El 10 de noviembre del año pasado, el consejo de administración de la Autoridad Portuaria de València (APV) aprobó el traslado de la terminal de cruceros de su ubicación actual, en el dique norte, alejada por tanto del casco urbano, a los antiguos astilleros de Boluda, junto a los Poblados Marítimos.
La construcción y explotación de la nueva infraestructura se adjudicó mediante una concesión de 35 años ampliable a 50 a Baleària, asociada con Global Ports Holding (GPH) para la gestión de cruceros, con una inversión prevista de 38 millones de euros.
Sin embargo, un año después, las obras no se han iniciado y el retraso va para largo puesto que, según ha averiguado elDiario.es, los plazos administrativos de la concesión para la ejecución del proyecto constructivo se han paralizado a la espera de que se resuelva la ubicación de la nueva estación de cruceros que, tal y como avanzó elDiario.es, ha solicitado MSC, así como los accesos a las infraestructuras.
De esta forma, los plazos reglados que establece la concesión para la presentación y ejecución de proyectos quedan suspendidos para evitar un perjuicio en este caso hacia Baleària.
Como ya adelantó este diario, la naviera más grande del mundo, MSC, ha pedido una concesión para una nueva estación de cruceros, lo que ha generado un coflicto con Baleària, única que se presentó al concurso para desarrollar la terminal, ya que considera que los grandes buques de la multinacional suiza atascarán la entrada y salida de sus ferris.
A esto se añade que la APV, al parecer presionada por MSC, habría tumbado el proyecto de accesibilidad propuesto por la naviera valenciana, más amable y sostenible, por otro más duro con vistas a posibilitar un mayor volumen de trenes que conecten la terminal sur con la futura terminal norte de contenedores adjudicada a una filial de la multinacional suiza, si es que llega a ejecutarse.
El proyecto inicial de Baleària preveía paseos semipeatonales ajardinados con un terraplén para salvar las actuales vías de ferrocarril, con apenas cuatro circulaciones diarias. Sin embargo, la APV habría modificado los requisitos para poder incrementar los tráficos ferroviarios con vistas a la futura construcción de la polémica terminal norte, lo que implicaría crear un enorme viaducto con una rotonda de acceso a la terminal de pasajeros de Baleària para salvar las vías del ferrocarril, con el impacto visual que conllevará. Otra alternativa menos factible por su elevado coste que se ha estudiado abordaba la posibilidad de crear un túnel.
La presidenta de la APV comentó hace una semana que está pendiente “una reunión con el Ayuntamiento para analizar el tema de los accesos y la interacción puerto-ciudad”, al mismo tiempo que “se están haciendo estudios de maniobrabilidad y hay que estudiar diversos aspectos técnicos” para ver hasta qué punto es compatible el flujo de ferris y de cruceros de ambas terminales, es decir, la de Baleària y la de MSC. En cualquier caso, se mostró convencida de que “habrá un encaje satisfactorio para todos”
Demanda en el juzgado
Acció Ecologista-Agró en nombre de la Comissió Ciutat-Port, recurrió ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Comunitat Valenciana (TSJCV) la adjudicación de la infraestructura a Baleària al haberse aprobado sin los pertinentes informes ambientales y solicitó la suspensión cautelar del proyecto, algo que rechazó el juzgado.
En su demanda, la organización pone de relieve que la propia Baleària como adjudicataria reconoce “impactos significativos” por la emisión de gases de los buques. Para demostrarlo, solicitó “un dictamen pericial del Instituto de Evaluación Ambiental e Investigación del Agua (Idaea) perteneciente al Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), con el objetivo de que emita informe estimando el impacto en la calidad del aire del barrio de Natzaret y el entorno sur de la ciudad en contacto con el puerto.
Sin embargo, la sección 5 de la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha denegado la petición al no considerar “que pueda esclarecer los hechos controvertidos, estimándose, además, su innecesariedad, siguiendo criterios de eficacia procesal, a la vista del resto de los medios probatorios propuestos y admitidos”.