Trabajadoras del hogar, esenciales... pero invisibles y discriminadas
Según datos de la OIT el trabajo doméstico ocupa a 75,6 millones de personas en todo el mundo (2,3% del empleo global, la mayoría mujeres). Se trata de un sector en el que, pese a los cambios de las últimas décadas, perviven pautas de contratación y funcionamiento pre-industriales, mecanismos informales de servidumbre y explotación, escasa regulación legal y débil cobertura sociolaboral.
No es, pues, casual que la mayor concentración de este tipo de servicios personales se concentre en las áreas de Asia-Pacífico y América (50 y 23 por cien, respectivamente, del total), mientras que la Unión Europea, con poco más de dos millones, apenas representa el 2,6% del empleo doméstico. Y es que en la medida en que se consolidan y expanden los servicios públicos y sistemas de cuidados del Estado de Bienestar (medidas de conciliación, guarderías, atención a la dependencia, etc.) los privados devienen innecesarios o se formalizan y dignifican profesionalmente, lo que -a sensu contrario- explica también que sean los países del sur los que acumulen mayor volumen de este tipo de trabajo.
Evolución social y representación simbólica
Con 557.300 personas adscritas al epígrafe de “trabajadores/as del hogar”, según la Encuesta de Población Activa correspondiente al tercer trimestre de 2021, España es, junto con Italia, uno de los países europeos que mantiene, aún hoy, un mayor volumen de trabajo doméstico (27,6 y 33,8 por cien, respectivamente, sobre el total de la UE), resultado de su tardío e incompleto proceso de modernización.
Durante el siglo XIX y hasta el último tercio del XX, disponer de criadas constituía un signo de distinción para la vieja aristocracia rural y la nueva burguesía urbana que usaban (y abusaban) de la mano de obra barata de mujeres y niñas que se “ponían en amo” (sic) huyendo de la miseria para trabajar a cambio de comida y techo, aunque entrando siempre, real y simbólicamente, por la escalera de servicio.
Según el Censo de 1930, del 1.103.995 mujeres “laboralmente activas”, el grupo mayoritario (341.550) correspondía al servicio doméstico, caracterizado hasta entonces por la ausencia total de regulación legal de sus condiciones laborales. Fue el gobierno de la IIª República, por iniciativa del Ministro de Trabajo, el socialista Francisco Largo Caballero, quien incluyó a este colectivo en la Ley de Contratos de Trabajo aprobada hace ahora noventa años, el 21 de noviembre de 1931, y posteriormente derogada por el franquismo
La memoria de miles de familias de la España pobre guarda el recuerdo triste de aquella forma de vida humillada y anónima que sólo alcanzaba alguna visibilidad, generalmente distorsionada, a través de la buena literatura (“Morriña” de Pardo Bazán, “Misericordia” de Galdós, “Fragmentos de interior” de Martín Gaite…), las malas zarzuelas y, más tarde, las peores películas del landismo.
Tras la expansión desarrollista de los años sesenta y la posterior crisis de los setenta, la creciente incorporación de las mujeres españolas al mercado de trabajo (más de 7 millones lo han hecho desde entonces), generará un proceso de cambio en las formas de gestión de los hogares y cuidado de sus integrantes dependientes, mediante la progresiva externalización de las cargas reproductivas y su transferencia a un nuevo perfil de trabajadoras del hogar, procedentes mayoritariamente de la emigración.
Dicho proceso asimétrico ha estado atravesado por profundas discriminaciones de género, clase y origen étnico puesto que el acceso de las mujeres autóctonas al trabajo productivo supone, en muchos casos, la asumción de una “doble jornada”, derivada del desigual reparto de las tareas del hogar, escaso desarrollo de las medidas de conciliación laboral/familiar e insuficiente cobertura de los servicios sociales, lo que se resuelve -cuando económicamente resulta sostenible- transfiriendo el trabajo reproductivo a mujeres emigrantes al menor coste posible.
Perfil sociodemográfico y condiciones de trabajo
Un reciente informe elaborado por la ONG Oxfam-Intermón y la Universidad Carlos III indica que en 2019 algo más de tres millones de hogares españoles, equivalente al 16,2% del total de familias, externalizaron trabajos domésticos y de cuidados, de forma permanente o temporal, continuada o intermitente, con un coste salarial de 7.247 millones de euros.
Al menos un tercio de dichos trabajos no fueron registrados legalmente, pues mientras la EPA estimaba en 557.300 los empleos del sector, el Régimen Especial de Empleadas de Hogar de la Seguridad Social sólo contaba a finales de octubre con 381.573 contratos formales en situación de alta, lo que da una idea de la magnitud de la economía sumergida, el fraude fiscal y la desprotección social que afecta al sector y lo hace especialmente vulnerable debido tanto a su composición altamente feminizada (95,5%), de procedencia mayoritariamente migrante (72,2% del total y una de cada cuatro en situación irregular), relaciones contractuales precarizadas (78% con jornada parcial única o compartida) con salarios y pensiones muy bajas (776 y 536 euros/mes de media, respectivamente).
