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Mercaderes en el templo

Fotograma del videoclip 'Ateo' de Nathy Peluso y C. Tangana grabado en la Catedral de Toledo
14 de octubre de 2021 07:03 h

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Una pequeña introducción a esta columna de opinión: se escribió hace unos días, por lo que los últimos acontecimientos en torno a la utilización de la catedral primaria como plató video-musical, no tiene nada que ver ni con la fecha de su publicación ni ha condicionado su redacción en la primera parte que aquí presentamos.

Hay una deriva en la Iglesia, de la cual participan todos los estamentos religiosos: Arzobispado, Cabildo de la catedral, parroquias, conventos y monasterios, cofradías y hermandades… de solicitar para sí un protagonismo en la producción y promoción de manifestaciones artísticas y la gestión del Patrimonio Cultural. La cosa no es mala en sí, sino en lo que puede representar del desvío del fin principal de su instituto: el salvar almas y del seguimiento de la legislación en la materia, como es el proteger el patrimonio cultural de la que cada titular es responsable. Espero que los que lean estas líneas, sean creyentes o no, clérigos o seglares, sepan interpretar y valorar correctamente nuestras palabras, tanto en clave evangélica como política.

Hoy se celebran numerosos conciertos y manifestaciones artísticas en recintos religiosos, se montan exposiciones o se musealizan espacios, unas veces gratuitamente y otras a cambio de un óbolo, que suele ser aportación 'voluntaria' para obviar la posible interpretación crematística que pudiera darse a la finalidad de lo recaudado. Lejos de nuestra intención pensar en otro fin que no sea el caritativo o el de “cuidar, conservar y asegurar” las obras de arte que atesora“, ”custodiándolo y transmitiéndolo a la posteridad“, bien en la catedral (cánones 54 y 55 de las Constituciones XXV Sínodo Diocesano toledano) o de las parroquias (canon 272 id.). 

También se polemiza en torno al delgado límite que pueda tener la intervención e inversión pública en el patrimonio religioso y, por parte de sus titulares, la captación de fondos a través de la puesta en valor (y rentabilidad) de parte de ese patrimonio, ya sea cobrando entradas, derechos de autor, alquiler de espacios u otro tipo de negocios realizados en los espacios de titularidad eclesiástica o sobre el patrimonio que contiene.

Puede que sea positivo que se celebren ciclos musicales en la ermita de la Virgen del Valle, pero no es menos cierto que, mientras tanto vemos como los volúmenes del conjunto edificatorio aumentan con elementos que se van añadiendo a la estructura original de la ermita y a sus dependencias –con aumento a la vez de potencia lumínica-, aprovechando las espléndidas vistas que desde allí se observan y las restricciones que en cualquier otra parte del Valle pudieran plantearse para esas actividades hosteleras. Actividades de ocio y turismo que se extienden a otros espacios conventuales y monacales de la ciudad.

El Cabildo de la catedral primada nos presenta un modelo de gestión patrimonial con unas instalaciones para la investigación modélica, como lo es su proyecto divulgativo, o el mantenimiento y recuperación de tradiciones litúrgicas o musicales, el proyecto museológico –con la ampliación del Museo de Tapices- o el seguimiento del Plan de conservación del inmueble, que ahora ha dado un paso más con la restauración del Transparente con la aportación del 1 % cultural del Estado. Pero, si al comienzo los espacios museísticos estaban localizados dentro del templo en capillas, coro y sacristía, fue polémico el cierre paulatino del ámbito catedralicio para la visita de culto, que posteriormente se amplío a otros espacios (el claustro) o a otras horas (visitas nocturnas), así como para el rodaje de películas o la celebración de eventos teatrales, musicales e incluso hosteleros.

Llamativa ha sido también la gestión en la catedral de Cuenca en cuyo ámbito se celebraron dos exposiciones de Ai Weiwei y Bill Viola que se publicitaron a la par que una rehabilitación del ámbito catedralicio y que, sin embargo, hete aquí que resulta que uno de los elementos arquitectónicos más conocido de la misma, el Arco de Jamete muestra graves problemas de conservación.

