por fila en el caso de atracciones con asientos y al 30% en las que no los tienen.
La norma incluye 3 anexos sobre medidas de actuación ante cualquier sospecha de COVID-19, criterios de higiene y prevención, y directrices para el funcionamiento de las guarderías privadas.