Más allá del preocupante cuadro estadístico que dichas cifras configuran, transcurre la vida de miles de mujeres trabajando en soledad, en el espacio privado de hogares ajenos, cuidando la vida de otros mientras apenas pueden hacer lo propio consigo mismas y con los suyos para, tras enlazar jornadas inacabables, quedar atrapadas en los márgenes de la pobreza (el 32,5% viven por debajo de dicho umbral, una proporción que triplica la media nacional), situación que la pandemia de COVID no ha hecho sino agravar, pese al subsidio extraordinario por cese temporal de actividad reconocido por primera vez (Real-Decreto Ley 11/2020, de 31 de marzo) a 45.000 trabajadoras del mismo.
Y todo ello en un marco regulatorio que, pese a algunos avances recientes, sigue siendo deficitario y alejado de los estándares de trabajo decente establecidos por la OIT para este colectivo (Convenio 189 y Recomendación 201 aprobadas en junio de 2011).
El Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, fue una de las últimas normas aprobadas por el Gobierno Zapatero, y supuso la integración de las trabajadoras del hogar en el Régimen General de la Seguridad Social como “sistema especial”, lo que obligaba a la contratación formal y duplicó en apenas una año el número de altas registradas, el descanso semanal de 36 horas, la garantía del salario mínimo interprofesional…, si bien mantenía un tratamiento diferencial cuando no claramente discriminatorio en materias tan sensibles como el acceso a prestaciones por desempleo, el despido sin causa o por desistimiento, la cotización por tramos, los déficits en materia de salud laboral e Inspección de Trabajo, etc, que retroalimentan las dinámicas de vulnerabilidad e indefensión de las mujeres afectadas.
Reivindicaciones y propuestas
La sobre-representación cuantitativa e infra-protección cualitativa del trabajo doméstico en nuestro país correlaciona con la debilidad y sesgo familiarista del modelo español de Estado de Bienestar, en el que los hogares y, fundamentalmente, las mujeres, se han hecho cargo tradicionalmente de las tareas de cuidados, invisibles e infravaloradas, absorbiendo los riesgos vitales con un menor apoyo del Estado que en otros países europeos. Y cuando han querido o necesitado salir al mercado laboral el reparto ha sido de nuevo desigual, subcontratando a bajo coste dichas tareas a otras mujeres (pobres, emigrantes, vulnerables), ante la insuficiente corresponsabilidad de los hombres y cobertura del Estado, generando un servicio doméstico privado sobredimensionado (3,2% del empleo total, cuando la media en la Unión Europea apenas alcanza el 0,9%) que contrasta inversamente con el menor peso de los servicios sociales públicos (2,7 y 4,8 por cien, respectivamente).
Por referirnos sólo a un área de cuidados de la que se dispone de información suficiente, constatamos que en un país como el nuestro, con una población crecientemente envejecida, el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) cuenta con una financiación escasa (0,7% del PIB frente a una media OCDE del 1,7%) y consiguiente cobertura limitada (mientras en Alemania el 17,2% de la población mayor de 65 años cuenta con servicio público de cuidados de larga duración, en España apenas tiene acceso a ellos el 7,6%), lo que genera un nuevo factor de desigualdad: quien necesita de tales cuidados y no los recibe del sistema público, los busca -si puede pagarlos- en el mercado, contratando a cuidadoras externas (84.000 según la última EPA), que representan ya el 15% de todas las trabajadoras de hogar.
Parece, pues, justo y necesario que el sistema de cuidados de nuestro país no se sostenga casi exclusivamente sobre las cansadas espaldas de las empleadas de hogar, lo que requiere, por una parte, ampliar la intervención del Estado en la materia y, por otra, completar la protección social y promover la dignificación profesional de las mujeres que trabajan en el mismo.
Si se incrementa la inversión pública en servicios de cuidados (escuelas de 0-3 años, asistencia a la dependencia…), pueden reconducirse parte de las actividades del actual trabajo doméstico hacia ámbitos profesionalizados que aporten una formación adecuada e inserción laboral regulada, garantizando los derechos individuales (conciliación, prevención de riesgos) y colectivos (representación sindical, asesoría legal, convenio) de las personas que las realizan.
Paralelamente, se requiere la ratificación por el Estado español del Convenio 189 de la OIT, que ya han suscrito hasta el momento 32 países (entre ellos Alemania, Bélgica, Finlandia, Irlanda, Italia, Portugal y Suecia) y constituye un paso necesario para garantizar los derechos laborales de este colectivo: acceso al régimen general de la Seguridad Social, derecho a prestaciones por desempleo, reconocimiento de enfermedades profesionales.
Si bien existe un amplio consenso social y parlamentario al respecto, la ratificación de dicho Convenio, se ha venido postponiendo por los problemas legales y prácticos que incluye en materia de Inspección de Trabajo (dificultades de acceso al centro de trabajo/hogar familiar ultraprotegido), trazabilidad de salarios y cotizaciones, control del fraude y de los riesgos laborales…que, sin embargo, no pueden ni deben retrasar más su reconocimiento y aplicación.
A tal efecto, el Gobierno ha reiterado su compromiso de ratificación y el proyecto se encuentra actualmente en fase de análisis legislativo y elaboración del dictamen correspondiente, al tiempo que la Inspección de Trabajo desarrolla una importante campaña de control del empleo doméstico que en su primera fase ha supuesto la regularización de 32.000 contratos y consiguiente incremento de bases de cotización y salarios por valor de 13 millones de euros.
Se trata, en definitiva, de cuidar a quienes nos cuidan y de hacer del trabajo doméstico un trabajo decente. Una cuestión esencial de dignidad y justicia.
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