Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
El Supremo amplía la investigación de los correos de la pareja de Ayuso
La Generalitat reconoció por escrito que el seguimiento de ríos es su responsabilidad
Opinión - Lobato, en su laberinto. Por Esther Palomera

Las sentencias de los dos últimos juicios a las feministas por la huelga de 2018 en Valencia consideran las sanciones prescritas

Grupos feministas en el campus de Blasco Ibáñez de la Universitat de València.

Laura Martínez

0

El movimiento feminista de València celebra su tercera “victoria judicial” por las multas del 8M de 2018. La Assemblea Feminista de València, constituida en la capital para organizar la multitudinaria manifestación, ha comunicado este lunes que el último proceso judicial determina que las sanciones han prescrito. Las integrantes de los piquetes no serán sancionadas porque, según apunta su defensa, “han transcurrido más de dos años desde que finalizó el plazo que tenía la administración para resolver el recurso de alzada y el momento en que se dictó”.

La Assemblea Feminsta arrastra un largo proceso judicial desde la organización de las protestas hace cuatro años. Los seis juicios a los que se enfrentan -seis de ellos ya resueltos- derivan de una veintena de multas interpuestas por la Policía Nacional durante las movilizaciones de las huelgas feministas del 8 de marzo de 2018 y de 2019. El movimiento feminista valenciano, que asume las sanciones como colectivas, aún tiene tres citas pendientes en los tribunales durante 2022.

La organización recuerda que de los seis juicios ya celebrados, tres han tenido una resolución favorable al colectivo. La sentencia del primer juicio, celebrado a septiembre de 2020, “reconocía la parcialidad del atestado policial, puesto que incluía comentarios sobre el valenciano y la denominación País Valencià que no tenían nada que ver con los hechos”. En esta última ocasión, las dos resoluciones se basan en la prescripción de la sanción al superarse el tiempo de recurso, aunque la defensa insiste en que no hay elementos probatorios suficientes que evidenciaran “la alteración de la seguridad ciudadana de que se acusaba las encausadas”. Las multas, recuerdan, se interpusieron al amparo de la ley de seguridad ciudadana, conocida como Ley Mordaza.

Los tres juicios restantes sí han ratificado las sanciones a las participantes en los piquetes de la huelga, con multas que ascienden a los 7.000 euros de un total de 11.000 por la veintena de multas. Respecto al cuarto juicio, celebrado el pasado 17 de noviembre, la abogada de la organización, Maria Josep Martínez, estudia la posibilidad de presentar un recurso “porque vulnera el derecho en la presunción de inocencia y hace una aplicación de la infracción excesivamente automática”.

Etiquetas
stats