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El TSJ condena al Puerto de Alicante a pagar una multa de 40.000 euros por la contaminación de los graneles

Una vista aérea del puerto de Alicante

Carlos Navarro Castelló

Valencia —

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La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha condenado a la Autoridad Portuaria de Alicante (ATA) a abonar la multa de 40.002 euros interpuesta por Dirección General del Cambio Climático y Calidad Ambiental el pasado 25 de abril de 2018 como consecuencia de la contaminación atmosférica generada por la actividad de carga y descarga de graneles en el puerto de Alicante.

El juez tumba de esta forma el recurso de apelación interpuesto por la ATA contra el auto de 19 de febrero de 2019 dictado por el Juzgado Contencioso Administrativo no 3 de Alicante, que confirmaba la validez de la sanción. Además de ratifica que el Puerto de Alicante deberá presentar en el plazo de treinta días un proyecto constructivo de naves cerradas y en depresión para la realización de manipulación de graneles, así como el cronograma de ejecución en su caso y un nuevo proyecto de explotación y control de emisiones generadas por el almacenamiento y manipulación de granele que deberá ser aprobado por la Dirección Territorial de Alicante de la Consellería de Cambio Climático.

El fallo condena además en costas a la ATA por importe de 1.500 euros. La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de casación ante la sala tercera del Tribunal Supremo o, en su caso, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJCV.

El conflicto del tratamiento de graneles del Puerto de Alicante viene de lejos y el proceso sancionador se inició como consecuencia de diferentes denuncias de la plataforma de vecinos Gran Vía Sur.

Una de ellas dio lugar a una recomendación del Síndic de Greuges a la Conselleria que entonces dirigía Elena Cebrián, la cual aceptó íntegramente, lo que supuso la apertura del expediente sancionador.

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