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El TEDH rechaza el primer recurso de Puigdemont por el caso de su escaño en la Eurocámara

ACN

Barcelona —
28 de septiembre de 2023 09:33 h

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha rechazado el primer recurso del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont por el caso de su escaño en el Parlamento Europeo. Según la notificación a la que ha tenido acceso la agencia ACN, el tribunal con sede en Estrasburgo inadmitió el pasado 7 de julio la demanda del expresidente y del exconseller Toni Comín contra España por la negativa de la Junta Electoral Central de incluirlos en la lista de eurodiputados que debe enviar a la Eurocámara. 

El TEDH consideró que la posible vulneración de sus derechos políticos ya se ha “reparado”, puesto que el Tribunal Constitucional español reconoció a Puigdemont y Comín como eurodiputados. “El demandante ya ha obtenido el reconocimiento de cualquier presunta vulneración y la apropiada reparación a nivel doméstico y, por tanto, ya no puede alegar ser víctima de una vulneración de la convención o de los protocolos”, comunicó el juez Peeter Roosma al expresidente y al eurodiputado de Junts en julio. 

Se trataba del primer caso de Puigdemont que llegaba a Estrasburgo y no ha pasado el primer filtro. Puigdemont y Comín acudieron al TEDH después de que el Constitucional desestimara su recurso de amparo por la negativa de la JEC a reconocerles como eurodiputados pese a que el Parlamento Europeo ya los aceptó en enero del 2020.

Fuentes de la defensa expresan “satisfacción interna” pese a la inadmisión en Estrasburgo porque, según dicen, el TC “sí reconoció que tenían la condición de eurodiputados”. De todos modos, el equipo jurídico de Puigdemont y Comín fue igualmente al TDEH por posible vulneración de derechos humanos, que ahora se da por reparada.

La negativa de la JEC

A raíz de la causa del 'procé', Puigdemont tiene toda una serie de causas judiciales tanto en los tribunales españoles como en los tribunales de la Unión Europea. Por ejemplo, está a la espera de que el Tribunal de Justicia de la UE valide el levantamiento de su inmunidad para activar la extradición. Asimismo, tiene casos colaterales en los tribunales españoles vinculados a su estatus de eurodiputado con una orden de detención por el 1-O.

Tras la proclamación oficial de los electos en las elecciones europeas de 2019, la JEC debía notificar al Parlamento Europeo la lista de los eurodiputados escogidos. Sin embargo, no incluyó a Puigdemont ni a Comín por qué no juraron la Constitución en Madrid. Pese a la sentencia del TJUE a finales de 2019 y el posterior reconocimiento por parte del Parlamento Europeo de su condición como eurodiputados, la JEC no ha notificado una nueva lista que los incluya.

“No procede la entrega de la credencial de proclamación de diputado electo, en la medida en que esta credencial se expide una vez que el candidato electo ha prestado juramento o promesa de acatamiento a la Constitución”, sostiene la JEC.

La jurisprudencia del TJUE dice: “Una persona que ha sido oficialmente proclamada electa en el Parlamento Europeo por la autoridad competente del Estado miembro donde tuvo lugar esta elección adquiere, únicamente por este hecho y desde ese momento, la condición de miembro del Parlamento, independientemente de cualquier formalidad ulterior que esté obligada a cumplimentar, ya sea en virtud del derecho de la Unión o del derecho nacional del Estado miembro en cuestión”.

Reconocimiento del TC

Puigdemont y Comín denunciaron la posición de la JEC hasta el Tribunal Constitucional, pero éste desestimó el recurso de amparo porque la Eurocámara ya les había reconocido sin la notificación de la JEC.

“A partir del 13 enero 2020 se vio satisfecha fuera del proceso constitucional la pretensión deducida en la demanda de amparo, puesto que los hoy recurrentes de amparo han visto reconocida la posibilidad de ejercer la totalidad de las funciones parlamentarias y prerrogativas que les corresponden a consecuencia de su condición de diputados europeos electos. La decisión del Parlamento Europeo, además, reconoció a su decisión efectos retroactivos desde la primera sesión celebrada en la legislatura, que tuvo lugar el 2 de julio de 2019 ”, dijo el TC en noviembre de 2022.

Así negaba la existencia de una vulneración de derechos fundamentales porque “no subsisten ya los efectos de las decisiones de la Junta Electoral Central cuestionadas”. Una posición que ha suscrito también Estrasburgo.

Puigdemont no tiene más casos pendientes en la actualidad en TEDH, según confirman fuentes del tribunal y de su defensa. En noviembre del 2022 el TC desestimó también un recurso de amparo del expresidente por el suplicatorio del juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena, pero de momento no se ha elevado el caso en Estrasburgo.