Alerta por presencia de CBD en caramelos y aceites distribuidos en España

Se desconoce si los productos han sido distribuidos en España

Elena Segura

16 de enero de 2025 13:07 h

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Las autoridades sanitarias de la Unión Europea han emitido una alerta tras detectarse un cargamento con aceites y caramelos que contiene Cannabidiol (CBD) procedente de la República Checa. El CBD es una sustancia química derivada de la planta Cannabis sativa. La normativa actual del Ministerio de Sanidad establece que el CBD no puede venderse para el consumo humano, lo que ha propiciado la retirada de estos productos. La alerta, emitida por el Sistema de Alerta Rápido por Alimentos y Piensos (en sus siglas en inglés, RASFF) advierte que el contenido del cargamento podría tener “potenciales riesgos” para la salud.

Se desconoce el estado de distribución en el que se encontraban estos aceites y caramelos en España, por lo que por lo momento no se sabe si han entrado en las fronteras del país o si se han quedado retenidos en aduanas.

El CBD, prohibido en alimentos en España

En la actualidad se permite en España la elaboración y dispensación de fórmulas magistrales con derivados del cannabis como el CBD. Recordemos que una fórmula magistral es un medicamento diseñado para un paciente en específico, por lo que aún no se ha abierto la puerta a la distribución de medicamentos comerciales basados en CBD. Según detalla el Real Decreto por el que se establecen las condiciones para la elaboración y dispensación de fórmulas magistrales tipificadas de preparados estandarizados de cannabis, “el cannabis es considerado un estupefaciente en virtud de los tratados de control internacionales, suscritos por España y por el resto de los Estados Miembros de la Unión Europea, estando incluido en la lista I del anexo de la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes. Ello implica que su fabricación, exportación, importación, distribución, comercio, uso y posesión debe limitarse a fines médicos y científicos”.

En lo que respecta al mundo de la alimentación, no se espera que España permita la distribución de productos alimenticios que contengan CBD: “La empresa que desee comercializar extractos de la planta Cannabis sativa L. y cannabinoides en el ámbito alimentario, deberá presentar previamente a su comercialización, una solicitud a la Comisión Europea (....). En caso de presentarse un producto con estos ingredientes, no podría comercializarse en España y, tampoco daría lugar a la aplicación del Principio de Reconocimiento Mutuo, al no poder darse la circunstancia de encontrarse ”legalmente comercializado“ en algún Estado miembro de la Unión Europea. ”, explican desde la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición.

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