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La Fiscalía pide inhabilitar a Roger Torrent por permitir que el Parlament reprobara a la monarquía

El conseller catalán de Empresa y Empleo, Roger Torrent, en una imagen de archivo. EFE/Alejandro García

Oriol Solé Altimira

2 de diciembre de 2021 13:39 h

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La Fiscalía pide una multa de 30.000 euros y 20 meses de inhabilitación al expresidente del Parlament Roger Torrent por permitir la pasada legislatura la tramitación y votación de una moción sobre la autodeterminación y otra para reprobar la monarquía, en contra de lo ordenado por el Tribunal Constitucional. La condena supondría la salida de la política del actual conseller de Empresa y Empleo.

El Ministerio Público ha presentado el escrito de acusación contra Torrent y los miembros independentistas de la Mesa del Parlament de la pasada legislatura, el exvicepresidente Josep Costa (Junts) y los exsecretarios Eusebi Campdepadrós (Junts) y Adriana Delgado (ERC). Costa ha dejado la política, pero Campdepadrós es secretario de relaciones con la administración de Justicia del Govern y Delgado es la alcaldesa de Sant Vicenç de Castellet (Barcelona).

En su escrito, los fiscales acusan a los exmiembros de la Mesa de actuar con “manifiesta, consciente y preordenada voluntad de infringir el mandato inequívoco de las resoluciones del Constitucional” que vetaban los debates sobre la autodeterminación y la monarquía.

Los debates por los que Torrent y el resto de exmiembros soberanistas de la Mesa se sentarán en el banquillo se celebraron en el pleno de respuesta a la sentencia del procés de finales de octubre de 2019. El Tribunal Constitucional había advertido a la Mesa de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que supusiera reiterar las mociones en favor de la autodeterminación del 2015 y otra de 2018 de reprobación de la monarquía.

El Constitucional había anulado la moción crítica con la monarquía, de mero valor simbólico, al considerar que la inviolabilidad de la que goza el rey reconocida por la Constitución no solo implica que está exento de responsabilidad penal, sino que también veta cualquier crítica política que realice una institución. “Cualquier decisión de un órgano del Estado, en este caso del Parlamento de Cataluña, que pretenda emitir un juicio de reprobación hacia la persona del rey resultará contraria al estatus constitucional del monarca”, sentenció el tribunal de garantías.

Según el Ministerio Público, los acusados actuaron siendo “plenamente conocedores del contenido” de las providencias del Tribunal Constitucional, a pesar de la “oposición” del resto de miembros de la Mesa y de “los expresos apercibimientos realizados por el Secretario General del Parlament y el Letrado Mayor”.

La Fiscalía asegura que ambos juristas habían alertado previamente sobre la “contradicción” que podían suponer los puntos relativos a “la reprobación de la monarquía, la defensa del derecho a la autodeterminación y la reivindicación de la soberanía del pueblo de Catalunya para decidir su futuro político”, si bien tanto Xavier Muro como Joan Ridao, en su declaración como testigos, lo rebajaron a una mera “proclama política”.

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