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Una mujer de Puertollano, la primera de Ciudad Real a la que se le reconoce incapacidad total por sufrir endometriosis

Europa Press

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El Juzgado de lo Social número 3 de Ciudad Real ha reconocido y declarado a una esteticista de Puertollano de 39 años de edad que padece endometriosis la situación de incapacidad permanente absoluta para el ejercicio de toda profesión derivada de enfermedad común, con derecho a una pensión vitalicia del cien por cien de la base reguladora.

La sentencia, de 6 de julio de 2021, consultada por Europa Press, revoca una resolución anterior dictada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, y se convierte así en el primer fallo judicial en la provincia de Ciudad Real que reconoce las limitaciones de esta enfermedad.

La sentencia, que ya es firme, resalta que la endometriosis es una enfermedad que se da cuando el tejido que recubre el interior del útero (el endometrio) crece fuera de él, generalmente en las superficies de los órganos de la pelvis y el abdomen. Actualmente esta enfermedad no tiene cura y el tratamiento paliativo suele requerir altas dosis de fármacos y reiteradas intervenciones quirúrgicas en las que se van extirpando órganos.

En el caso de la demandante se presenta como una patología “severa e incapacitante”, la endometriosis profunda grado IV, que ha obligado a que “poco a poco se hayan extirpado varios órganos, entre ellos los ovarios, el útero o las trompas”. Según la resolución judicial, la persona afectada padece “un dolor crónico y permanente”. “Además, a dicha patología se le une un síndrome miosfacial, una fibromialgia 16/18, protusiones discales y por último un trastorno adaptativo”, añade la jueza, que recuerda que la mujer ha estado en seguimiento por la Unidad del Dolor, donde se le ha indicado que no puede conducir, ni realizar actividades que requieran la atención como objetivo principal.

Consecuentemente, la sentencia considera que estas dolencias, consideradas en su conjunto, integran un cuadro residual determinante de una incapacidad permanente absoluta, “pues su valoración conjunta dibuja un cuadro residual determinante de severas limitaciones funcionales”. “Ese cuadro clínico y su severidad no abona la posibilidad real de asumir alguna actividad laboral de cualquier naturaleza, y no vislumbra esta juzgadora qué actividad sedentaria o liviana podría realizar la afectada en tan lamentables condiciones”, remacha.

La jueza concluye que teniendo en cuenta la situación actual del estado de salud de la mujer “no puede considerarse que pueda someterse a la situación de estrés y de responsabilidad laboral que toda prestación de esta índole conlleva”.

“No cabe sino llegar a la conclusión de que la trabajadora se encuentra efectivamente incapacitada para el desarrollo de cualquier actividad laboral. Siendo dichos padecimientos de carácter crónico, difícilmente puede establecerse la posibilidad actual de desarrollo de cualquier profesión con un mínimo exigible de profesionalidad y eficacia cuando se encuentra en situación de recibir continuado tratamiento médico a consecuencia de sus padecimientos, mientras sufre los limitativos síntomas de los mismos”, concluye.

En declaraciones a Europa Press, la propia demandante ha recordado que la endometriosis sigue siendo una enfermedad desconocida por la sociedad, y que esta sentencia supone una “muy buena noticia” y un “halo de esperanza” para todas las mujeres que la padecen. En este sentido ha agradecido el trabajo “impecable” de su abogado, Santiago Barba Álvaro.