El pleno de las Corts Valencianes ha aprobado este jueves la Ley Valenciana de Cambio Climático, que marca los objetivos de descarbonización de la Comunitat Valenciana para la próxima década, con los votos de PSPV, Compromís y Unides Podem. La norma, que inició su andadura en 2020 con el equipo de la consellera Mireia Mollà, establece la obligación de reducir un 40% las emisiones de CO2 en el año 2030 y alcanzar la neutralidad de emisiones en 2050, de acuerdo con los objetivos de la Unión Europea. En materia de consumo de energía, el objetivo se fija en una reducción del 35% en 2030 y se establece como objetivo que el 42% de la energía consumida sea procedente de fuentes renovables.
Para alcanzar la meta, la norma se vale de un amplio articulado que afecta a la obra pública y privada, a nuevas construcciones y rehabilitaciones, a infraestructuras grandes y pequeñas. Con efecto pedagógico y disuasorio, incorpora la creación de tres nuevos impuestos, que se comenzarán a aplicar en 2025, para las industrias que generen emisiones contaminantes, para las matriculaciones de vehículos contaminantes y para grandes superficies comerciales (que ejercen de polo para los vehículos privados). Las empresas que acrediten inversiones suficientes para reducir las emisiones podrán deducirse hasta el 100% del impuesto, una medida pactada para beneficiar a sectores como el cerámico, muy dependiente de combustibles como el gas.
Todas las construcciones y rehabilitaciones, públicas o privadas, tendrán que responder a criterios de sostenibilidad y eficiencia energética que se irán desarrollando a través de otros instrumentos legislativos. En todas las edificaciones e instalaciones, sea cual sea su titularidad, deberá implantarse progresivamente el consumo de energía renovable. La norma desarrollará, a través de un plan, criterios mínimos de eficiencia energética para las nuevas construcciones, con el objetivo de conseguir una reducción en el consumo primario de al menos el 35% para el año 2030. Este plan tendrá que fomentar los modelos de autosuficiencia energética, de forma que en 2030 haya capacidad para generar en el territorio valenciano, mediante energías renovables, al menos el 70% de la energía eléctrica producida.
En los edificios de nueva construcción y en las rehabilitaciones se deberán incorporar medidas de ahorro energético en los procesos de construcción y desmantelamiento de edificios, vigilando las certificaciones energéticas y el uso de materiales. La Generalitat tendrá que desarrollar por reglamento los valores mínimos para que un edificio sea sostenible, que serán de obligado cumplimiento, y tendrá la obligación de fomentar el uso de materiales de construcción y rehabilitación teniendo en cuenta el análisis de su ciclo de vida y su huella de carbono.
Las entidades que promuevan la planificación y ejecución de los proyectos constructivos de nuevas infraestructuras críticas (puertos, aeropuertos, transporte, energía, residuos y agua) deberán incorporar los aspectos de cambio climático: un análisis del riesgo climático, la identificación de las medidas necesarias a ejecutar para reducirlo en forma de documento de evaluación de riesgos, análisis de alternativas y plan de adaptación, además del cálculo de las emisiones de gases de efecto invernadero.
La norma prevé que toda cubierta que sea aprovechable, siempre que los techos sean aptos, tenga una instalación fotovoltaica. “Sin perjuicio de lo establecido en la normativa básica estatal, se debe incorporar generación solar fotovoltaica” a las cubiertas de viviendas unifamiliares, a las construcciones de uso dotacional, industrial o terciario, de titularidad pública o privada, con una superficie en planta superior a 250 metros cuadrados. Esta disposición se ha de aplicar en edificaciones, edificios o viviendas unifamiliares de nueva construcción y en los que sean objeto de una reforma integral o cambio de uso.
Además, en aras de fomentar el autoconsumo, los parkings en suelo urbano situados en superficie que ocupen más de 1.000 metros cuadrados se han de cubrir con placas de generación solar fotovoltaica destinadas al autoconsumo de las instalaciones asociadas al aparcamiento. En aquellos que ocupen 1.500 metros cuadrados o más, y dispongan de una potencia contratada de 50 kilovatios o más, se ha de incorporar generación solar fotovoltaica para autoconsumo, bien en el espacio de aparcamiento, bien en la cubierta de las instalaciones.