Por encima de la ley

Todos los policías tienen que ir identificados de manera que cualquier ciudadano pueda ver su número de placa desde lo que se llama una “distancia de respeto”, es decir, a un metro y medio del agente. Desde el 2007, cuando el Ministerio del Interior aprobó está normativa, los agentes del Cuerpo Nacional de Policía (CNP) llevan la identificación, también los antidisturbios. En algunos casos se ha denunciado que los agentes tapan el número de placa con un velcro, pero mayoritariamente cumplen la ley. En Cataluña, la normativa llegó en forma de decreto y se publicó en noviembre del 2008, con el tripartito al mando. Se cumplía así una histórica demanda de las entidades en defensa de los derechos humanos. Al menos sobre el papel.

El cambio de normativa duró muy poco. Ni el entonces consejero de Interior, Joan Saura, de ICV, se atrevió a plantarse y hacer cumplir la ley a los agentes. Poco después del decreto, los antidisturbios dejaron de llevar el número de identificación de manera visible. El truco que encontraron los defensores de la ley y el orden fue taparse el número de placa con el chaleco de protección. De esta manera, sí que llevan la identificación tal y como fija la ley, pero nadie les puede identificar. Desde entonces ha habido protestas, denuncias y muchas cargas, siempre impunes. A diferencia de los agentes del CNP, que tienen que taparse el número de placa expresamente, a los Mossos les basta con ponerse el uniforme oficial para burlar la ley. Y quedar impunes.

El abogado Jaume Asens, que ha representado a varios manifestantes a lo largo de su carrera profesional, lo describe así: “Si no se puede identificar al autor de los hechos, no se le puede imputar el delito a nadie. El círculo de la impunidad policial se cierra de manera perfecta”.

Uno de sus clientes denunció a los Mossos d’Esquadra tras la carga policial en plaça de Catalunya durante la protesta de los indignados. El juez reclamó a la dirección de la policía que identificara los agentes pero la policía se negó. Asens denuncia también que, por si fuera poco, los agentes llevan pasamontañas para que no se les vea la rostro, de manera que su identificación es imposible. Es extremadamente difícil que un agente antidisturbios tenga que responder por sus actos.

Algunos abogados, cuando falla la acusación por delito penal, buscan la falta administrativa. Si se demuestra que un agente ha agredido injustificadamente a una persona, se puede condenar al Cuerpo y obligar a la Administración a indemnizar a la víctima. Pero esto es muy difícil y el agente que ha cometido la falta, siempre seguirá quedando impune. El desalojo de la plaça de Catalunya en mayo del año pasado se saldó con 121 heridos y no se ha condenado a ningún agente por ello. La causa se archivó pero los 53 indignados que denunciaron han recurrido y siguen a la espera.

La falta de identificación de los agentes es claramente un impedimento para que se pueda cumplir la justicia en caso de agresión. Pero además, lanza el peligroso mensaje a los agentes de que todo vale y de que no van a tener que pagar por sus excesos. El hecho de que ningún responsable policial obligue a los antidisturbios a ir identificados (e incluso incumplir la ley por ello) es toda una declaración de intenciones. “Un agente no hace una carga de la misma manera si sabe que le pueden identificar”, asegura Asens.

En una entrevista, el conseller Felip Puig, que ocupa el número cuatro de la lista de CiU por Barcelona, ya dejó claro que su intención era “tensar la ley hasta donde esté permitido y un poco más”.