Condenan a cinco personas por las acciones del 15M de 2011 en Valencia
El Juzgado de lo Penal número 6 de Valencia ha condenado a cinco personas a penas de 13 a 23 meses de prisión por atentado, lesiones y resistencia a policías durante los incidentes ocurridos ante Les Corts Valencianes en junio de 2011, durante la constitución de la cámara autonómica.
Las protestas de seguidores del movimiento 15-M concluyeron el 9 de junio de 2011 con al menos dieciocho personas heridas, ocho de ellas policías, y cinco detenidos entre el grupo de seguidores de ese movimiento.
Los incidentes se produjeron en las calles anexas a Les Corts, que celebraba esa mañana la sesión constitutiva de su octava legislatura, hace cuatro años.
En una sentencia, el juzgado indica que en un determinado momento los manifestantes empezaron a increpar a los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía, una situación que desencadenó agresiones y detenciones.
El motivo de la concentración era expresar el malestar de sus participantes hacia los diputados elegidos por la situación económica, social y política existente.
Indemnización a los agentes
Según la sentencia facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), las cinco personas también han sido condenadas a indemnizar a los agentes en diferentes cantidades, la máxima de hasta 2.460 euros. Además, absuelve a dos de ellos de dos delitos, uno de atentado y otro de desórdenes públicos.
La concentración se desarrolló en un principio sin incidentes reseñables pero fue adquiriendo un clima más tenso con algunas escaramuzas que acabaron con algún concentrado en el suelo y con necesidad de asistencia médica.
En un determinado momento, los manifestantes empezaron a increpar a los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía que estaban prestando servicio. Cuando uno de ellos fue requerido para ser identificado, otro golpeó a un policía en la boca y éste fue detenido, pero entonces el primer manifestante propinó una patada en la espalda al agente.
Además, otro de los congregados comenzó a lanzar objetos contra un policía y, cuando iban a detenerlo, propinó otra patada en la espalda al agente y agredió a otro.
Una de las condenadas escupió al inspector jefe en la boca, y propinó una patada en la pierna, y otro de los manifestantes lanzó unas tijeras (de poco peso, con mango de plástico y punta redondeada, según la sentencia) que lanzó con escasa intensidad, por lo que no es considerado como medio peligroso.
Según el fallo judicial, no se desprende de las grabaciones que los acusados fueran los líderes ni los instigadores de los actos cometidos en las inmediaciones de Les Corts, ni tampoco que intentaran interrumpir ni paralizar el normal desarrollo del acto de constitución.
Los procesados declararon que únicamente pretendían protestar contra los diputados elegidos.
Los agentes “no se excedieron”
La sentencia, que puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial, indica que no queda acreditado “en absoluto” que los agentes -que tuvieron que soportar “todo tipo de insultos”- se excedieran en el ejercicio de sus funciones, y si bien alguno de los policías pudo extralimitarse puntualmente en el uso de la fuerza, en concreto con una señora ajena a este caso, a la que empujaron y cayó al suelo, no queda acreditado la existencia de “notoria extralimitación” con los acusados.
Argumenta que las lesiones que presentaban los acusados son “totalmente compatibles” con la resistencia que ofrecieron a la detención, según consta en los partes de asistencia médica y que fueron ratificados por un médico forense.