La Fiscalía pide al Supremo que enmiende a los jueces penitenciarios y suspenda ya el tercer grado a los presos del 1-O
Nuevo intento de la Fiscalía para que los presos del procés vuelvan a un régimen carcelario estricto. El Ministerio Público ha recurrido ante el Tribunal Supremo la negativa de los jueces penitenciarios catalanes de suspender de forma cautelar la semilibertad de la expresidenta del Parlament Carme Forcadell y la exconsellera de Trabajo Dolors Bassa. El recurso sobre los siete presos de Lledoners todavía se está estudiando. Hasta ahora, aunque se presentaran en días diferentes, los recursos de la Fiscalía han afectado a los nueve condenados por sedición.
La pasada semana tanto el juez encargado de Bassa y Forcadell como el magistrado responsable de los siete presos hombres rechazaron la solicitud de la Fiscalía para suspender el tercer grado mientras estudiaban el recurso del Ministerio Público contra la semilibertad. Los fiscales piden ahora al Supremo suspender ya el tercer grado mientras los jueces los resuelven, lo que implicaría que los líderes independentistas dejaran de salir entre semana para trabajar y pasar el fin de semana en casa.
Pese a que la literalidad de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que el tercer grado se suspende al recurrir ante la segunda instancia –el Tribunal Supremo, en el caso de los presos del procés– la Fiscalía reclamaba extender la suspensión de la semilibertad al recurso en primera instancia ante el juzgado de vigilancia penitenciaria. Pero los dos magistrados lo rechazaron al entender que debía prevalecer el derecho fundamental a la libertad de los presos. Recordaron además que el recurso no deja en suspenso el tercer grado cuando se presenta en primera instancia ante los juzgados de vigilancia penitenciaria, sino que lo hace cuando se recurre en segunda instancia, es decir, ante el Supremo.
En cambio según la Fiscalía los argumentos del juez para no suspender el tercer grado de Bassa y Forcadell “son erróneos”, por lo que sus resoluciones “no se ajustan a derecho”. A criterio de los fiscales, no se trata de una medida cautelar, como la define el juez en su resolución, sino que la suspensión del tercer grado mientras se resuelve si está bien concedido por la administración penitenicaria busca “evitar, cuanto antes”, que presos condenados a penas graves queden excarcelados, ante “el evidente riesgo de fuga”. “Carecería de toda lógica que dicho efecto suspensivo se pospusiera al recurso de apelación propiamente dicho”, apostilla el fiscal.
Para el fiscal tampoco puede invocarse, como apunta el juez en sus autos sobre Bassa y Forcadell, a que no da lugar la suspensión en este momento procesal ya que podría afectar al principio de legalidad y a restringir de forma indebida derechos fundamentales, puesto que, defiende el Ministerio Público, “la suspensión una vez interpuesto recurso de alzada no está expresamente regulada”. El ordenamiento jurídico, abunda el fiscal, “es único, pleno, coherente y carente de antinomias”, de manera que las “lagunas que puedan existir en el ordenamiento deben ser colmadas mediante una labor interpretativa y analógica”.
Así pues, el Supremo revisará ahora la medida cautelar de la suspensión del tercer grado mientras los jueces de vigilancia penitenciaria de Catalunya deciden sobre si avalan o no el fondo del tercer grado. La resolución definitiva de los magistrados también se podrá recurrir ante el Supremo. La Sala presidida por Manuel Marchena tendrá la última palabra en todo.
Al margen del recorrido de la semilibertad, el Supremo ha acordado este lunes solicitar un informe al Tribunal de Cuentas sobre las causas por responsabilidad contable que, en relación a los exconseller condenados por malversación, estén en tramitación con motivo de los gastos del referéndum ilegal del 1-O. La petición fue solicitada por la Abogacía del Estado para emitir su informe sobre el indulto de los líderes independentistas.
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