El ejemplo de Sigüenza es en este sentido ejemplar: Tras la restauración del retablo de Santa Librada y de otros elementos catedralicios por el Plan de Catedrales, se cerró el templo para visita turística pero los seguntinos tienen entrada libre al recinto, mientras que la entrada a la catedral sirve a la vez para la visita al Museo Diocesano. Una pena que, mientras tanto, el conjunto del palacio del obispo y seminario diocesano sufra un deterioro imparable.

Rumores hay que en el que fuera Seminario seguntino, al igual que pasó con el de San Julián de Cuenca, se quiere hacer un hotel. Y eso nos lleva a la última reflexión, el de la conversión de recintos religiosos en hospederías turísticas. Los Carmelitas de Toledo lo han hecho con éxito, y otras congregaciones piensan desafectar parte de sus inmuebles para dicho uso. Hay conventos que, desalojada la comunidad, se han vendido para promociones hoteleras. Se impone un criterio riguroso donde el patrimonio cultural que atesoran dichos inmuebles se proteja permitiendo a la vez una rentabilidad económica que permita su conservación y, ahora también, el disfrute por los clientes y, por supuesto, la ciudadanía.

La Archidiócesis toledana, que abarca a las diócesis sufragáneas cuya provincia eclesiástica completa -y desborda- los límites regionales, deberían unificar criterios a la hora de establecer gratuidad en el uso de espacios sagrados, bien sea para culto o para el deleite artístico, a aquellos diocesanos –no solo a los capitalinos- que a lo largo de la historia han sido partícipes de la vida eclesiástica que les da sentido, o al menos han ayudado a construir o restaurar mediante diezmos o impuestos. Criterios que deberían unificar también protocolos de actuación sobre el patrimonio, los planes de gestión de cada templo o el uso no litúrgico del mismo. La intitulación o gestión no significa necesariamente la apropiación o la privatización de espacios, o lo que va más allá, su clericalización. La Iglesia es mucho más que un titular de derecho civil o de entidad administrativa. Es algo que se debe plantear en los sínodos venideros y en el debate pastoral.

Ahora sí, añadimos tras la polémica del vídeo musical. El sínodo diocesano indica [canon 439] que la iglesia debe “promover espectáculos que por su calidad artística y moral posean en sí mismos fuerza evangelizadora”. Y, añade: “Ayúdese a los artistas a mantener su dignidad mediante la defensa de condiciones de trabajo más justas, la estimación de sus actitudes y el reconocimiento de su contribución a la belleza”. Añadiendo en el canon 954 la necesidad de contar una Comisión Diocesana de Arte Sacro donde tengan voz “los artistas, historiadores del arte y otros profesionales cristianos para asesorarla”.

Podíamos preguntarnos qué entendemos por “promover”. ¿Es patrocinar una actuación? En ese caso, el artista, el contenido etc. se escogería por la institución que paga los honorarios. En el caso que nos ocupa en la actual polémica sería el de “permitir”. El matiz es importante, porque durante siglos la iglesia -con las rentas con las que contaba-, ha sido una de los principales patrocinadores del arte y de los artistas, y, gracias a ello tenemos hoy un importante legado artístico. Otra cosa es que esas mismas iglesias, catedrales, monasterios o conventos que se edificaron y que son hoy espacios privilegiados del arte se utilicen como escenarios para que artistas y productores elaboren sus productos.

Nos confirmamos pues con lo que escribimos en la primera parte de esta larga columna. La iglesia debe hacer una profunda reflexión sobre su papel en el mundo actual, en este caso no sólo por preservar correctamente el legado artístico que nos ha legado a lo largo de los siglos, sino también el seguir enriqueciendo con la creación artística su patrimonio. Mantener el culto, el número de fieles precisos para su uso o los recursos necesarios para ello es algo que la propia iglesia tiene que decidir. Conservar correctamente el legado artístico, facilitar la investigación y promover su disfrute por la ciudadanía es una obligación que prescribe la actual Ley del Patrimonio Cultural.

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