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El Gobierno valenciano debe pagar 130.000 euros en intereses a las residencias que fundó Cotino por retrasos de la era PP

El expresidente de las Corts Valencianes, Juan Cotino

Lucas Marco

La Conselleria de Hacienda y Modelo Económico deberá pagar 130.104 euros en concepto de intereses de demora a la empresa de residencias para la tercera edad que fundó la familia Cotino por los retrasos en el pago de las facturas del gobierno del Partido Popular presidido por Alberto Fabra. La sección quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha estimado el recurso presentado por la empresa Centros Residenciales Savia SLU que reclamaba los intereses de demora por el pago tardío de facturas correspondiente a los meses de enero a abril del 2015.  

La familia Cotino vendió en 2011 el 33% de Savia Gerocentros a Enrique Ortiz, el empresario alicantino condenado por financiar ilegalmente al PP, por nueve millones de euros, una operación que financió Bancaja, al frente de la cual estaba en aquel momento José Luis Olivas, expresidente de la Generalitat Valenciana. La comisión de investigación de las Corts Valencianes sobre el modelo de residencias del PP concluyó que Juan Cotino, exconseller de Bienestar Social, dio un trato de favor a las empresas de su familia.

Tras la llegada de Mónica Oltra a la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, la familia Cotino procedió a la venta de la empresa. Hoy en día, según los datos del Registro Mercantil, Cívica Servicios y Medio Ambiente SL, en manos de los herederos de Enrique Ortiz, conserva el 42,5% del accionariado de Geocentros del Mediterráneo, la matriz de Centros Residenciales Savia SLU.  

El Consell del PP reconoció el derecho de esta empresa a cobrar los intereses de demora por los contratos de prestación de servicios que mantenía con los Cotino, tal como indica un informe del subsecretario de la entonces Conselleria de Justicia y Bienestar Social. La sentencia, a la que ha tenido acceso este diario, resuelve la discrepancia entre la mercantil, que pedía que se contabilizaran a partir de la fecha de emisión de la factura reclamada, y la Generalitat, que abogaba por pagar desde el día en que se registró por parte de la Administración.

La diferencia entre la cantidad que defendía cada una de las partes era de 908 euros. La Sala reprocha al subsecretario que su informe aportó un “cálculo alternativo carente de explicación alguna”. “Ante la carencia absoluta de motivación respecto a la liquidación aportada por la administración, no cabe más que estimar íntegramente la demanda”, apunta el fallo. 

La Conselleria de Hacienda deberá pagar 130.104,49 euros, como pedía la empresa fundada por la familia Cotino, además de los intereses legales y las costas. La sentencia no es firme y aún cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo o ante la propia Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ-CV. 

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