La Fiscalía no ve incitación al odio en la quema de un muñeco de Puigdemont

EFE

La Fiscalía ha archivado la denuncia de la Generalitat por la quema y tiroteo de un muñeco que representaba al expresidente Carles Puigdemont en una fiesta en la localidad sevillana de Coripe, el pasado 21 de abril, al concluir que no incitó al odio ni supuso una discriminación por motivos ideológicos.

En un escrito al que ha tenido acceso Efe, el fiscal de delitos de Odio de Sevilla resalta que la quema y tiroteo del muñeco de Puigdemont en la fiesta de la Quema del Judas de Coripe no supone “una discriminación o rechazo a una ideología política ni ampara, de modo alguno, actos de incitación a la violencia”, ya que “en ningún momento se hizo referencia ni a la ideología ni al lugar de residencia del personaje”.

Además, alega que es tradición en la fiesta de la Quema del Judas que se elija a un personaje que represente “el mal” en ese año y que en esta ocasión se optó no por un cargo de la Generalitat sino “por un ciudadano que se encuentra en la actualidad fugado de la Justicia española y al que se le atribuyen gravísimos delitos”.

La Generalitat denunció por un delito de incitación al odio al alcalde de Coripe ante la Fiscalía por la quema y tiroteo el pasado 21 de abril del muñeco que representaba a Puigdemont, con una bandera independentista colgada al cuello, en el marco de la fiesta de la Quema del Judas.

Según la Fiscalía, pretender extender la representación de la Quema de Judas en relación a un personaje concreto “con un ataque a una ideología política” resulta “un artificio” que no encuentra acomodo en la jurisprudencia sobre el discurso del odio.

Además, advierte de que los hechos denunciados no afectan a ningún miembro del gobierno catalán, por lo que, de entrada, no cabría admitir la personación de la Generalitat en la denuncia ante el Ministerio Público por estos hechos.

“No se trata, pese a que así se afirme en el acuerdo del gobierno de la Generalitat, de un ataque al MH Presidente Carles Puigdemont, sino de un ciudadano que se encuentra fugado de la Justicia contra el que se sigue un procedimiento penal por delitos muy graves”, sostiene.

Sin embargo, al tratarse de un delito de carácter público, y habiendo tenido conocimiento de los hechos, la Fiscalía procedió a analizar el caso, y finalmente concluyó que no concurre ninguno de los elementos que integran el delito de incitación al odio.

El fiscal resalta en este sentido que la fiesta de La Quema de Judas, que se lleva a cabo el Domingo de Resurrección, fue declarada Fiesta de Interés Turístico Nacional en 2001 y que ha quedado “suficientemente acreditado” que existen caracteres de antigüedad en su celebración, así como la “originalidad y diversidad” propios de una tradición popular de interés turístico.