Elisa (no se llama así pero prefiere no dar su nombre) se enteró casi la última de que una persona estaba difundiendo masivamente fotos, montajes, insultos y calumnias sobre ella. Desde 2009, alguien enviaba a sus colegas de la Universidad de Alicante (UA), donde es profesora, todo tipo de mails: “Daba mi nombre y el de mis hijas de 10 y 14 años, decía que las prostituía, hacía fotomontajes con mi propio asesinato y violación, me llamaba puta...”. Como todos los miembros de la comunidad universitaria tienen su mail publicado en la web, este acosador utilizó las direcciones como una red social en la que insultar a Elisa.
Le dedicó también cuatro blogs cuyo contenido enviaba a todos estos colegas, incluyendo a los de su departamento, sus jefes, el decanato, sindicatos y vicerrectorados. Cuando se enteró, lo denunció ante la guardia civil, pero el caso fue sobreseído al estar el servidor en otro país, relata esta docente.
Durante el proceso, Elisa intentó que estos mensajes dejaran de llegar a todos sus conocidos y compañeros y pidió en reiteradas ocasiones a distintos departamentos, “al vicerrector de Tecnología, responsable del centro de datos, a la Unidad de Igualdad, al Servicio Jurídico y al vicerrector responsable de seguridad en el trabajo” que se bloquearan los mensajes, “así como se bloquea el spam”. Según datos de la propia UA, en 2010 se bloqueaban cada día entre 300.000 y 900.000 correos cada día. Esto solo se hizo durante 7 meses, de abril a noviembre de 2010.
La UA explica a eldiario.es que no actuó porque entendió, tras pedir asesoramiento, que “sin autorización judicial no se podía hacer el filtrado por el riesgo de incurrir en un delito de vulneración del secreto de las comunicaciones”. Y matizan que “sí se bloquearon las páginas web”.
Así que los mensajes continuaron con mayor o menor frecuencia. Solo gracias a una sentencia de 2013, cuatro años después de los primeros envíos y cuando el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana obligó a hacerlo, la Universidad empezó a filtrar los mensajes para que no llegaran. El fallo puntualizaba que el acoso era de un externo, aliviando de cualquier responsabilidad a la UA, pero concluía que “la Universidad de Alicante, quien disponiendo de medios técnicos (informáticos) para hacerlo, no puso en práctica las medidas que habrían excluido/limitado en gran forma la continuidad en el daño al acervo de derechos básicos de las recurrentes”. Condenaba a la universidad en el plazo de dos meses a bloquear los mails y el acceso a las webs difamatorias. Pese a que la UA le había dicho a Elisa que era técnica y normativamente imposible el filtrado, lo puso en marcha tras la sentencia.
El propio fallo, al que ha tenido acceso eldiario.es, recoge las numerosas peticiones de Elisa y las respuestas de la Universidad. En algunas le solicitaban una orden judicial si quería que pararan los mensajes, en otras le decían que no serviría para nada porque el acosador podía crear nuevos usuarios o, directamente “desde este Vicerrectorado no se pueden tomar más medidas que las ya adoptadas”.
Solo con la sentencia judicial, cuatro años después del inicio de los mensajes vejatorios, la UA impidió que se difundieran. “Nadie de la Universidad se disculpó conmigo ni contactó conmigo”, lamenta Elisa, que se siente herida por la “pasividad” de su universidad: “He sido maltratada dos veces, por el acosador y por la institución, que no me consideró digna de ser apoyada, que me trató como poco creíble”. Fuentes de la UA confirman que no ha habido disculpas pero que “se ha hablado con ella y se le ha atendido cada vez que lo ha solicitado”. También creen que “la profesora centró su ataque en la UA”. Elisa sí contó con el apoyo de su departamento y alumnos, que mostraron en marzo de 2011 una pancarta contra el ciberacoso al que estaba siendo sometida.
Tras la sentencia, decidió dar un paso judicial más y reclamar a la universidad “una indemnización para mí y para mis hijas” por la “pasividad” de la UA con su caso. El juez de primera instancia del caso, José María Magán, falló en 2016 a favor de la Universidad: no había que indemnizarla y ella debía asumir las costas, más de 30.000 euros. El magistrado Magán se había presentado en 2014 a una plaza de profesor de la misma universidad (no la obtuvo), el mismo año en que dictó la sentencia era colaborador honorífico para el Máster de Abogacía de la misma universidad (sin cobrar y sin estar en plantilla, puntualiza la UA) y desde 2017 es profesor asociado, como consta en la propia web de la UA. El magistrado ha sido contactado por eldiario.es, pero se ha remitido a los servicios de prensa de la universidad.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso eldiario.es, Magán relata que no se puede responsabilizar a la UA porque no hubo orden judicial, porque ponderó la medida y los derechos en juego (el de Elisa y el de secreto de comunicaciones de los receptores) y porque no había unanimidad entre los informáticos, entre otros motivos. “Yo solo pedía que filtaran mi nombre más la palabra 'puta' y con eso ya se hubieran evitado muchos correos”, dice Elisa. Entiende este juez y profesor de la UA que el daño moral no lo infringió la Universidad de Alicante y considera “extrema dificultad” en la decisión de la UA sobre cómo abordar el problema, que su actuación fue “razonada y razonable” y califica la reclamación de Elisa de “desorbitada” (460.000 euros). Para acabar, le impone las costas del proceso, “más de 30.000 euros”.
Sin embargo, la docente recurrió la decisión y recusó al magistrado por ser profesor de la UA. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana le acaba de dar la razón parcialmente en una sentencia del 4 de diciembre. Desestima que el juez que era a la vez profesor (en ese momento solo “colaborador honorífico”) tuviera que haberse abstenido de fallar: “No es motivo de abstención, no vemos en qué forma, modo y manera ha podido condicionar la actuación del Juzgado”, relata el fallo.
Pero la UA sí tendrá que indemnizar a Elisa con 27.000 euros y a cada una de sus hijas con 6.000 euros y no tendrá que hacerse cargo de las costas. La jueza estima que el causante es un tercero, pero “la vulneración se ha producido por no adoptar las medidas necesarias para limitar o excluir sus efectos”. La UA ha declarado que está estudiando la sentencia y de momento no sabe si la va a recurrir.