El Constitucional rechaza suspender el voto telemático de Puigdemont en el Parlament como pedía el PP

Alberto Pozas

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El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso del PP contra el voto telemático de Carles Puigdemont que le permitió votar para elegir al nuevo presidente del Parlament, pero rechaza suspender esa posibilidad de forma cautelarísima. La decisión tomada por el pleno ha tenido el voto en contra de dos magistrados, Enrique Arnaldo y Concepción Espejel, que también apostaban por admitir a trámite el recurso pero solicitaban que se estimase la petición de medidas urgentes y que el voto fuera anulado.

El pleno entiende que el recurso del grupo parlamentario del PP en la cámara catalana merece ser admitido a trámite: “El asunto suscitado trasciende del caso concreto porque pudiera tener unas consecuencias políticas generales”, explica en un comunicado sobre las alegaciones del partido contra el voto telemático de Carles Puigdemont y Lluís Puig.

Admite a trámite el recurso pero no estima su petición de medidas cautelarísimas de anular sus votos en la constitución de la Mesa del Parlament. “Los dos votos delegados no fueron determinantes del resultado de las votaciones celebradas el pasado 10 de junio”, explica. No se trata de la última palabra del Constitucional sobre este asunto en pleno proceso de investidura de un nuevo president en Catalunya: los magistrados ponen en marcha el procedimiento de cautelares, que entre otras cosas lleva más tiempo por requerir que las partes presenten alegaciones.

Los cuatro magistrados del sector conservador se han quedado en minoría al pedir que las cautelarísimas se pusieran en marcha y que el voto de Puigdemont y Puig fuera anulado. Según su criterio, media docena de sentencias dictadas en los últimos dos años por el propio Constitucional apuntan en ese sentido, incluyendo la más reciente que anuló el voto telemático concedido a Lluís Puig en la última legislatura catalana.

El Constitucional mandó el primer aviso sobre el voto telemático del Parlament hace dos semanas. La sala primera del tribunal estimó un recurso del grupo de Socialistes y Units per Avançar y anuló el voto telemático que permitió a Lluís Puig, fuera de España desde 2017 e imputado en la causa del procés, participar en la actividad parlamentaria catalana durante parte de la pasada legislatura.

Según el Constitucional, esos acuerdos se pusieron en marcha sin una reforma del Reglamento del Parlament, algo que vulneró los derechos de otros diputados. En la práctica, la decisión no tuvo incidencia sobre las votaciones que salieron adelante con el apoyo de Puig, pero sí anuló la normativa transitoria y la habilitación para que el exconseller pudiera votar a distancia.

Se trata del mismo sistema que utiliza en la actualidad el Parlament para las votaciones en las que participa, entre otros, Carles Puigdemont, líder de la lista de JxC en las últimas elecciones europeas y potencial candidato a presidir la Generalitat. Hasta la fecha, la votación que sirvió para dar la presidencia de la cámara a Josep Rull, diputado de su partido.