Los clientes han ganado casi todas las sentencias sobre cláusulas suelo en la región
Casi el total de las 476 sentencias dictadas en 2017 por los juzgados que se han hecho cargo en Castilla-La Mancha de los recursos en materia de cláusulas suelo fueron favorables al cliente. Así lo recoge la Comisión Nacional de Estadística Judicial, que precisa que en 22 provincias españolas, entre ellas, Toledo, Cuenca y Albacete, el porcentaje de sentencias estimatorias fue del cien por cien. Concretamente, en el cuarto trimestre de 2017 se habían emitido en estas salas 18 sentencias en Albacete, 141 en Ciudad Real, 3 en Cuenca, 48 en Guadalajara y 266 solo en la provincia de Toledo.
A nivel nacional, el órgano de gobierno de los jueces destaca que en el último semestre del año 2017, se ingresaron en los juzgados especializados un total de 138.156 asuntos. A esta cifra hay que añadir otras 15.801 demandas que tuvieron entradas entre el 1 y el 30 de junio, periodo que queda fuera del recogido en los boletines estadísticos.
De acuerdo a la información recogida se revela que entre el 1 de julio y el 30 de septiembre se dictaron 1.230 sentencias, teniendo en cuenta que los órganos judiciales se dedicaron fundamentalmente a la tramitación de las demandas ingresadas y que el mes de agosto es inhábil en la jurisdicción civil. De esta cifra, el 99,3% fueron estimatorias.
El Consejo General del Poder Judicial puso en marcha el pasado 1 de junio un plan de urgencia para hacer frente al previsible aumento de carga de trabajo tras conocerse la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 21 de diciembre de 2016 sobre las cláusulas suelo y evitar que los órganos judiciales de primera instancia civil se atascasen.
El plan, que ha sido reforzado, en principio, para el primer semestre de 2018, consistía en la especialización de un total de 54 juzgados de primera instancia -uno por provincia en la península y uno en cada una de las principales islas de los archipiélagos canario y balear- para conocer de manera exclusiva y no excluyente las demandas interpuestas por los afectados por las cláusulas suelo, vencimiento anticipado, intereses moratorios, gastos de formalización de hipoteca o hipotecas multidivisa.