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La Comisión de Transparencia de Catalunya revisará la supresión de párrafos del protocolo de Mossos sobre las balas de 'foam'

Un agente de los Mossos porta una escopeta de foam en las protestas por el encarcelamiento del rapero Pablo Hasel

Oriol Solé Altimira / Arturo Puente

19 de abril de 2021 22:20 h

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Los Mossos d'Esquadra anunciaron este lunes la publicación del protocolo sobre el uso de lanzadoras de proyectiles de 40 milímetros, las conocidas como balas de 'foam', pero omitieron una parte de la información contenida en esta instrucción alegando motivos de seguridad. Sin embargo, la cuestión podría no acabar aquí, ya que la comisión que vela por el cumplimiento de la ley de transparencia en Catalunya (GAIP) ha reclamado a Interior acceder al documento completo con la finalidad de evaluar si la omisión de algunos párrafos está justificada por lo motivos que la dirección de la policía aduce.

Así lo ha comunicado la comisión GAIP a este diario, que toma esta decisión de oficio y después de conocer que Interior no solo ha suprimido varios párrafos en el resumen colgado en su página web, sino también en los documentos enviados como respuesta a una solicitud formal de acceso a la información. En la comunicación enviada, el departamento justifica esta ocultación porque, de conocerse, “se revelarían datos que forman parte de planes de seguridad y protocolos específicos de tipologías concretas de actuación policial”, lo cual, a su juicio, “podría reducir la efectividad de las correspondientes actuaciones y poner en riesgo la vida e integridad física de los ciudadanos y de los propios agentes de policía”.

La autoridad catalana en transparencia, sin embargo, ha preferido cerciorarse por sí misma que la omisión de dichos párrafos está justificada por razones de seguridad, por lo que ha reclamado el documento íntegro. Una vez lo evalúe, la GAIP deberá redactar una resolución de obligado cumplimiento detallando qué partes del documento están afectadas por los límites a la transparencia, como son posibles perjuicios a la seguridad, y qué párrafos sin embargo deben ser puestos en conocimiento de los solicitantes.

La solicitud oficial de elDiario.es para acceder a los protocolos sobre el uso de las lanzadoras de 'foam' se registró el pasado 17 de febrero, al día siguiente de que una manifestantes fuera herida en un ojo en el transcurso de una protesta en Barcelona. Interior no respondió inicialmente a la solicitud, por lo que la petición de transparencia siguió los canales habituales como reclamación ante la comisión GAIP el 22 de marzo pasado. En paralelo, el conseller de Interior Miquel Sàmper se viene comprometiendo a hacer públicas dichas instrucciones, que el Palament de Catalunya reclama a transparentar desde el año 2019.

Este lunes el departamento de Interior hizo dos movimientos en paralelo: por un lado, colgó en su página web una guía recogiendo parte del citado protocolo y, por otra, envió a este diario la instrucción con 11 párrafos suprimidos. A partir de ahora, será la Comisión de Transparencia quien tenga la última palabra sobre si la actuación del Govern a la hora de ofrecer la información cumple o no con la ley.

Los fragmentos del protocolo que Interior ha colgado en la web han provocado las críticas de organizaciones de derechos humanos como el centro Irídia debido a la cantidad de excepciones que contienen, en especial en su uso más habitual, el de dispersar manifestaciones y altercados. Por ejemplo, a nivel general el protocolo indica que la balas de 'foam' deben dispararse “del abdomen hacia abajo”, aunque si la persona tiene “un objeto arrojadizo, contundente o arma blanca” sí podrá dirigirse el proyectil a “las extremidades”. De la información facilitada por Interior no sé concreta de qué objeto se trataría.

Si bien por regla general se debe avisar a las personas de su utilización, el propio protocolo no dice que tenga que ser obligatoria, e indica que la comunicación será preceptiva en las manifestaciones “cuando se produzcan alteraciones de la seguridad ciudadana con armas o cualquier otro medio de acción violenta”, que es precisamente el supuesto más habitual de empleo de las balas de 'foam'.

El documento también indica que las balas de 'foam' podrán ser utilizadas por el agente al que se haya asignado su uso y, por norma general, será necesaria la “autorización expresa de la persona que ejerce el mando del equipo o del dispositivo”, es decir, el permiso de un superior. No obstante, la instrucción habilita a los agentes a disparar los proyectiles sin autorización “excepcionalmente, en casos de extrema necesidad con peligro muy grave para las personas, para los propios agentes de policía o para los bienes”. “En este caso hay que informar lo antes posible del uso, de las circunstancias que han provocado la necesidad de utilizarlo y de los resultados de la intervención”, agrega el protocolo que, en cualquier caso, obliga a actuar “siguiendo los principios de congruencia, oportunidad y proporcionalidad”.

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